MADRID, 8 Jul. (EUROPA PRESS) -
Así lo ha acordado el Pleno, en su reunión del pasado 2 de julio, en el que estudiará este recurso presentado por más de 50 diputados del partido de Albert Rivera, el pasado 31 de mayo, contra los artículos primero, segundo, tercero y cuarto de la Ley del Parlamento Vasco 5/2019, de 4 de abril, que da nueva redacción a diversos preceptos de la Ley 12/2016, de 28 de julio, de reconocimiento y reparación de víctimas de vulneraciones de derechos humanos en el contexto de la violencia de motivación política en la Comunidad Autónoma del País Vasco entre 1978 y 1999.
Ciudadanos alega en su recurso que la ley impugnada puede invadir competencias reservadas al Poder Judicial y vulnerar garantías constitucionales como el derecho a la tutela judicial efectiva.
Según afirmó a los medios de comunicación el diputado de la formación naranja en el Congreso de los Diputados Joan Mesquida, tras registrar el escrito, esta ley es una "infamia" para las víctimas, las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, el sistema judicial y todos los españoles.
Asimismo, denunció que la norma "siembra dudas" sobre la actuación de la Policía y Guardia Civil y que "vulnera el derecho a la tutela judicial efectiva", ya que "en democracia, quien determina si han existido o no abusos son los jueces y no puede ser que lo determinen miembros de una comisión política integrada por el PNV y Bildu".
PLAZO DE 15 DÍAS
El Tribunal Constitucional ha dado traslado de la demanda y de los documentos presentados al Congreso de los Diputados, al Senado y al Gobierno, así como al Parlamento y Gobierno vasco para que en el plazo de 15 días puedan personarse en el proceso y formulen las alegaciones que consideren convenientes.
La ley fue aprobada el pasado día 4 de abril en un pleno de la cámara autonómica el que un diputado de Bildu llamó nazis a miembros policiales que habían acudido a la sesión. Votaron a favor PNV y PSE, en contra el PP y se abstuvieron Bildu y Elkarrekin Podemos.
El propósito de la ley es reconocer derechos y reparar a quien haya sufrido "una vulneración de derechos humanos en un contexto de violencia de motivación política" entre 1978 y 1999 y recaerá en distintos órganos del Gobierno vasco la tarea tramitar y resolver los expedientes.
RECURSOS ANTERIORES
La norma modificaba otra similar aprobada en 2016, que no pudo ser desarrollada porque el gobierno de Mariano Rajoy la recurrió ante el Constitucional. Sin embargo, el Ejecutivo de Pedro Sánchez retiró el recurso tras un acuerdo con el Gobierno vasco y la ley pudo ser finalmente aprobada.
El artículo más polémico es el que dice que las vulneraciones de derechos humanos supuestamente sufridas "se podrán acreditar mediante la aportación de resolución judicial o administrativa" que las reconozca o "por cualquier otro medio de prueba admisible en derecho, sin que sea preciso que haya existido un proceso judicial previo", añadiendo que esa acreditación "no podrá desconocer lo ya resuelto por la jurisdicción penal".
Pese a que esta última modificación fue impulsada por el PNV y el PSE-EE para zanjar las dudas sobre la constitucionalidad de la ley original, un error de Elkarrekin Podemos en las votaciones motivó el rechazo del primer artículo de la reforma, que incluye una de las claves para evitar que sea recurrida ante el TC.