TENSIONES EN LA JUSTICIA ESPAÑOLA
El apresamiento de piratas somalíes por la fragata española Marqués de la Ensenada el pasado mes de mayo puso de manifiesto, una vez más, las tensiones y conflictos que frecuentemente se dan entre jueces y fiscales de la Audiencia Nacional y otros órganos del Estado. Ante las contradicciones entre el juez Fernando Andreu y el fiscal Zaragoza, el Ministerio de Defensa acabó presionando para que los piratas apresados no quedasen en libertad y fuesen entregados en el puerto keniano de Mombasa, para ser juzgados, de la misma forma que han hecho otros buques de guerra de países de la Unión Europea, en base a una Decisión del Consejo de Europa, que acordó con Kenia la competencia judicial de este país, a cambio de una remuneración económica de varios millones de euros.
El embrollo jurídico que mantuvieron por este asunto los jueces y fiscales de la Audiencia Nacional es una muestra más de las tensiones que permanentemente se dan, y que nadie es capaz de resolver. Hay, indudablemente, una falta de coordinación entre el poder ejecutivo y el judicial. Ambos son teóricamente independientes, y lo que molesta a los jueces es que se consideran el poder del Estado con menos medios y más criticado por los ciudadanos, que no entienden esos complejos asuntos que frecuentemente llegan a su conocimiento a través de los medios, y que a menudo resultan escandalosos.
Hay que recordar que fue precisamente el juez Andreu quien se declaró competente en el caso de los crímenes llevados a cabo en la región de los Grandes Lagos, denunciados por la Asociación de Derechos Humanos contra altos cargos de Ruanda, para esclarecer las matanzas y exterminio entre tutsis y hutus. ¿Cabe imaginarse al juez Andreu recorriendo el corazón de África, sin apenas medios e interrogando a unos y otros en lenguas tribales? Esta postura se debe a un acusado déficit democrático que ha padecido la judicatura en España, y a un afán de publicidad internacional que se repite con frecuencia.
Puede decirse que en nuestro país, en poco más de 30 años, se ha pasado de una dictadura franquista a un régimen de máximas libertades. La izquierda en España, y de una forma más acusada el socialismo en el poder, tiene mala conciencia porque no fue capaz, ni tuvo valentía suficiente, para enfrentarse a Franco ni a su régimen, por ello trata ahora de escudriñar en la verdad histórica, con la intención de enjuiciar y condenar toda la etapa franquista. En este sentido, el juez Garzón, siempre dispuesto a que brille su estrella, elaboró un Auto escandaloso el 16 de octubre de 2008, en base a las denuncias formuladas por la asociación Nuestra Memoria, sobre la represión de la etapa franquista. Como es preceptivo, el juez Garzón pasó las actuaciones a informe de la fiscalía, que se pronunció el 29 de enero de 2008, en el sentido de no ser procedente la admisión a trámite de tales denuncias. La exhumación pedida por Garzón de 19 fosas, así como la inculpación de Franco y de una treintena de generales, de los que se pedía el certificado de defunción, era un dislate jurídico, que tuvo que ser parado, archivado y olvidado.
Más alejado en el tiempo, pero de gran importancia, fue el caso Pinochet, también protagonizado por Garzón, basado en la interpretación y aplicación propia de la justicia universal, que viene recogida en la Ley Orgánica del Poder Judicial, y de la que España parece haberse hecho abanderada. El caso Pinochet originó también un fuerte enfrentamiento entre algunos jueces y fiscales. Pero el momento más tenso fue cuando se dio el intercambio de escritos y recursos de toda índole entre la Audiencia Nacional y los tribunales británicos. Y recordemos los intentos de Garzón para tratar de interrogar a Kissinger en Londres y al diplomático estadounidense Vernon Walters, que fue subdirector de la CIA.
Estas pretensiones de la Justicia española de ser un ejemplo de aplicación de la justicia universal continúan con las actuaciones en relación con el exterminio del pueblo maya; con la querella del Comité de Apoyo al Tíbet, presentada en 2005, contra el presidente de China, Jiang Zeming y otros dirigentes del país; y, más recientemente, con las denuncias formuladas contra el Gobierno de Israel por genocidio en la franja de Gaza, así como las diligencias previas de investigación concernientes a la actuación de las tropas norteamericanas contra los prisioneros en la Base de Guantánamo.
Ninguna de estas actuaciones ha seguido un procedimiento judicial, habiendo quedado en los armarios de la Audiencia Nacional sine die. En la instrucción de todos estos sumarios, la posición de los fiscales de la Audiencia Nacional en la interpretación y aplicación de la justicia universal ha sido, en gran medida, contraria a la de los jueces, y especialmente a la de Garzón.
Tampoco puede pasar desapercibido que la de la Audiencia Nacional es una jurisdicción especial, sui generis, de la que mucho se ha hablado. Hay opiniones a favor de que se mantenga y otras a favor de que se termine con esa jurisdicción tan especialísima. Muchos enfrentamientos en la Audiencia Nacional tienen que ver con el hecho de que es y no es un tribunal superior, ya que su carácter y naturaleza lo hacen aparecer como un tribunal híbrido. Al mismo tiempo, subyace en un amplio sector de la judicatura y de la fiscalía la mala conciencia de no haber sido capaces de promover ninguna acción judicial contra el régimen franquista en los primeros 30 años de democracia. Ello hace que tenga un cierto complejo ante los países de nuestro entorno, y que quiera ahora aparecer como la abanderada en defensa de los principios de la justicia universal.
La controversia se aprecia también en las relaciones entre el Tribunal Supremo y el Tribunal Constitucional, ya que mientras el primero tiene una larga trayectoria en nuestro ordenamiento jurídico, con una amplia doctrina jurisprudencial, creada por magistrados que toda la vida la han dedicado a dictar sentencias, el segundo es de constitución reciente. Se creó a partir del marco constitucional de 1978, y en su novedosa composición intervienen en mayor número profesores de universidad, que sólo han tenido la práctica de dictar sentencias a partir de su nombramiento como magistrados del Constitucional. Es obvio que el conocimiento del Derecho no es suficiente para elaborar sentencias razonadas. Hay una especie de síndrome de cátedras versus magistraturas, en las que predominan de forma desproporcionada, con un complejo de superioridad infundado, de los cátedros sobre los magistrados.
La pregunta que nos surge es la siguiente: ¿saben realmente dictar sentencias y resoluciones los profesores docentes de universidad mejor que los jueces, que por méritos propios han llegado al Tribunal Supremo? Sinceramente, creo que no. Mi opinión es que, en lugar de haber copiado en la constitución del Tribunal Constitucional a algún país mediterráneo de nuestro entorno, posiblemente nos habríamos ahorrado muchos quebraderos de cabeza -debido a las sentencias claramente politizadas que se han dictado- si hubiese sido una sala especial del Tribunal Supremo la que se hubiese ocupado de interpretar la Constitución y los conflictos de normas de las Comunidades Autonómicas con las del Estado. Si así hubiese sido, seguramente tendríamos hace tiempo, por ejemplo, una resolución sobre la constitucionalidad del Estatuto Catalán. Pero el Tribunal Constitucional, excesivamente politizado por la influencia de los partidos políticos dominantes, no ha podido en tres años dictar una resolución. Ello encierra un grave peligro, y además no se entiende.
Desde su inicio, el Tribunal Constitucional ha dictado resoluciones escandalosas. De las primeras fue el discutido asunto de la urgente expropiación de Rumasa. El profesor Pelayo, presidente entonces traído por Felipe González, sufrió toda clase de presiones para decidir con su voto de calidad. Se marchó angustiado por las presiones del PSOE, entonces en el poder, con mayoría aplastante. Años después, en 1999, el Tribunal Constitucional, excarceló a la Mesa de HB, que había sido condenada por el Tribunal Supremo, con todo rigor y fundamento, como se ha visto años más tarde.
En 2001, otra sentencia del Tribunal Constitucional llamó la atención. Se trataba de la condena a la revista Lecturas, impuesta por el Tribunal Supremo, en la cuantía de 25.000 pesetas, por la intromisión en el honor de Isabel Preysler. Pues bien, el Tribunal Constitucional la subió nada menos que a 10 millones. En ese mismo año, por causa de unas fotos publicadas de personas conocidas en la prensa amarilla, también el Tribunal Constitucional, como si no tuviese asuntos más importantes en los que ocuparse, trató de intervenir, siendo frenado por el Tribunal Supremo, con toda razón jurídica, diciéndole que no eran asuntos de su competencia, ni tenía conocimiento de causa suficiente.
Hay una auténtica crisis de la Justicia española en su ordenación y en su aplicación, con grandes dificultades para superarla, que no es debido a la escasez de medios materiales, ni a la escasez de funcionarios, sino más bien a luchas de poder y a enfrentamientos entre jurisdicciones, y no sólo en los niveles superiores, sino en todos.
Las dos grandes asignaturas pendientes en España han sido y siguen siendo la educación y la justicia. No podemos entonces pretender que se erijan los tribunales españoles como precursores de la justicia universal, cuando todavía no hemos conseguido una justicia eficaz dentro de nuestro país, que, en todo caso, debe ser silenciosa, sin publicidad, y sin pretender un protagonismo nacional, y mucho menos internacional, como parecen buscar algunos jueces estrella.