Diario del Derecho. Edición de 30/04/2024
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 10/04/2019
 
 

Subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, al fomento de la comercialización y transformación de los productos de la pesca y la acuicultura

10/04/2019
Compartir: 

Orden de 1 de abril de 2019, por la que se da publicidad al incremento de crédito disponible, en la convocatoria 2019, para las ayudas previstas en la Orden de 27 de septiembre de 2016, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, al fomento de la comercialización y transformación de los productos de la pesca y la acuicultura en Andalucía, previstas en el Programa Operativo del Fondo Europeo Marítimo y de Pesca 2014-2020 (BOJA de 9 de abril de 2019). Texto completo.

ORDEN DE 1 DE ABRIL DE 2019, POR LA QUE SE DA PUBLICIDAD AL INCREMENTO DE CRÉDITO DISPONIBLE, EN LA CONVOCATORIA 2019, PARA LAS AYUDAS PREVISTAS EN LA ORDEN DE 27 DE SEPTIEMBRE DE 2016, POR LA QUE SE ESTABLECEN LAS BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES, EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA, AL FOMENTO DE LA COMERCIALIZACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DE LOS PRODUCTOS DE LA PESCA Y LA ACUICULTURA EN ANDALUCÍA, PREVISTAS EN EL PROGRAMA OPERATIVO DEL FONDO EUROPEO MARÍTIMO Y DE PESCA 2014-2020.

La Orden de 17 de octubre de 2018, convoca para el año 2019 las ayudas previstas en la Orden de 27 de septiembre de 2016, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, al fomento de la comercialización y transformación de los productos de la pesca y la acuicultura en Andalucía, previstas en el Programa Operativo del Fondo Europeo Marítimo y de Pesca 2014-2020, y determina la cuantía máxima, para las siguientes líneas de ayudas:

Tabla omitida.

No obstante, en la referida Orden de 17 de octubre de 2018, se recoge que además del crédito máximo disponible para esta convocatoria, excepcionalmente se podrá contar con una cuantía adicional, cuya aplicación a la concesión no requerirá una nueva convocatoria, que podría incorporarse a la cuantía máxima indicada con anterioridad a que se dicte la resolución de concesión, como consecuencia de un aumento de crédito disponible de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.d) del Reglamento de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía, aprobado por el Decreto 282/2010 de 4 de mayo Vínculo a legislación.

Una vez publicada la orden de convocatoria, se ha comprobado que existe saldo suficiente para poder aumentar el crédito disponible, en la anualidad de 2020, para las siguientes partidas presupuestarias, en las cuantías que se señalan:

- 1900120000 G/71P/77300/00 G1353513G6 2016000353. Incremento 100.000,00 €

- 1900120000 G/71P/78300/00 G1353513G6 2016000355. Incremento 10.000;00 €

En su virtud, y de conformidad con lo dispuesto en la Orden de 17 de octubre de 2018, y en el artículo 58.5 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre Vínculo a legislación, General de Subvenciones, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio Vínculo a legislación,

RESUELVO

Dar publicidad, con carácter previo a la resolución de concesión de las ayudas y en los mismos medios que la convocatoria, al incremento de crédito disponible, en la anualidad de 2020, por una cuantía adicional de 110.000,00€, con cargo a las partidas presupuestarias correspondientes a las siguientes líneas de subvención que a continuación se detallan:

Línea 1:Medidas de Comercialización de los productos de la pesca y la acuicultura

- 1900120000 G/71P/77300/00 G1353513G6 2016000353. Incremento 100.000,00 €

Línea 2:Medidas de promoción y búsqueda de nuevos mercados de los productos de la pesca y la acuicultura

- 1900120000 G/71P/78300/00 G1353513G6 2016000355. Incremento 10.000,00 €

Asimismo, dar publicidad a la cuantía total máxima que se especifica para cada una de las líneas y con cargo a los créditos presupuestarios que se indican para cada una de ellas:

Tabla omitida.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2024

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana