Por un lado, el Estatuto de Autonomía de Canarias atribuye a la Comunidad Autónoma la competencia exclusiva en materia de Colegios Profesionales y ejercicio de las profesiones tituladas.
Y, por otro, la Ley Territorial 10/1990, de 23 de mayo, de Colegios Profesionales de Canarias, regula la posibilidad de constitución de Consejos de Colegios de Canarias, estableciendo el procedimiento para su creación.
En base a estas competencias normativas el Decreto 170/2002 crea el Consejo de Colegios de Veterinarios de Canarias.
Tanto la Ley Orgánica 10/1982, de 10 de agosto, de Estatuto de Autonomía de Canarias como la Ley 10/1990, de 23 de mayo, de Colegios Profesionales de Canarias pueden consultarse en el Libro Segundo del Repertorio de Legislación Vigente de Iustel.