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PRODUCTOS DEL TABACO

18/10/2002
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Real Decreto 1079/2002, de 18 de octubre, por el que se regulan los contenidos máximos de nicotina, alquitrán, y monóxido de carbono de los cigarrillos, el etiquetado de los productos de tabaco, así como las medidas relativas a ingredientes y denominaciones de los productos del tabaco (BOE de 19 de octubre de 2002).

El objeto del Real Decreto 1079/2002 es la incorporación al ordenamiento jurídico español de la Directiva 2001/37/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de junio de 2001.

De acuerdo con lo establecido en el Real Decreto a partir del 1 de enero de 2004, cada cigarrillo no podrá tener contenidos superiores a 10 miligramos de alquitrán, 1 miligramo de nicotina y 10 miligramos de monóxido de carbono.

También contempla el Real Decreto 1079/2002 que el Ministerio de Sanidad y Consumo difunda información sobre los ingredientes utilizados en la fabricación de productos del tabaco.

Asimismo el Real Decreto establece que las unidades de envasado de los productos del tabaco sin combustión llevarán impresa en su cara más visible una de las siguientes advertencias generales:

“Fumar mata”

“Fumar puede matar”

“Fumar perjudica gravemente su salud y la de los que están a su alrededor”.

En la otra cara más visible deberá figurar una advertencia adicional de un listado de catorce advertencias sanitarias:

“Fumar acorta la vida”

“Fumar obstruye las arterias y provoca cardiopatías y accidentes cerebrovasculares”

“Fumar provoca cáncer mortal de pulmón”

“Fumar durante el embarazo perjudica la salud de su hijo”

“Proteja a los niños: no les haga respirar el humo de tabaco”

“Su médico y su farmacéutico pueden ayudarle a dejar de fumar”

“El tabaco es muy adictivo: no empiece a fumar”

“Dejar de fumar reduce el riesgo de enfermedades mortales de corazón y pulmón”

“Fumar puede ser causa de una muerte lenta y dolorosa”

“Ayuda para dejar de fumar: consulte a su médico o farmacéutico”

“Fumar puede reducir el flujo sanguíneo y provoca impotencia”

“Fumar provoca el envejecimiento de la piel”

“Fumar puede dañar el esperma y reduce la fertilidad”

“El humo contiene benceno, nitrosaminas, formaldehido y cianuro de hidrógeno”

Determina el Real Decreto 1079/2002 que estas advertencias se alternarán, de manera que se garantice la aparición regular de cada una de ellas y que el tamaño de la advertencia general cubrirá, al menos, el 30 por 100 de la superficie exterior de la cara más visible de la unidad de envasado, mientras que la advertencia adicional ocupará al menos el 40 por 100 de la superficie exterior de la otra cara más visible correspondiente.

Por otra parte, a partir del 30 de septiembre de 2003, el Real Decreto prohíbe la utilización en las unidades de envasado de los productos del tabaco de textos, nombres, marcas e imágenes u otros signos, que den la impresión de que un determinado producto es menos nocivo que otros.

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