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  • EDICIÓN DE 14/01/2003
 
 

SECRETARÍA DE ORGANIZACIÓN DEL PROCESO ELECTORAL

14/01/2003
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Decreto 1/2003, de 7 de enero, del Gobierno de Aragón, por el que se crea con carácter temporal una unidad de gestión bajo la denominación de Secretaría de Organización del Proceso Electoral y se regula su régimen de funcionamiento y personal (BOA de 14 de enero de 2003).

La Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, determina que será competencia de los Consejos de Gobierno de las respectivas Comunidades Autónomas subvenir las necesidades personales y materiales de la Administración Electoral encargada de llevar a cabo las Elecciones a las Asambleas Legislativas de dichas Comunidades.

Próxima a expirar la actual legislatura de las Cortes de Aragón y siendo de aplicación a la Diputación General de Aragón la disposición citada, el Decreto 1/2003 trata de prevenir las necesidades que se derivan de la aplicación de la Ley Electoral de la Comunidad Autónoma de Aragón.

El Decreto 1/2003 crea con carácter transitorio la Secretaría de Organización del Proceso Electoral a fin de garantizar el ejercicio del sufragio en las Elecciones a las Cortes de Aragón a celebrar en el presente año 2003.

La Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General puede consultarse en el Libro Primero del Repertorio de Legislación Vigente de Iustel.

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