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  • EDICIÓN DE 14/02/2003
 
 

PROTECCIÓN PATRIMONIAL DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD

14/02/2003
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El Consejo de Ministros ha recibido un Informe del Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales sobre el Anteproyecto de Ley de Protección Patrimonial de las Personas con Discapacidad, que contiene modificaciones del Código Civil, de la Ley de Enjuiciamiento Civil y de la Normativa Tributaria.

El Anteproyecto, remitido para su informe al Consejo General del Poder Judicial, a la Fiscalía General del Estado y al Consejo Económico y Social, regula una nueva figura, la del “patrimonio especialmente protegido de las personas con discapacidad” que, una vez constituido, queda inmediata y directamente vinculado a la satisfacción de las necesidades vitales de la persona que padece esta circunstancia.

El Anteproyecto se suma a otras iniciativas que ha ido estableciendo el ordenamiento jurídico para atender la situación especial de las personas con discapacidad, en aras a posibilitar la igualdad efectiva en el disfrute de los derechos que corresponden a todos los ciudadanos.

Respecto a la nueva figura del patrimonio especialmente protegido, el texto determina que pueden ser beneficiarios del mismo el discapacitado afectado por una minusvalía psíquica igual o superior al 33 por 100 o los afectados por una minusvalía física y sensorial igual o superior al 65 por 100.

Pueden constituir este patrimonio, o bien la propia persona con discapacidad que vaya a ser beneficiaria del mismo o, en caso de que ésta no tenga plena capacidad de obrar, sus padres o tutores.

Salvo en los casos en que haya constituido el patrimonio el propio discapacitado, las reglas de administración deberán prever que se requiera autorización judicial en los mismos supuestos que, en la actualidad, la requiere el tutor respecto de los bienes del tutelado, si bien se permite que el juez pueda flexibilizar este régimen.

El Anteproyecto regula también la extinción del patrimonio protegido, que se producirá por fallecimiento de la persona con discapacidad o porque ésta deje de padecer una minusvalía en los grados establecidos para ser beneficiario.

Asimismo, el Anteproyecto contiene un conjunto de medidas tributarias que tienen por objeto favorecer las aportaciones a los patrimonios protegidos, que complementan los beneficios fiscales introducidos en la última Ley de Reforma Fiscal.

Además de regular el patrimonio protegido, el Anteproyecto incorpora un conjunto de modificaciones del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil mediante las que se adoptan diferentes medidas que mejoran la protección patrimonial de las personas con discapacidad. Entre ellas, destaca la regulación de la autotutela.

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