MADRID, 4 (EUROPA PRESS)
Fuentes fiscales han informado este jueves que el informe considera competente a a Sala de lo Penal para una eventual investigación de los hechos, si bien considera que la causa no debe admitirse por no existir ilícito penal.
El fiscal Luis Navajas no ve revelación de secretos porque el correo electrónico que fue remitido al periódico La Razón únicamente contenia datos generales del ERE, pero ningún dato concreto.
El juez de instrucción número 28 de Madrid, Mariano Ascandoni, ante quien se presentó la denuncia, se inhió a favor del Supremo al considerar que éste era el órgano competente para investigar el presunto delito atribuido a la ministra, dada su condición de aforada.
La denuncia, presentada el pasado 20 de julio, señalaba textualmente de que se trata de un "supuesto gravísimo, en el que el daño generado al servicio público es de la máxima relevancia" y acusaba a la titular de Empleo de "vulnerar de manera flagrante todos los principios que rigen la conducta de las autoridades públicas y la actuación de la Administración Pública, sujeta siempre al principio de legalidad".
"Y lo hace con una motivación exclusivamente partidista, buscando únicamente el daño del principal partido de la oposición, premeditadamente y despreciando cualquier atisbo de defensa del interés general", afirmaba el PSOE en una nota sobre el contenido de la denuncia.
El texto indicaba que "el daño para la imagen del Ministerio de Empleo y Seguridad Social es incalculable, pues la máxima autoridad del mismo no duda, en un tema de la máxima sensibilidad en la actualidad, como son los expedientes de regulación de empleo, en utilizar la información a la que tiene acceso con fines puramente partidistas y absolutamente ajenos a la Administración Pública que representa".
Asimismo, refería que esta "conducta no tiene precedentes". "Es una quiebra absoluta de los principios que rigen el funcionamiento de la Administración Pública, condensados en el artículo 3 de la ley 30/1992", señalaba sobre el respeto a los intereses generales y a los principios de buena fue y confianza legítima.