§1000004
La Ley 1/1990, de 26 de abril, ha posibilitado una ingente labor en la formación de los funcionarios de Policía Local en su estructura organizativa y sistemas de ingreso en los Cuerpos.
Sin embargo, es necesario incorporar y regular algunos aspectos que no habían sido contemplados en la mencionada Ley y que están afectados por el principio de reserva legal, al incidir en el régimen estatutario del personal de Policía Local.
Las modificaciones se refieren a la estructura de los Cuerpos de Policía Local, en atención a que los Policías Locales precisan una aptitud específica para el ejercicio de sus funciones incompatible con la edad prolongada, y al régimen disciplinario.
La Ley 4/2002 también establece la facultad de los Ayuntamientos para que puedan convocar pruebas selectivas restringidas a fin de que este personal pueda acceder a la categoría de agente, como procedimiento excepcional que evite la distorsión del sistema organizativo policial provocado por la existencia de un personal que, en determinados municipios, realiza funciones propias de la Policía Local.