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  • EDICIÓN DE 14/12/2004
 
 

PRIMER PLAN DE CONTINGENCIAS POR CONTAMINACIÓN MARINA

14/12/2004
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Orden de 26 de octubre de 2004 por la que se publica el Primer Plan de Contingencias por Contaminación Marina de las Rías Gallegas (DOG de 14 de diciembre de 2004). Texto completo.

ORDEN DE 26 DE OCTUBRE DE 2004 POR LA QUE SE PUBLICA EL PRIMER PLAN DE CONTINGENCIAS POR CONTAMINACIÓN MARINA DE LAS RÍAS GALLEGAS

El Consello de la Xunta de Galicia, a propuesta del conselleiro de Pesca y Asuntos Marítimos, en su reunión del día 13 de noviembre de 2003, aprobó el Decreto 438/2003, de 13 de noviembre, por el que se aprueba el Plan Básico de Contingencias por Contaminación Marina para la defensa de los recursos pesqueros, marisqueros, paisajísticos, acuícolas y medioambientales de Galicia.

El Primer Plan de Contingencias por Contaminación Marina de las Rías Gallegas ve la luz en cumplimiento del Decreto 438/2003, por el que se aprueba el Plan Básico de Contingencias por Contaminación Marina para la defensa de los recursos pesqueros, marisqueros, paisajísticos, acuícolas y medioambientales de Galicia. Tiene como objeto servir de herramienta eficaz y de protocolo de actuación para contribuir de forma eficiente a paliar los efectos de episodios de contaminación marina originados en tierra, respetando así las competencias de otras administraciones en esta materia.

Está concebido como un documento con vocación abierta y sometido a permanente revisión, por lo que debe ser considerado, y así aparece en su título, como primer Plan de Contingencias de las Rías Gallegas, en el que se integrarán los planes de contingencias interiores y portuarios que serán elaborados por las industrias, puertos y ayuntamientos, a medida que sean aprobados.

A diferencia de otros planes de contingencias, que se limitan a ser una mera recopilación normativa y bibliográfica, éste es resultado de un complejo trabajo llevado a cabo en distintas fases. Inicialmente, se procedió a una revisión y recopilación minuciosa de toda la información disponible sobre zonas de producción natural de recursos pesqueros, de producción acuícola, de humedales y espacios naturales tributarios de especial protección en virtud de su flora y fauna. Posteriormente, se procedió a un exhaustivo trabajo de campo para inventariar y evaluar todas las posibilidades de actuación del operativo a movilizar, en el supuesto de un episodio de contaminación marina.

Este plan constituye, pues, un protocolo de actuación en el que se identifican en cada ría todos aquellos lugares que por la ubicación de empresas o industrias puedan considerarse potencialmente contaminantes para el medio marino; se detalla minuciosamente la particular configuración de todo el litoral para una óptima intervención en un hipotético episodio de contaminación y se identifican los lugares naturales que por su configuración ofrecen posibilidades para el despliegue y activación de los planes de contingencias.

Teniendo en cuenta la importancia estratégica de tener redactado este primer plan a la mayor brevedad -puesto que puede servir de guía para los ayuntamientos, las industrias y todas aquellas entidades que están obligadas por el Decreto 438/2003 a elaborar sus propios planes para ser integrados en este- la Consellería de Pesca optó por publicarlo en el Diario Oficial de Galicia con la información disponible hasta junio de 2004, que es una información exhaustiva y completa en el caso de la ría de Muros-Noia y más somera y sintética para las restantes rías. Esta circunstancia dará pie a ir completando sucesivamente los planes de contingencias de las restantes rías, así como el conjunto de la información contenida en este Primer Plan de Contingencias de las Rías Gallegas, que será revisada con una frecuencia semestral, al menos en los próximos dos años.

Especializado trabajo de campo.

El Primer Plan de Contingencias de las Rías Gallegas estuvo precedido de un intenso trabajo de campo, realizado por técnicos de la Subdirección General de Lucha contra la Contaminación Marina, consistente en identificar en todas y cada una de las rías gallegas los siguientes parámetros: los accesos por carretera, las playas, las rampas de acceso directo al mar, los puertos y muelles, las gasolineras, las industrias del sector náutico-pesquero, los recursos a proteger y las zonas de acumulación natural de residuos por la dinámica de mareas y corrientes de las rías.

En lo que se refiere a los accesos por carretera, los técnicos tomaron en consideración las características de la carretera principal, punto quilométrico de acceso, calidad y anchura del firme, pendiente, tipo de transporte que puede utilizar el acceso y prioridad en caso de haber más de un acceso. Sobre las playas, identificaron todas las existentes en cada ría, sus características de longitud, anchura y explanación, tipo de árido, orientación geográfica, forma física y maniobrabilidad. En cuanto a las rampas de acceso directo al mar, se tiene en cuenta la anchura, el tipo de transporte rodado que puede transitar por ellas, la pendiente, orientación geográfica y situación. En los puertos y muelles se identifica el tipo de puerto según su tráfico, capacidad de transporte rodado, presencia de explanada y dimensiones de la misma, y ubicación de contenedores de recogida de aceites.

Los técnicos catalogaron, asimismo, todas las gasolineras existentes en el área de influencia de cada ría, especificando el personal responsable, teléfonos de contacto, proximidad de la estación de servicio al mar, sistema contraincendios, posición geográfica por GPS diferencial, tipos de combustible suministrados, capacidad máxima de almacenamiento, material de los tanques, tipos de surtidor y existencia de dispositivo de contención de derrames.

También están inventariadas las empresas e industrias del sector náutico-pesquero con identificación del tipo de industria, persona responsable, teléfonos de contacto, posición geográfica mediante GPS de la entrada principal de la instalación, explanada de maniobra para transporte rodado, ubicación de tanques de recogida de residuos industriales, y posición geográfica mediante GPS de las aspiraciones y descargas de agua salada al mar. En cuanto a los recursos a proteger, están considerados los recursos pesqueros- marisqueros, los naturales, los históricos y los monumentales, especificando en cada caso la naturaleza del recurso y su ubicación. Por último, el trabajo de campo finaliza con la descripción de las zonas geográficas que, como consecuencia de la dinámica de mareas y corrientes de las rías, se comportan como zonas de depósito natural de residuos.

Los trabajos fueron efectuados por la Consellería de Pesca y Asuntos Marítimos en colaboración con las de Medio Ambiente y Política Territorial, con asesoramiento del ITOPF (International Tanker Owners Polution Federation), un organismo especializado en la materia y profundo conocedor de la realidad del litoral de Galicia, a raíz de su intervención en el caso de la contaminación marina ocasionada por el Prestige y anteriormente en el caso del Mar Egeo.

Configuración de un sistema de información geográfica.

Paralelamente a los trabajos de campo, la información recopilada y la nueva que se vaya generando fue sistematizada y transformada en metadatos para el desarrollo de una amplia base de datos y a su integración en un sistema de información geográfica (SIG) basado en las más modernas tecnologías de procesado de la información. Tiene por misión no solamente hacer accesible la información recopilada en formato cartográfico, sino constituir una herramienta fundamental en la toma de decisiones ante un episodio de contaminación marina al permitir que los gestores de la crisis puedan determinar las mejores opciones de respuesta en base a las distintas posibilidades que la capacidad de análisis de los SIG ponga a su disposición.

Este sistema de información geográfica forma parte de la Unidad de Documentación y Apoyo Científico e irá integrando y sistematizando toda la información disponible, siendo de especial relevancia la relativa a las corrientes marinas y a la oceanografía de las rías, complementada con la utilización de diversos modelos de circulación costera y oceánica que permitan elegir, en cada momento y situación, la respuesta más adecuada a fin de obtener una movilización precisa y proporcional de los medios de lucha contra la contaminación y disponer de la capacidad de predecir la evolución del desplazamiento de la contaminación en el medio marino.

Asimismo, la Unidad de Documentación y Apoyo Científico está aportando a este Primer Plan de Contingencias otra información de carácter general (información y documentación relativa a otros episodios de contaminación marina, empresas suministradoras de productos o servicios relacionados con el tema, métodos de lucha contra la contaminación adecuados a las características de nuestras aguas, gestión de los residuos producidos, etc.). Toda la información disponible será evaluada por la unidad en el caso de un episodio de contaminación a fin de elaborar las recomendaciones y protocolos de actuación que el presidente del CECOP le demande en cada momento.

La cualificación de los guardacostas.

A esta labor de identificación de los intereses a proteger y valoración de riesgos, llevada a cabo en el primer semestre de 2004, hay que añadir la labor formativa de los grupos operativos de respuesta en el mar y en tierra y, en general, de todos aquellos agentes llamados a participar en la ejecución de misiones de lucha contra la contaminación marina. Para asegurar una completa especialización y una mayor operatividad en la respuesta ante episodios de contaminación, la Consellería de Pesca suscribió un convenio de colaboración con el Centro de Seguridad Marítima Integral Jovellanos, por el que se está desarrollando un programa de formación específica en esta materia a todo el personal del Servicio de Guardacostas, que será el llamado a actuar en primera instancia ante supuestos de contaminación marina originados en tierra.

Se trata de proporcionar los conocimientos especializados en razón de las funciones que los guardacostas van a desarrollar, actualizando periódicamente los contenidos formativos, en virtud de las últimas investigaciones y de la experiencia de otros episodios de contaminación marina en el mundo.

El Decreto 438/2003 establece en su artículo 5 la obligatoriedad de que los distintos planes de contingencias deberán ser objeto de publicación en el Diario Oficial de Galicia.

En cumplimento del citado mandato, DISPONGO:

Artículo único.-Se acuerda la publicación como anexo de la presente orden del Primer Plan de Contingencias por Contaminación Marina de las Rías Gallegas.

ANEXO

(Omitido)

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