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Parque Central de Bomberos

04/05/2009
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Orden Foral 257/2009, de 17 de abril, del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, por la que se crea y adscribe el Parque Central de Bomberos de Cordovilla de la Agencia Navarra de Emergencias, y se modifica la Orden Foral 318/2006, de 31 de agosto, de creación y adscripción de Parques de Bomberos (BON de 4 de mayo de 2009). Texto completo.

ORDEN FORAL 257/2009, DE 17 DE ABRIL, DEL CONSEJERO DE PRESIDENCIA, JUSTICIA E INTERIOR, POR LA QUE SE CREA Y ADSCRIBE EL PARQUE CENTRAL DE BOMBEROS DE CORDOVILLA DE LA AGENCIA NAVARRA DE EMERGENCIAS, Y SE MODIFICA LA ORDEN FORAL 318/2006, DE 31 DE AGOSTO, DE CREACIÓN Y ADSCRIPCIÓN DE PARQUES DE BOMBEROS.

El artículo 31 de los Estatutos de la Agencia Navarra de Emergencias, aprobados por Decreto Foral 12/2009, de 16 de febrero, establece que la determinación de las Zonas y la creación y extinción de los Parques en que se estructura territorialmente la Dirección de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento se realice mediante Orden Foral del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, en la que se determinará su tipología, número de efectivos e intervenciones, población que atiende y mapa de riesgos.

Mediante Orden Foral 318/2006, de 31 de agosto, del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, se crearon y adscribieron los Parques de Bomberos y se determinaron las Zonas de la Dirección de Prevención y Extinción de Incendios y Salvamento, en la Agencia Navarra de Emergencias.

Finalizadas las obras del Parque Central de Cordovilla, es necesario modificar las determinaciones establecidas en la Orden Foral 318/2006 para el actual Parque de Pamplona. Igualmente, debido a los estudios estadísticos realizados, procede modificar las determinaciones incluidas en dicha Orden Foral relativas al promedio de salidas del resto de Parques de Bomberos de Navarra.

Vista la propuesta del Director-Gerente de la Agencia Navarra de Emergencias y el informe favorable de la Dirección General de Interior; en ejercicio de las atribuciones que tengo conferidas por el artículo 31.5 de los Estatutos de la Agencia Navarra de Emergencias, aprobados por Decreto Foral 12/2009, de 16 de febrero,

ORDENO:

1. Crear el Parque Central de Bomberos de Cordovilla y adscribirlo a la Zona de Pamplona, con las siguientes determinaciones:

a.1.) Tipología: Parque Central y Estacional.

a.2.) Número de efectivos: el número de efectivos como mínimo ascenderá a 56 bomberos y 14 cabos de bombero.

a.3.) Número de Intervenciones: 3.300.

a.4.) Población que atiende: ver anexo 1.

a.5.) Mapa de riesgos: ver anexo 2.

a.6.) Mando del Parque: Suboficial de Bomberos.

2. Modificar la Orden Foral 318/2006, de 31 de agosto, del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, por la que se crean y adscriben los Parques de Bomberos y se determinan las Zonas de la Dirección de Prevención y Extinción de Incendios y Salvamento, en la Agencia Navarra de Emergencias, en el sentido siguiente:

-El epígrafe a.3 del apartado 1. queda redactado como sigue:

a.3) Número de intervenciones: 450.

-El epígrafe b.3 del apartado 1. queda redactado como sigue:

b.3) Número de intervenciones: 150.

-El epígrafe c.3 del apartado 1. queda redactado como sigue:

c.3) Número de intervenciones: 780.

-El epígrafe d.3 del apartado 1. queda redactado como sigue:

d.3) Número de intervenciones: 725.

-El epígrafe e.3 del apartado 1. queda redactado como sigue:

e.3) Número de intervenciones: 110.

-El epígrafe f.3 del apartado 1. queda redactado como sigue:

f.3) Número de intervenciones: 450.

-El epígrafe g del apartado 1. queda redactado como sigue:

g) Parque de Pamplona:

g.1.) Tipología: Parque de Zona y Estacional.

g.2.) Número de efectivos: El número de efectivos como mínimo ascenderá a 35 bomberos y 7 cabos de bombero.

g.3.) Número de Intervenciones: 2.000.

g.4.) Población que atiende: Ver anexo I.

g.5.) Mapa de riesgos: Ver anexo II.

g.6.) Mando del Parque: Sargento de Bomberos.

-El epígrafe h.3 del apartado 1. queda redactado como sigue:

h.3) Número de intervenciones: 300.

-El epígrafe i.3 del apartado 1. queda redactado como sigue:

i.3) Número de intervenciones: 250.

-El epígrafe j.3 del apartado 1. queda redactado como sigue:

j.3) Número de intervenciones: 800.

-El epígrafe k.3 del apartado 1. queda redactado como sigue:

k.3) Número de intervenciones: 1.000.

3. Publicar la presente Orden Foral en el Boletín Oficial de Navarra.

ANEXO 1

Población que atienden los parques de bomberos

1) Parque Central de Bomberos de Cordovilla:

Pamplona, Aoiz, Barañáin, Beriáin, Berrioplano, Berriosuso, Cendea de Olza, Cizur, Zizur Mayor, Galar, Ibargoiti, Izagaondoa, Legarda, Obanos, Orkoien, Ollo, Uterga, Unzué, Atez, Esteribar, Basaburua, Noáin (Valle de Elorz), Egüés, Ollo, Lizoáin-Arriasgoiti, Imotz, Zabalza, Biurrun-Olcoz, Tiebas-Muruarte de Reta, Lónguida, Juslapeña.

2) Parque de Pamplona:

Pamplona, Ansoáin, Burlada, Huarte, Oláibar, Villava, Ultzama, Berriozar.

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