Esta decisión restringirá sustancialmente las diligencias de investigación de policías y fiscales, que antes recababan directamente esos datos de las operadoras telefónicas.
Una ley de 2004 autorizaba a policías y fiscales para que pudieran dirigirse directamente a las compañías telefónicas para recabar la identidad de la persona a la que correspondía un determinado número de móvil. A partir de 2007, esa previsión quedó limitada a los jueces, aunque los fiscales seguían interpretando que la ley de 2004, al tener rango de orgánica, era de aplicación preferente.
El Alto Tribunal ha acordado, por 12 votos a 8, limitar a los jueces la petición esos datos. El acuerdo fue adoptado en contra de la opinión del ponente inicial, José Ramón Soriano, que cedió la ponencia al magistrado Luciano Varela.