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Como ya hizo con el de SATSE

El Supremo admite a trámite el recurso de los enfermeros contra el RD de 'prescripción'

21/01/2016
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La Sala Tercera de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo ha admitido a trámite el recurso presentado por el Consejo General de Enfermería contra el Real Decreto que regula el uso e indicación de medicamentos por parte de estos profesionales, conocida como la 'prescripción' enfermera, al igual que sucedió con el recurso presentado la semana pasada por el sindicato de enfermería Satse.

MADRID, 20 Ene. (EUROPA PRESS) -

La admisión a trámite del recurso ha sido notificada a las partes a través de una Diligencia de Ordenación, y reclama al Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad que, en el plazo improrrogable de veinte días, remita el expediente administrativo correspondiente a la resolución impugnada.

Además, también ha admitido a trámite y ordenado la formación de "pieza separada de medidas cautelares" la petición de suspensión cautelar contra el artículo 3.2 del citado Real Decreto, que establece que para que estos profesionales usen un fármaco sujeto a prescripción es necesario que el correspondiente profesional prescriptor (el médico) haya determinado previamente el diagnóstico, prescripción, protocolo o guía de práctica clínica y asistencial a seguir.

En ese sentido, concede audiencia por plazo de cinco días al abogado del Estado para que actúe en representación del Gobierno.

En las 25 páginas que componen el escrito se ponen de manifiesto las irregularidades administrativas que, a su juicio, rodearon la aprobación y posterior publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE) de la norma, y realiza un análisis las "importantísimas y nefastas" consecuencias de su aplicación.

Según denuncian los enfermeros, causará "el deterioro y detrimento en la calidad en la atención a los pacientes; los inevitables conflictos entre profesionales; y la grave merma y menoscabo y restricción de los derechos y las competencias que los enfermeros ostentan por atribución legal del Artículo 79.1 de la Ley del Medicamento".

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