La Sala se ha visto obligada a cubrir una laguna legal de la Ley de Partidos, por la que se rige este proceso judicial.
El Tribunal Supremo ha comprobado que, a la hora de concretar los plazos para que las partes propongan sus pruebas, la Ley de Partidos establece que la Sala debe guiarse por lo previsto entre los artículos 281 a 386 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Pero no se recoge ninguna norma que se refiera al procedimiento para proponer pruebas ni a los plazos a los que las partes deben ajustarse.
A juicio de la Sala especial, hay en la Ley de Partidos una laguna legal en lo que respecta a los trámites que han de seguirse para la proposición y práctica de la prueba. Estos trámites sí están recogidos en los artículos 429 y 431 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, pero el Tribunal Supremo entiende que el legislador quiso que no fuesen tenidos en cuenta en un proceso especial.
Añade el Tribunal Supremo que tampoco puede guiarse por lo previsto para los juicios verbales u otros procesos especiales de carácter civil.
De esta forma, las tres partes de este proceso tendrán quince días para proponer pruebas y, posteriormente, el Tribunal Supremo dispondrá de treinta días más para practicarlas, plazo que concluirá a finales de enero.