Por un lado, la Ley 4/1997, de 9 de julio, de Prevención y Asistencia en Materia de Drogas, establece que las Administraciones Públicas Andaluzas desarrollarán programas formativos específicos, destinados a los profesionales que por su relación con la infancia, los jóvenes y sectores sociales con mayor riesgo social se encuentren directamente implicados en la prevención del consumo de drogas.
Y, por otro, el II Plan Andaluz sobre Drogas y Adicciones recoge entre sus objetivos la necesidad de crear el Observatorio Andaluz sobre Drogas y Adicciones como un instrumento de información, formación e investigación de dicho Plan.
En base a estas competencias normativas el Decreto 294/2002, de 3 de diciembre, crea y regula el Observatorio Andaluz sobre Drogas y Adicciones.
La Ley 4/1997, de 9 de julio, de prevención y asistencia en materia de drogas puede consultarse en el Libro Séptimo del Repertorio de Legislación Vigente de Iustel.