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Subvenciones a los Ayuntamientos andaluces para la mejora de la infraestructura y gastos de equipamiento de los Juzgados de Paz

03/03/2010
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Orden de 9 de febrero de 2010, por la que se modifica la de 30 de noviembre de 2009, por la que se establecen las bases reguladoras de los procedimientos para la concesión de subvenciones a los Ayuntamientos andaluces para la mejora de la infraestructura y gastos de equipamiento de los Juzgados de Paz (BOJA de 2 de marzo de 2010). Texto completo.

ORDEN DE 9 DE FEBRERO DE 2010, POR LA QUE SE MODIFICA LA DE 30 DE NOVIEMBRE DE 2009, POR LA QUE SE ESTABLECEN LAS BASES REGULADORAS DE LOS PROCEDIMIENTOS PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A LOS AYUNTAMIENTOS ANDALUCES PARA LA MEJORA DE LA INFRAESTRUCTURA Y GASTOS DE EQUIPAMIENTO DE LOS JUZGADOS DE PAZ.

La Orden, que fue publicada en el BOJA número 244, de 16 de diciembre de 2009, establece en su artículo 7 el plazo de presentación de las solicitudes, que será el comprendido entre el 15 de enero y al 15 de febrero de cada año. Dada la fecha de publicación de la Orden de 30 de noviembre de 2009 y la posible dificultad de los Ayuntamientos de poder presentar las solicitudes de subvenciones en el plazo anteriormente mencionado, procede excepcionalmente para el año 2010 la ampliación del mismo.

En su virtud, en uso de las facultades conferidas por el artículo 107 Vínculo a legislación de la Ley 5/1983, de 19 de julio, General de Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y el artículo 46.4 Vínculo a legislación de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía,

DISPONGO

Artículo único. Se añade una Disposición adicional única a la Orden de 30 de noviembre 2009, por la que se establecen las bases reguladoras de los procedimientos para la concesión de subvenciones a los Ayuntamientos andaluces para la mejora de la infraestructura y gastos de equipamiento de los Juzgados de Paz:

“Disposición adicional única. Plazo excepcional de presentación de solicitudes.

De forma excepcional, para la convocatoria de subvenciones del ejercicio 2010, y sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 7, el plazo de presentación de solicitudes será el comprendido entre el 15 de enero y el 15 de marzo. No serán admitidas a trámite las solicitudes que se presenten fuera del plazo establecido, resolviéndose la inadmisión de las mismas, que deberá ser notificada a los interesados en los términos previstos en el artículo 59 Vínculo a legislación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.”

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