Diario del Derecho. Edición de 07/11/2025
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 09/04/2021
 
 

TEDH

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos avala la vacunación infantil obligatoria

09/04/2021
Compartir: 

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) ha confirmado que los países tienen derecho a hacer obligatoria la vacunación de los niños frente a ciertas enfermedades, por entender que puede suponer una medida "necesaria" para proteger no solo la salud propia sino la del conjunto de la sociedad.

MADRID, 8 Abr. (EUROPA PRESS) -

La corte, vinculada al Consejo de Europa, responde así a una batería de recursos llegados de República Checa, donde varios demandantes habían solicitado al TEDH que se pronunciase después de haber sido multados o de que sus hijos no hubiesen podido acceder a centros de educación infantil.

Por 16 votos a uno, los jueces han concluido que medidas como las de República Checa, que incluye en la cartilla obligatoria de vacunación nueve enfermedades, son "necesarias en una sociedad democrática", pese a la intromisión que pueda suponer en el derecho a la vida privada de los ciudadanos.

La sentencia recoge que las medidas adoptadas por las autoridades checas son proporcionales, señalando por ejemplo que la multa dictada en uno de los casos no fue "excesiva" y que el veto de acceso en guarderías "fue más una medida preventiva que punitiva", con vistas a proteger a otros alumnos.

Asimismo, recuerda que pese a que pueda limitar inicialmente el desarrollo del niño, la prohibición se levanta en cualquier caso al llegar a la edad de educación obligatoria, donde República Checa ya no contempla distinción alguna para los niños que están vacunados y los que no.

Consideran los jueces, por tanto, que se respeta el interés superior del menor y que la medida cuenta con el respaldo de las autoridades médicas. El TEDH reconoce que varios países han revisado sus políticas ante un aparente descenso de la vacunación voluntaria, que pone en peligro en última instancia la denominada "inmunidad de rebaño".

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

  1. Legislación: Medidas urgentes para el refuerzo del sistema eléctrico
  2. Tribunal Supremo: Para beneficiarse de la reducción del 99% en el Impuesto sobre Sucesiones por transmisión de participaciones de una empresa familiar, basta con disponer de un local afecto a una actividad y contar con un trabajador contratado a jornada completa
  3. Actualidad: La Audiencia Nacional acuerda investigar los pagos en metálico del PSOE a Ábalos y Koldo García
  4. Actualidad: El TEDH descarta que el Tribunal Supremo vulnerara los derechos de Turull, Junqueras y Sànchez
  5. Estudios y Comentarios: La amnistía y el Tribunal Constitucional (I); por Ramón Trillo, expresidente de Sala del Tribunal Supremo
  6. Tribunal Supremo: La indemnización legal por despido -colectivo, objetivo o disciplinario- no computa a efectos del acceso al subsidio de desempleo, pero sí la superior a dicho umbral
  7. Actualidad: El TS resolverá si los padres pueden pelear en los tribunales la concesión de la eutanasia a un hijo mayor de edad
  8. Tribunal Supremo: El éxito de la acción de desahucio por precario entre coherederos no queda impedido por la circunstancia de que el demandado, poseedor en exclusiva, sea titular de la cuota mayoritaria en la comunidad hereditaria
  9. Estudios y Comentarios: La explotación política de la inmigración; por Gonzalo Quintero Olivares, catedrático de Derecho Penal y abogado
  10. Tribunal Supremo: La nulidad de pleno derecho del acto administrativo no afecta a su eficacia y ejecutividad, por lo que el particular afectado por el acto nulo debe reaccionar frente al mismo si no quiere soportar sus efectos

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2025

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana