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Entrega a los Ayuntamientos de Extremadura de tramos urbanos de la Red de Carreteras de titularidad de la Junta de Extremadura

05/03/2010
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Decreto 23/2010, de 26 de febrero, por el que se modifica el Decreto 177/2008, de 29 de agosto, por el que se regula la entrega a los Ayuntamientos de Extremadura de tramos urbanos de la Red de Carreteras de titularidad de la Junta de Extremadura (DOE de 4 de marzo de 2010). Texto completo. (Ref. Iustel §021776 Vínculo a legislación)

El Decreto 23/2010 incluye una disposición adicional única en el Decreto 177/2008, de 29 de agosto, por el que se regula la entrega a los Ayuntamientos de Extremadura de tramos urbanos de la Red de Carreteras de titularidad de la Junta de Extremadura.

El Decreto 177/2008, de 29 de agosto, por el que se regula la entrega a los Ayuntamientos de Extremadura de tramos urbanos de la Red de Carreteras de titularidad de la Junta de Extremadura puede consultarse en el Repertorio de Legislación Vigente de Iustel.

DECRETO 23/2010, DE 26 DE FEBRERO, POR EL QUE SE MODIFICA EL DECRETO 177/2008, DE 29 DE AGOSTO, POR EL QUE SE REGULA LA ENTREGA A LOS AYUNTAMIENTOS DE EXTREMADURA DE TRAMOS URBANOS DE LA RED DE CARRETERAS DE TITULARIDAD DE LA JUNTA DE EXTREMADURA.

El Decreto 177/2008 Vínculo a legislación, de 29 de agosto, establece un procedimiento ágil de entrega a los Ayuntamientos de tramos de las carreteras autonómicas que cumplen los requisitos del artículo 39 de la Ley 7/1995, de 27 de abril, de Carreteras de Extremadura, de modo que se facilite a los mismos la ejecución de las obras de adaptación a las nuevas funciones de dichos tramos, y fija unos baremos para la ejecución de las obras necesarias, uniformes para todo el territorio de la Comunidad Autónoma, de modo que en ningún momento puedan existir agravios comparativos entre unos Ayuntamientos y otros.

Estos baremos recogen aquellas actuaciones relacionadas directamente con la carretera: conservación del firme, drenaje superficial, señalización, balizamiento y mejoras de la seguridad vial, pudiendo los Ayuntamientos introducir en los proyectos a realizar las actuaciones que consideren oportunas llevar a cabo en función de un tratamiento urbano del tramo y cuyo incremento habrá de ser asumido con cargo a los presupuestos municipales.

No obstante, ante la existencia de tramos de carreteras cuya titularidad pudiera ostentar la Junta de Extremadura en virtud de un cambio de titularidad realizado entre la Administración General del Estado y la Administración Autonómica se hace necesario exceptuar del procedimiento previsto en el Decreto 177/2008 Vínculo a legislación, de 29 de agosto, a dichos tramos y ajustarse respecto a los mismos al procedimiento y a los términos establecidos en el Acuerdo firmado entre dichas partes.

En virtud de lo expuesto, a propuesta del Consejero de Fomento y previa deliberación del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura en su reunión del día 26 de febrero de 2010, DISPONGO:

Artículo único. Modificación del Decreto 177/2008 Vínculo a legislación, de 29 de agosto, por el que se regula la entrega a los Ayuntamientos de Extremadura de tramos urbanos de la Red de Carreteras de titularidad de la Junta de Extremadura.

Se incluye la disposición adicional única con el siguiente tenor literal:

“No será aplicable lo previsto en este Decreto a aquellos tramos de carretera cuya titularidad ostente la Consejería de Fomento en virtud de un cambio de titularidad acordado con la Administración General del Estado, en cuyo caso se estará a lo dispuesto en dicho Acuerdo”.

Disposición final única. Entrada en vigor.

El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.

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