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Plan General de la Inspección General de Servicios

14/02/2020
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Acuerdo de 10 de febrero de 2020, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Plan General de la Inspección General de Servicios de la Junta de Andalucía para el año 2020 (BOJA de 13 de febrero de 2020). Texto completo.

Acuerdo de 10 de febrero de 2020, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Plan General de la Inspección General de Servicios de la Junta de Andalucía para el año 2020 (BOJA de 13 de febrero de 2020). Texto completo.

ACUERDO DE 10 DE FEBRERO DE 2020, DEL CONSEJO DE GOBIERNO, POR EL QUE SE APRUEBA EL PLAN GENERAL DE LA INSPECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA PARA EL AÑO 2020.

La Inspección General de Servicios de la Junta de Andalucía es el órgano que ejerce las funciones superiores de inspección en la Administración de la Junta de Andalucía, en sus agencias y en las sociedades mercantiles del sector público andaluz, así como en los consorcios referidos en el artículo 12.3 Vínculo a legislación de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, en las fundaciones del sector público andaluz y en las demás entidades indicadas en el artículo 1 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo Vínculo a legislación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 Vínculo a legislación del Decreto 601/2019, de 3 de diciembre, por el que se regula la organización y funcionamiento de la Inspección General de Servicios de la Junta de Andalucía. Funciones que se ejercerán, conforme dispone el apartado 2 del citado artículo, sin perjuicio de las competencias que correspondan a otros órganos de la Administración Pública andaluza.

Con un carácter transversal, propio de su adscripción orgánica y funcional a la Secretaría General para la Administración Pública, tiene la Inspección General de Servicios como misión organizativa llevar a cabo la inspección, análisis, evaluación y asesoría para la mejora continua de la calidad de los servicios prestados por la Administración de la Junta de Andalucía y sus entidades instrumentales incluidas en su ámbito de aplicación, teniendo como objeto de su actuación el velar por el cumplimiento de la normativa vigente y comprobar su actuación conforme a los principios de legalidad, eficacia y eficiencia administrativas. Desde estas premisas básicas, los principios organizativos de su desempeño, como órgano administrativo, están conducidos por la práctica de valores como la búsqueda de la mejora continua, la centralidad de la ciudadanía, la creación de confianza y valor público en la actuación administrativa, la integridad y el respeto, el aprendizaje continuo de la experiencia y la organización, la cooperación y la imparcialidad de su actuación basada en las evidencias, orientado todo ello a satisfacer el interés general y el bien común.

El Plan General de Inspección se configura como el instrumento de planificación de la actividad de la Inspección General de Servicios de la Junta de Andalucía, en lo que concierne a las actuaciones inspectoras de carácter ordinario y contiene los programas estructurados de acuerdo a sus competencias y funciones, respecto de los cuáles se establecerán sus objetivos y el ámbito orgánico en el que vayan a realizarse, así como los criterios para la realización del seguimiento y evaluación de su desarrollo y resultados.

Tal y como establece el artículo 21.1 del precitado Decreto, se someterá a la aprobación del Consejo de Gobierno, a propuesta de la persona titular de la Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior, previa consulta a las distintas Consejerías.

En concordancia con las nuevas necesidades y demandas expresadas por la ciudadanía, vinculadas al derecho que ésta tiene a una buena administración, y caracterizadas por un entorno cada vez más global e influenciado por las nuevas tecnologías, en el Plan General de Inspección que se aprueba, es necesario destacar la renovada atribución de competencias y funciones dispuesta en el reciente Decreto 601/2019, de 3 de diciembre Vínculo a legislación. En este sentido se sitúan los programas de inspección contenidos en este Plan General de Inspección, en materia de atención a la ciudadanía; ética pública e integridad; eficacia, eficiencia y efectividad en el funcionamiento de los servicios públicos; transparencia y participación; protección de datos y administración electrónica; y evaluación e innovación.

De conformidad con ello, y entre otros programas de actuaciones inspectoras, cabe citar la continuidad de aquellas relativas a sugerencias y reclamaciones de la ciudadanía, la verificación del cumplimiento de la normativa en materia de incompatibilidades, el análisis del absentismo, el análisis de las estructuras organizativas en relación con las competencias asignadas, la evaluación de determinados servicios, actuaciones en materia de transparencia pública de la Junta de Andalucía o la comprobación de las medidas que se están llevando a cabo en materia de protección de datos.

Por otra parte, también entre otras, destacan la incorporación de algunas nuevas líneas de trabajo en este Plan; desde el análisis de unidades y servicios especializados de atención a la ciudadanía y de nuevas formas de relación con la Administración Pública, hasta el análisis de la gestión de la prevención de riesgos laborales, las estructuras de ética pública y profesional aplicada, la seguridad en materia de sistemas y tecnologías, la evaluación de la calidad de la transparencia en la Junta de Andalucía, el análisis del índice de innovación en el sector público andaluz, o la evaluación del desarrollo de programas de aceleración empresarial.

Del mismo modo, los aspectos de administración electrónica así como los vinculados a la protección de datos con la aplicación plena del nuevo Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos), y la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre Vínculo a legislación, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, constituyen un elemento central en este Plan. A estos fines, se incluyen diversos programas de inspección sobre el cumplimiento en materia de protección de datos y sobre el ejercicio de derechos de la ciudadanía a través de medios electrónicos.

En su virtud, de conformidad con el artículo 21.1 Vínculo a legislación del Decreto 601/2019, de 3 de diciembre, por el que se regula la organización y funcionamiento de la Inspección General de Servicios de la Junta de Andalucía, a propuesta del Consejero de la Presidencia, Administración Pública e Interior, previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 10 de febrero de 2020,

ACUERDA

Primero. Aprobación del Plan.

Se aprueba el Plan General de la Inspección General de Servicios de la Junta de Andalucía para el año 2020 que figura como anexo al presente acuerdo.

Segundo. Habilitación.

Se autoriza al Consejero de la Presidencia, Administración Pública e Interior para que adopte las medidas necesarias para el desarrollo y ejecución del citado Plan General de Inspección 2020 en el cumplimiento de los objetivos previstos en el mismo.

Anexos

Omitidos.

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