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  • EDICIÓN DE 27/07/2020
 
 

Programas para la atención, acogida e inserción social y laboral de menores extranjeros no acompañados

27/07/2020
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Orden de 17 de julio de 2020, por la que se da publicidad al incremento de crédito disponible para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas a programas para la atención, acogida e inserción social y laboral de menores extranjeros no acompañados, reguladas en la Orden de 25 de febrero de 2019, por la que se aprueban sus bases reguladoras, en el ámbito de las competencias de la Consejería (BOJA de 24 de julio de 2020). Texto completo.

ORDEN DE 17 DE JULIO DE 2020, POR LA QUE SE DA PUBLICIDAD AL INCREMENTO DE CRÉDITO DISPONIBLE PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES, EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA NO COMPETITIVA, DESTINADAS A PROGRAMAS PARA LA ATENCIÓN, ACOGIDA E INSERCIÓN SOCIAL Y LABORAL DE MENORES EXTRANJEROS NO ACOMPAÑADOS, REGULADAS EN LA ORDEN DE 25 DE FEBRERO DE 2019, POR LA QUE SE APRUEBAN SUS BASES REGULADORAS, EN EL ÁMBITO DE LAS COMPETENCIAS DE LA CONSEJERÍA.

Mediante Orden de la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación, de 26 de febrero de 2020 (BOJA núm. 46, de 9 de marzo de 2020), se convoca la concesión de subvenciones destinadas a la realización de programas para la atención, acogida e inserción social y laboral de menores extranjeros no acompañados en régimen de concurrencia no competitiva, con la cuantía de 5.807.620 euros, con cargo a la partida presupuestaria de gasto 1600010000/G/31E/48603/00, para la financiación de actuaciones en los programas de recepción, atención y acogida ininterrumpida (RECEP), programas de acogida y atención dirigidos al estudio y diagnóstico de la situación del menor en nuestra comunidad (E/D), y programas dirigidos a la inserción social y laboral (ISL) de menores extranjeros no acompañados, por un periodo de 91 días, conforme a la tabla de necesidades señalada en la misma.

Al amparo de esta Orden citada se conceden 45 subvenciones para la financiación de un total de 1.052 plazas por el periodo comprendido entre el 1 de enero y el 31 de marzo, con lo que prácticamente se agotó la totalidad del crédito disponible.

Si bien durante los meses de confinamiento se han reducido las llegadas de menores extranjeros y con ello ha disminuido el nivel de ocupación de estos dispositivos, el número de menores extranjeros actualmente atendidos en Andalucía continúa superando con creces la capacidad asistencial de los recursos normalizados del Sistema de Protección, por lo que no es posible prescindir de todos los dispositivos financiados mediante subvención, aunque sí se ha podido redistribuir y ajustar las plazas en función de las necesidades de cada periodo, establecido de forma mensual.

Para garantizar la financiación durante los periodos comprendidos entre los meses de abril y junio, se ha realizado una modificación presupuestaria con el objetivo de ampliar los créditos destinados a la convocatoria de subvenciones citada del 26 de febrero de 2020. La ampliación del crédito se ha fijado en 5.065.360 euros desglosados de la siguiente forma: 4.732.144 euros con cargo a la partida presupuestaria 1600010000/G/31E/48603/00 01 y 333.216 euros con cargo a la partida presupuestaria 1600180000/G/31E/48400/00 S0685.

En su virtud, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.e) Vínculo a legislación del Decreto 282/2010, de 4 de mayo y en el artículo 8.4 de la Orden de 25 de febrero de 2019, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a programas para la atención, acogida e inserción social y laboral de menores extranjeros no acompañados en régimen de concurrencia no competitiva,

DISPONGO

Único. Primero. Dar publicidad, con carácter previo a la resolución de concesión de las ayudas y en los mismos medios que la convocatoria, al incremento de crédito disponible por una cuantía adicional de 5.065.360 euros para la financiación de los programas de atención a menores extranjeros no acompañados durante el periodo comprendido entre los meses de abril y junio, imputándose el gasto exclusivamente al ejercicio presupuestario 2020, con cargo a las partidas presupuestarias 1600010000/G/31E/48603/00 01 por importe de 4.732.144 euros y 1600180000/G/31E/48400/00 S0685 por importe de 333.216 euros, y sin que tal publicidad lleve aparejada la apertura de un nuevo plazo de presentación de solicitudes, ni de publicación de la resolución correspondiente.

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