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Competencias del Presidente del Servicio Público de Empleo

17/02/2009
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Decreto 18/2009, de 12 de febrero, por el que se modifica el Decreto 18/2004, de 22 de enero, por el que se desconcentran competencias del Presidente del Servicio Público de Empleo de Castilla y León (BOCYL de 16 de febrero de 2009). Texto completo.

DECRETO 18/2009, DE 12 DE FEBRERO, POR EL QUE SE MODIFICA EL DECRETO 18/2004, DE 22 DE ENERO, POR EL QUE SE DESCONCENTRAN COMPETENCIAS DEL PRESIDENTE DEL SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO DE CASTILLA Y LEÓN.

La Ley 10/2003 Vínculo a legislación, de 8 de abril, de creación del Servicio Público de Empleo de Castilla y León, lo configura como organismo autónomo, con personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar, adscrito a la Consejería que tenga atribuidas las competencias en materia laboral.

El Decreto 18/2004, de 22 enero (“B.O.C. y L.” n.º 18, de 28 de enero) desconcentró en el Gerente del Servicio Público de Empleo de Castilla y León la competencia para resolver los expedientes de ayudas o subvenciones del citado organismo autónomo excepto en los supuestos en los que, por su cuantía, su concesión requiera autorización de la Junta de Castilla y León, en cuyo caso la competencia corresponde al Presidente del Servicio Público de Empleo de Castilla y León.

Sin embargo, la Ley 5/2008 Vínculo a legislación, de 25 de septiembre, de subvenciones de Castilla y León, establece que en los procedimientos de concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, la competencia para resolver corresponderá a un solo órgano.

En consecuencia, resulta necesario modificar el Decreto 18/2004, de 22 enero, con el fin de atribuir la competencia para resolver los procedimientos de subvenciones a un solo órgano; siendo conveniente concentrar esta competencia en el Presidente del Servicio Público de Empleo de Castilla y León. De esta manera, se deroga la desconcentración de la competencia para resolver los expedientes de ayudas o subvenciones en el Gerente del citado organismo autónomo.

En su virtud, la Junta de Castilla y León, a propuesta del Consejero de Economía y Empleo y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión de 12 de febrero 2009

DISPONE

Artículo Único.- Se modifica el Decreto 18/2004, de 22 de enero, por el que se desconcentran competencias del Presidente del Servicio Público de Empleo de Castilla y León, en los siguientes términos:

- Se suprime la letra b) del artículo 3.

- Se modifican las letras c), d), e) y f) del artículo 3, que pasan a ser las letras b), c), d) y e) respectivamente del mismo artículo.

DISPOSICIÓN TRANSITORIA

La presente disposición será de aplicación a los expedientes iniciados con anterioridad a su entrada en vigor y que no hayan sido resueltos.

DISPOSICIÓN FINAL

El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el “Boletín Oficial de Castilla y León”.

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