La Orden PRE/2827/2009 modifica las cuantías de las asignaciones sectoriales para 22 instalaciones establecidas en el Plan Nacional de Asignación de Derechos de Emisión de Gases de Efecto Invernadero, 2008-2012, aprobado por el Real Decreto 1370/2006, de 24 de noviembre.
El Real Decreto 1370/2006, de 24 de noviembre, por el que se aprueba el Plan Nacional de Asignación de derechos de emisión de gases de efecto invernadero, 2008-2012 puede consultarse en el Libro Séptimo del Repertorio de Legislación de Iustel.
ORDEN PRE/2827/2009, DE 19 DE OCTUBRE, POR LA QUE SE MODIFICAN LAS CUANTÍAS DE LAS ASIGNACIONES SECTORIALES ESTABLECIDAS EN EL PLAN NACIONAL DE ASIGNACIÓN DE DERECHOS DE EMISIÓN DE GASES DE EFECTO INVERNADERO, 2008-2012, APROBADO POR EL REAL DECRETO 1370/2006, DE 24 DE NOVIEMBRE.
El Plan Nacional de Asignación de derechos de emisión de gases de efecto invernadero, 2008-2012 (PNA), aprobado por el Real Decreto 1370/2006 , de 24 de noviembre, establece para el quinquenio 2008-2012 la cantidad total de derechos que se prevé asignar a las instalaciones incluidas en el ámbito de aplicación de la Ley 1/2005 , de 9 de marzo, por la que se regula el régimen de comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero. También establece la metodología de cálculo para la asignación individual de derechos, determina la cantidad correspondiente a la reserva de nuevos entrantes y las reglas para su asignación.
En noviembre de 2006 se notificó a cada una de las instalaciones incluidas en el ámbito de aplicación de la Ley 1/2005 , de 9 de marzo, por la que se regula el régimen de comercio de derechos de emisión, su asignación para este periodo. Una vez realizada la notificación, se abrió el plazo para presentar recurso de reposición contra dicha asignación, de acuerdo con lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Debido a que algunos de los recursos de reposición presentados han sido estimados resulta necesario modificar el Plan Nacional de Asignación, con el fin de poder ejecutar las resoluciones estimatorias. La modificación afecta a la asignación realizada a 22 instalaciones, lo que a su vez repercute en la asignación por sectores y en la reserva de nuevos entrantes. En ningún caso se modifica la cantidad total de derechos asignados en el Plan.
La reforma del PNA se realiza de conformidad con la Decisión de la Comisión Europea de 26 de febrero de 2007, cuyo artículo 2, párrafo 2, dice que éste podrá ser modificado sin necesidad de aceptación previa por parte de la Comisión si la modificación consiste en cambios en la asignación de derechos de emisión a las distintas instalaciones y tales cambios se efectúan dentro de la cantidad total asignada a las instalaciones recogidas en aquél.
El Real Decreto 1370/2006 , de 24 de noviembre, en su disposición final segunda, habilita para que, mediante orden del Ministro de la Presidencia, a propuesta conjunta de los Ministros de Economía y Hacienda, de Industria, Turismo y Comercio y de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, se modifiquen las asignaciones sectoriales en dos supuestos: cuando resulte necesario para poder ejecutar una decisión de la Comisión y cuando resulte necesario para ejecutar una resolución estimatoria de un recurso administrativo o una sentencia, cuando sean firmes.
En su virtud, y a propuesta de los Ministros de Economía y Hacienda, de Industria, Turismo y Comercio y de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, dispongo:
Artículo único. Modificación del apartado 4 del Plan Nacional de Asignación de derechos de emisión de gases de efecto invernadero, 2008-2012, aprobado por Real Decreto 1370/2006 , de 24 de noviembre.
El escenario de asignación a las actividades sujetas al régimen de comercio de emisiones, detallado en el cuadro que se recoge en el apartado 4 del Plan Nacional de Asignación de derechos de emisión de gases de efecto invernadero 2008-2012, denominado Reparto de derechos por actividades, queda modificado como sigue:
Tabla omitida.
Disposición adicional única. Corrección de las referencias a los datos modificados en otros apartados del Plan Nacional de Asignación 2008-2012.
Esta modificación se aplicará, además del apartado 4, a todos los apartados del Plan Nacional de Asignación 2008-2012 que hagan referencia a la reserva de nuevos entrantes, así como a todos aquellos relativos a las asignaciones sectoriales.
Disposición final primera. Título competencial.
Esta Orden ministerial se dicta al amparo de las competencias estatales en materia de bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica y de la legislación básica sobre protección del medio ambiente previstas en el artículo 149.1.13.ª y 23.ª de la Constitución, respectivamente.
Disposición final segunda. Entrada en vigor.
Esta Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.