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Cuestión de inconstitucionalidad n.º 4200-2018

22/10/2018
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Cuestión de inconstitucionalidad n.º 4200-2018, en relación con el artículo 6 de la Ley 7/2011, de 26 de diciembre (Impuesto sobre instalaciones que incidan en el medio ambiente de la Región de Murcia), en sus apartados 2 (hecho imponible), 6 (base imponible) y 7 (cuota tributaria) (BOE de 20 de octubre de 2018). Texto completo.

CUESTIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD N.º 4200-2018, EN RELACIÓN CON EL ARTÍCULO 6 DE LA LEY 7/2011, DE 26 DE DICIEMBRE (IMPUESTO SOBRE INSTALACIONES QUE INCIDAN EN EL MEDIO AMBIENTE DE LA REGIÓN DE MURCIA), EN SUS APARTADOS 2 (HECHO IMPONIBLE), 6 (BASE IMPONIBLE) Y 7 (CUOTA TRIBUTARIA)

El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 16 de octubre actual, ha acordado admitir a trámite la cuestión de inconstitucionalidad número 4200-2018 planteada por la Sección 2.ª de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Supremo, en el recurso de casación número 3121-2016, en relación con el artículo 6 Vínculo a legislación de la Ley 7/2011, de 26 de diciembre (Impuesto sobre instalaciones que incidan en el medio ambiente de la Región de Murcia), en sus apartados 2 (hecho imponible), 6 (base imponible) y 7 (cuota tributaria) y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.1.c) Vínculo a legislación LOTC, reservar para sí el conocimiento de la presente cuestión.

De conformidad con lo establecido en el artículo 37.2 Vínculo a legislación LOTC, quienes sean parte en el recurso de casación número 3121-2016 podrán personarse ante este Tribunal dentro de los quince días siguientes a la publicación del presente edicto en el “Boletín Oficial del Estado”.

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