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  • EDICIÓN DE 17/10/2002
 
 

CONSEJO ASESOR DE LAS TELECOMUNICACIONES

17/10/2002
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Real Decreto 1029/2002, de 4 de octubre, por el que se establece la composición y el régimen de funcionamiento del Consejo Asesor de las Telecomunicaciones y de la Sociedad de la Información (BOE de 18 de octubre de 2002).

La Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones creó el Consejo Asesor de Telecomunicaciones.

Este Consejo se configura como el órgano asesor del Gobierno en materia de Telecomunicaciones, adscrito al Ministerio de Ciencia y Tecnología a través de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información.

El Real Decreto 1029/2002 se dicta con la finalidad de adecuar las funciones del Consejo Asesor de Telecomunicaciones a los cambios en este sector, sobre todo debido a la aparición de un importante sector de la sociedad de la información en torno al desarrollo de internet.

Las funciones del Consejo que enumera el Real Decreto son: el estudio y propuestas de medidas que considere oportunas en el ámbito de las Telecomunicaciones y de la Sociedad de la Información, conocer e informar sobre proyectos legislativos y reglamentarios e informar sobre temas relacionados con Telecomunicaciones o Sociedad de la Información.

Determina el Decreto 1029/2002 que el Consejo estará formado por un presidente (el Ministro de Ciencia y Tecnología), tres vicepresidentes (el Secretario de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, el Director General de Telecomunicaciones y Tecnologías de la Información y el Director General para el Desarrollo de la Sociedad de la Información, por este orden) y ochenta y cinco Vocales.

La Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones puede consultarse en el Libro Séptimo del Repertorio de Legislación Vigente de Iustel.

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