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AYUDAS A MADRES CON HIJOS MENORES

28/08/2002
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Decreto 92/2002, de 22 de agosto de 2002, por el que se regula el régimen de concesión de ayudas para las madres con hijos menores de tres años (BOCA de 28 de agosto de 2002).

El Estatuto de Autonomía para Cantabria otorga a la Comunidad Autónoma competencia exclusiva en materia de asistencia, bienestar social y desarrollo comunitario, incluida la política juvenil, para las personas mayores y de promoción de la igualdad de la mujer.

En virtud de esta competencia el Gobierno de Cantabria ha dictado el Decreto 92/2002, en el cual, se establecen medidas de fomento encaminadas a reactivar la natalidad.

Las ayudas previstas en el Decreto autonómico tratan de favorecer la decisión de tener o adoptar un hijo, paliando los desembolsos económicos que supone la incorporación de un nuevo miembro a la unidad familiar y reduciendo incompatibilidades entre el desarrollo de la vida familiar y laboral de la madre.

El objeto del Decreto 92/2002 es el establecimiento y la regulación del régimen de concesión de ayudas para el apoyo a las madres, naturales o adoptivas, residentes en Cantabria con hijos menores de tres años.

Las ayudas objeto del Decreto tienen como finalidad incentivar la reactivación de la natalidad y hacer compatible la vida familiar con las obligaciones laborales de la madre. Asimismo el Decreto 92/2002 establece que estas ayudas serán compatibles con cualquier otro tipo de ayuda que se perciba con la misma finalidad.

La Ley Orgánica 8/1981, de 30 de diciembre, de Estatuto de Autonomía de Cantabria puede consultarse en el Libro Segundo del Repertorio de Legislación Vigente de Iustel.

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