Por un lado, por el Real Decreto 611/1999, de 16 de abril, fueron transferidas las funciones de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Aragón, en materia de ejecución de la legislación sobre Propiedad Intelectual.
Y por otro, la Orden de 5 de noviembre de 2001, del Departamento de Cultura y Turismo, establece la entrada en funcionamiento del Registro Territorial de la Propiedad Intelectual de Aragón con efectos del 1 de enero de 2002.
Con la finalidad de regular el procedimiento tributario de la tasa por servicios prestados por el mencionado Registro General de la Propiedad Intelectual, establecida mediante la Ley 66/1997, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, se dicta el Decreto 168/2002.
El Decreto 168/2002 aprueba las normas precisas para determinar la gestión, régimen de liquidación y medios de pago de la tasa número 25 por servicios prestados por el Registro Territorial de la Propiedad Intelectual de Aragón.