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TSJM

El TSJM anula unas instrucciones que incrementaban la carga de trabajo de los directores de centros de educación de adultos

15/07/2020
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El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha estimado un recurso de CC.OO. de Madrid y ha anulado unas instrucciones referentes a la gestión del Programa Operativo de Empleo Juvenil (POEJ) por parte de los Centros de Educación de Personas Adultas (CEPA), que incrementaban la carga de trabajo de los equipos directivos de estos centros.

MADRID, 13 Jul. (EUROPA PRESS) -

CC.OO. alegaba que las citadas instrucciones producían un cambio en las condiciones de trabajo tanto de los directores como de los jefes de estudios", "obligándoles a realizar tareas que no son previstas por la normativa aplicable, aumentando su responsabilidad, obligándoles a realizar más funciones de las legalmente asignadas dentro del mismo horario; y ello sin rebajar la carga lectiva, con las mismas plantillas y sin reconocimiento económico alguno y, sobre todo, no habiéndose respetado la necesaria negociación colectiva", según expone la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press.

Igualmente, aducía que "el incremento de las tareas de los equipos directivos, a los que se exige la justificación de los fondos, implica, de facto, un incremento de su responsabilidad", hasta el punto de que "se habría delegado", según CC.OO., "la responsabilidad de justificar los fondos europeos a los directores y jefes de estudios". La Unión Europea cofinancia, con el Ministerio de Trabajo, algunas de las enseñanzas que se imparten en los Centros de Educación de Personas Adultas, a través del POEJ.

La conclusión de la Sala del TSJM es que "lo dictado en este caso por la Dirección General de Educación Infantil, Primaria y Secundaria no son unas meras directrices de actuación, planteadas en el ejercicio del poder jerárquico de dicho centro directivo con la finalidad de establecer unos criterios de aplicación e interpretación jurídica que debieran ser seguidos en futuros actos administrativos por los órganos a los irían dirigidas, sino que, por el contrario, incorporan un contenido normativo, con imposición de concretas obligaciones", por lo que "exceden del contenido propio de unas Instrucciones".

Asimismo, confirma que "la imposición de tales obligaciones afecta a las responsabilidades de los equipos directivos de estos centros

así como a sus condiciones de desempeño profesional, incrementándose su carga de trabajo y añadiendo nuevos gravámenes con la consiguiente responsabilidad sin haberse observado las disposiciones del Estatuto Básico del Empleado Público sobre negociación colectiva en relación con tales cuestiones y sin haberse seguido tampoco el procedimiento de elaboración y aprobación de una disposición de carácter general".

Así, ha declarado la nulidad de las instrucciones, de fecha 31 de octubre de 2018, de la Dirección General de Educación Infantil, Primaria y Secundaria, "por no ser las mismas ajustadas a Derecho", con imposición a la Administración de las costas causadas, una resolución contra la que cabe interponer recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

La denuncia parte del sindicato y de la Asociación de Directores de Enseñanza de Adultos de la Comunidad de Madrid (ADEACAM), cuyo trabajo conjunto a favor de la red de Centros de Educación de Personas Adultas "sigue dando frutos", según ha señalado la secretaria general de la Federación de Enseñanza de CC.OO. en Madrid, Isabel Galvín, en una rueda de prensa junto al portavoz de la Comisión Ejecutiva de la asociación, Juan Ramón Duarte.

Después de más de año y medio de litigio, el TSJM ha resuelto que CCOO y ADEACAM "llevaban razón" y la Consejería de Educación "se estaba instalando en la ilegalidad con la normativa que impuso", ha recalcado Galvín, según un comunicado del sindicato.

Tras esta sentencia, tanto CCOO como ADEACAM instan a los responsables de la Consejería de Educación a "rectificar" y "amoldarse a la legalidad vigente", para lo que le exigen que se siente a negociar los aspectos relativos a la ejecución del POEJ en los CEPA.

A su entender, la Consejería debería habilitar un servicio de gestión administrativa del POEJ ajeno a los CEPA, tal y como hace esta Consejería con otras partidas que, como esta, provienen del Fondo Social Europeo (FSE).

MEJORAR LA SITUACIÓN DE LOS CEPA

Además, han abogado por "hacer palpable y evidente la llegada de esos fondos europeos a los CEPA a través de becas de segunda oportunidad para el alumnado, de la dotación adecuada de los centros públicos, así como del reconocimiento de los complementos salariales para equipos directivos, para maestros que imparten Nivel I de Secundaria y para tutores que actualmente no perciben ningún complemento por realizar dicha función tutorial".

Según el portavoz de ADEACAM, Juan Ramón Duarte, la dotación del Fondo Social Europeo "está financiando indirectamente la iniciativa privada y no está llegando a las enseñanzas públicas ni a sus alumnos", ya que la mayor parte está destinada a los centros privados y concertados que imparten este tipo de formación.

A su juicio, estos fondos deben servir "para financiar los centros públicos, para que puedan tener acceso a esas becas de segunda oportunidad los alumnos que estudian en los CEPA públicos" y, por último, para que "se acabe con la discriminación salarial de los equipos directivos" de dichos centros públicos en comparación con los de sus homólogos de centros privados y concertados.

CC.OO. y ADEACAM han valorado que "este es un buen punto de partida para avanzar en la mejora de las condiciones de la comunidad educativa de los CEPA y, por extensión, de la educación pública en la Comunidad de Madrid".

Al mismo tiempo, han defendido que la posición de la Consejería de Educación "tiene que ser la de abrir mesas de negociación con los representantes legales de los trabajadores y trabajadoras para revertir los recortes que han sufrido en estos años y dignificar el papel vertebrador que los CEPA cumplen en la sociedad madrileña".

Finalmente, han advertido de que "si la Consejería no cumple con lo que la justicia obliga, CC.OO. no dudará en exigir ante el TSJM la urgente ejecución de la sentencia".

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