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  • EDICIÓN DE 18/02/2003
 
 

PLANIFICACIÓN FARMACÉUTICA Y REQUISITOS TÉCNICO-SANITARIOS

18/02/2003
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Decreto 7/2003, de 30 de enero, por el que se aprueba la Planificación Farmacéutica y se establecen los requisitos Técnico-Sanitarios, el régimen jurídico y el procedimiento para la autorización, transmisión, traslados, modificaciones y cierre de las Oficinas de Farmacia (BOCA de 18 de febrero de 2003).

La Ley 7/2001, de 19 de diciembre, de Ordenación Farmacéutica de Cantabria, establece los principios generales de ordenación y planificación de la atención farmacéutica en la Comunidad Autónoma.

Ahora, el Decreto 7/2003 procede a desarrollar algunos ámbitos y sectores de dicha Ley.

El Decreto 7/2003 desarrolla los aspectos que se refieren a la planificación farmacéutica, así como el procedimiento administrativo para la apertura de nuevas oficinas de farmacia y el baremo de los méritos a considerar.

Asimismo, aprueba el Decreto autonómico el procedimiento para la autorización de nuevas oficinas de farmacia, que se tramitará con arreglo a los principios de transparencia, concurrencia, publicidad, mérito y capacidad, mediante un concurso convocado al efecto.

Igualmente, el Decreto 7/2003 regula los requisitos tecnico-sanitarios, el régimen jurídico y el procedimiento de transmisión, traslados, modificaciones y cierre de oficinas de farmacia.

La Ley 7/2001, de 19 de diciembre, de Ordenación Farmacéutica de Cantabria puede consultarse en el Libro Séptimo del Repertorio de Legislación vigente de Iustel.

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