La Asociación ya recurrió el acuerdo en reposición ante el Consejo General del Poder Judicial quién desestimó el recurso el 15 de enero de 2003.
El motivo principal del recurso es la vulneración del artículo 110.4 de la Ley Orgánica del Poder Judicial que exige una mayoría de tres quintos para la aprobación del Reglamento.
La Asociación Jueces para la Democracia denuncia que en este caso el acuerdo impugnado obtuvo el voto favorable de nueve vocales y el contrario de otros nueve, de forma que decidió el voto dirimente del presidente del Consejo.
La Asociación afirma que la verdadera finalidad del organigrama aprobado por el Consejo General del Poder Judicial es la de establecer un riguroso control de los contenidos de la docencia que se imparte a los jueces desdoblando la jefatura de estudios y otorgando a los jefes de sección la asunción directa de la docencia.