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APROBADO EL PROYECTO DE LEY DE SEGURIDAD AÉREA

14/01/2003
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El Consejo de Ministros ha acordado la remisión a las Cortes Generales del Proyecto de Ley de Seguridad Aérea. Dicho texto legal, que ha recibido un dictamen positivo del Consejo de Estado, complementa y actualiza la regulación de la Ley de Navegación Aérea de 1960.

El Proyecto incide específicamente en aquellos aspectos de las actividades aeronáuticas que están más directamente vinculados con el orden y la seguridad del tránsito y del transporte aéreos.

Este texto legal incorpora al ordenamiento jurídico español las normas internacionales de aviación civil.

El Proyecto de Ley prevé la aprobación, mediante Acuerdo del Consejo de Ministros adoptado a propuesta de los Ministros de Defensa, del Interior y de Fomento, del Programa Nacional de Seguridad para la Aviación Civil, en el que se fijarán las medidas y procedimientos necesarios para asegurar la eficaz aplicación de las normas internacionales de seguridad en los aeropuertos y en los equipos e instalaciones aeronáuticos.

Asimismo, distribuye las competencias sobre el control de la circulación aérea general de forma equilibrada entre el Ministerio de Defensa, responsable de la vigilancia y el control del espacio aéreo, y el de Fomento, responsable de la aviación civil.

El nuevo texto crea el Consejo Asesor de Aviación Civil, como órgano superior de asesoramiento y consulta en materia de aviación civil, en cuyo seno se integran los Departamentos ministeriales y Administraciones Públicas cuyas competencias inciden sobre la aviación civil.

Uno de los objetivos del Proyecto de Ley es determinar, por vez primera en el ordenamiento jurídico español, el contenido y el alcance de la función inspectora en materia de aviación civil, que carece hasta ahora de regulación legal.

Igualmente, el Proyecto regula por primera vez en España las obligaciones a las que están sujetos quienes realicen actividades que puedan afectar a la seguridad aérea.

En relación a las infracciones y sanciones, el Proyecto sustituye íntegramente al régimen sancionador de la Ley de 1960, uno de los aspectos de la Ley sobre Navegación Aérea que necesitaba ser actualizado con mayor urgencia.

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