En primer lugar, el Decreto define qué son las viviendas con protección oficial, establece su régimen jurídico, así como las condiciones de acceso. Igualmente, determina los ingresos familiares para favorecer a las familias con más hijos y fija los precios máximos de venta y renta de las viviendas en función de su ubicación geográfica.
En segundo lugar, el Decreto 157/2002 regula la gestión de las ayudas previstas en el Real decreto 1/2002, de 11 de enero, para la promoción, adquisición y rehabilitación de viviendas y la urbanización de suelo, para destinarlo preferentemente a la promoción de viviendas con protección oficial.
El Decreto tiene por objeto constituir un conjunto de medidas, que faciliten el acceso a la vivienda, y potenciar las políticas de rehabilitación. Establece para ello ayudas específicas para su financiación y regula una subvención para los promotores de viviendas con protección oficial.
Con relación a la rehabilitación el Decreto autonómico establece ayudas específicas para viviendas que puedan ser destinadas a alquiler y crea una ayuda para financiar la instalación de ascensores y otras actuaciones de restauración.
EL Decreto 157/2002 extiende el programa para la revisión del estado de conservación de los edificios de viviendas a los edificios construidos antes del año 1970 y prevé la continuidad del programa de rehabilitación de edificios de viviendas afectados por patologías estructurales.