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Defensa de la Audiencia Nacional; por Eloy Velasco, Magistrado de la Audiencia nacional

12/11/2012
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El día 10 de noviembre de 2012, se ha publicado en el diario La Razón, un artículo de Eloy Velasco, en el cual el autor define la Audiencia Nacional como un tribunal de jueces dedicados a materias concretas que, por eficacia y dificultad, España, como otros países de nuestro entorno, ha decidido encomendar a jueces especializados, pero con instrumentos y leyes ordinarias de aplicación general por cualquier juez en cualquier tipo de proceso.

DEFENSA DE LA AUDIENCIA NACIONAL

Desde que mediáticamente, allá por 1977, se le colgó a la Audiencia Nacional el “sambenito” de ser la heredera del Tribunal de Orden Público franquista, poco y mal se ha escrito realmente sobre el papel real que lleva a cabo un tribunal tan necesario como desconocido. Al margen de románticas concepciones trasnochadas que la tachan de “tribunal especial de excepción y politizado”, desde la Constitución de 1978 los funcionarios, fiscales y jueces que últimamente hemos hecho frente al ingente trabajo jurisdiccional en medio de una excepcional presión, estrés, sacrificio e inseguridad personal, solemos ver y comentar las cosas desde una óptica muy distinta. Es cierto que al deber resolver entre pocos jueces los numerosos asuntos que generan 47 millones de habitantes y otros órganos judiciales extranjeros y salir constantemente en los periódicos un escaso porcentaje de ellos parece que es la parte mediática la que brilla -ocasionándonos enemigos gratuitos y un exceso de presión ideológica que no tienen otros tribunales-, cuando lo cierto es que no es terrorismo todo lo que reluce, ni necesariamente lo que más ocupa y preocupa en nuestra diaria actividad.

La Audiencia Nacional es un tribunal de jueces dedicados a materias concretas que, por eficacia y dificultad, España, como otros países de nuestro entorno, ha decidido encomendar a jueces especializados, pero con instrumentos y leyes ordinarias de aplicación general por cualquier juez en cualquier tipo de proceso (nada de excepcional tienen el Código Penal ni la vetusta Ley de Enjuiciamiento Criminal, ni la unificación de doctrina que supone que sus decisiones se sometan a la jurisprudencia del Tribunal Supremo). Y dentro de esas materias, las que más nos competen son: 1.-Las de ámbito internacional, especialmente los procesos extradicionales contra personas que delinquen en otros países y se refugian y son detenidas bajo el amable clima español -somos el país de la UE que más huidos entregamos-; los delitos realizados por españoles en el extranjero; algunos de los que se realizan fuera de España contra españoles y los delitos de persecución universal, entre los que brillan escasísimos procesos mediáticos que tanto debate han generado hasta sacar a España de una tradición iusuniversalista en la que, desde el padre Francisco de Vitoria, siempre habíamos sido referente. 2.- Materias de ámbito nacional contra supremos intereses personales y materiales estratégicos, especialmente los ataques a las altas instituciones del Estado, los delitos de falsificación de moneda y tarjetas bancarias realizados por organizaciones criminales y, últimamente, las grandes defraudaciones que repercuten gravemente en la economía nacional, ocasionando un perjuicio patrimonial generalizado a la población. 3.- Materias relacionadas con las diversas manifestaciones del crimen organizado que atacan las bases de la estabilidad del sistema democrático: el tráfico de drogas a gran escala -que es la materia que actualmente más esfuerzo nos exige, pese a que a la prensa sólo le interese cuando a un Juzgado se le pasa uno de los tantos plazos que constantemente hay que observar-, el blanqueo e inversiones de las ilícitas ganancias derivadas de la actividad anterior, y por supuesto, todas las manifestaciones del terrorismo mundial.

Fenómenos como la kale borroka; la yihad por internet; el reclutaje de muyahidines para ser enviados a conflictos bélicos pseudoreligiosos; grandes altercados contra el orden público; las bombas galleguistas, el GRAPO revisitado, la financiación de las narcoguerrillas, las ententes internacionalistas entre ellos ETA, IRA, las FARC, etc, conviven con otras muchas causas de diversa índole. Entre ellas, el tráfico con personas venidas desde muy lejos con promesas de triunfo que desembocan en la explotación sexual; piratas “by dollar” somalíes y abordajes en alta mar; “boleros” y “maleteros” que cruzan “el charco” con droga encima por cuatro duros; contenedores, barcos y avionetas que mercadean con más droga; funcionarios que se corrompen por enriquecerse de la noche a la mañana colocando en el mercado clandestino importantes cantidades de más droga; contrabandistas de más y más droga; coleccionistas de pazos; siempre droga, eterna droga; fraudes alimentarios; anonymous ciberterroristas que esparcen inseguridad por la Red; hackers reveladores de datos informáticos por dinero o “carruseles trucheados” evasores de IVA y otros impuestos. Además de todos ellos, delitos transnacionales y de ingeniería financiera cometidos interponiendo empresas extranjeras y españolas; colusiones de mercado; fraudes comunitarios; vuelos de la muerte; crímenes de Estado; magnicidas, genocidas, criminales contra la humanidad y los derechos humanos; la camorra napolitana instalándose en ciertas partes de la geografía española junto con la mafia rusa; las triadas chinas; el cártel de Medellín o el de Sinaloa; la heroína turca y, últimamente, políticos de segunda fila que saquean las arcas públicas; banqueros que desvían la riqueza financiera hacia su bolsillo o hacia la quiebra que, al final, tenemos que pagar todos.

No todos los jueces del resto del Estado dominan ni son expertos en los cientos de tratados bilaterales que en materia de cooperación penal y extradición se suman a las decenas de tratados multilaterales que España ha ratificado para hacer frente a las peores manifestaciones de la delincuencia transnacional; ni conocen los instrumentos penales comunes que lleva años dictando la Unión Europea; ni los diferentes sistemas penales del Derecho Penal comparado; ni los integrantes de las diferentes organizaciones terroristas y criminales; ni los recovecos procesales para enfrentar delitos tan complejos. Por todo ello, existe la Audiencia Nacional, y si no, habría que hacer que existiera.

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