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  • EDICIÓN DE 08/07/2002
 
 

INSTALACIONES DE TRANSPORTE DE PERSONAS POR CABLE

08/07/2002
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Real Decreto 596/2002, de 28 de junio, por el que se regulan los requisitos que deben cumplirse para la proyección, construcción, puesta en servicio y explotación de las instalaciones de transporte de personas por cable (BOE de 9 de julio de 2002).

La Directiva 2000/9/CE determina los requisitos de seguridad e higiene de las personas, de protección de medio ambiente y de los consumidores, que se exigen a las instalaciones de transporte de personas por cable.

El Real Decreto 596/2002 se dicta con el objeto de dar cumplimiento a las obligaciones de la mencionada Directiva estableciendo los requisitos necesarios de estas instalaciones.

El Real Decreto regula los requisitos constituyentes de seguridad y los relativos a los subsistemas, recoge los procedimientos de declaración y evaluación de la conformidad y las autoridades competentes en la materia.

El objeto de Real Decreto 596/2002 es establecer las condiciones exigibles en materia de seguridad de las instalaciones de transporte de personas por cable, así como definir los requisitos de seguridad e higiene de las personas, protección del medio ambiente y de los consumidores en dichas instalaciones.

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