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  • EDICIÓN DE 22/05/2015
 
 

CGPJ

EL CGPJ empieza a recoger datos para elaborar una estadística sobre delitos de corrupción

22/05/2015
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El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha puesto en marcha la recogida de datos estadísticos para la realización de un "repositorio de datos sobre delitos relacionados con la corrupción", uno de los compromisos adquiridos por el órgano de gobierno de los jueces en el convenio firmado con Transparencia Internacional España.

MADRID, 21 (EUROPA PRESS)

La elaboración de este fichero será posible después de que, el pasado 29 de abril, el Pleno de la Comisión Nacional de Estadística Judicial aprobara la modificación de los boletines estadísticos trimestrales, que entrarán en vigor a partir del próximo trimestre y que permitirán recabar la información necesaria.

La Comisión Nacional de Estadística Judicial es un órgano colegiado adscrito al Ministerio de Justicia del que forman parte representantes de este Ministerio, de las Comunidades Autónomas con competencias transferidas en materia de Justicia, de la Fiscalía General del Estado y del Consejo General del Poder Judicial, según informa el órgano de gobierno de los jueces.

Entre sus funciones están las de aprobar los planes estadísticos, generales y especiales, de la Administración de Justicia, y establecer criterios uniformes y de obligado cumplimiento para todos sobre la obtención, tratamiento informático, transmisión y explotación de los datos estadísticos del sistema judicial español.

DELITOS

Las modificaciones aprobadas suponen que, al cumplimentar el boletín estadístico, todos los órganos judiciales del orden penal -excepto los Juzgados de Menores y los de Vigilancia Penitenciaria- deberán responder a la siguiente cuestión:

"Indique si, durante este trimestre, ha tramitado o tiene en tramitación algún procedimiento en el que se dirija acusación por la posible comisión de delitos del Título XIX del Libro II del Código Penal", referido a los delitos contra la Administración Pública.

La información requerida se refiere a causas en las que la acusación se dirija por la comisión de delitos de receptación y blanqueo de capitales, sobre la ordenación del territorio y el urbanismo, sobre el patrimonio histórico, de prevaricación de los funcionarios públicos y otros comportamientos injustos, de abandono de destino y omisión del deber de perseguir delitos, de infidelidad en la custodia de documentos y violación de secretos, de cohecho, de tráfico de influencias, de malversación, de fraude y exacciones ilegales, de negociaciones y actividades prohibidas a los funcionarios públicos y de abusos en el ejercicio de su función y de corrupción en las transacciones comerciales internacionales.

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