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AYUDAS A LAS COMUNIDADES CATALANAS DEL EXTERIOR PARA ATENDER FINALIDADES DE CARÁCTER ASISTENCIAL DE SUS MIEMBROS

19/10/2004
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Resolución GAP/2800/2004, de 9 de septiembre, por la que se amplía el importe máximo de las ayudas a las comunidades catalanas del exterior para atender finalidades de carácter asistencial de sus miembros (DOGC de 19 de octubre de 2004). Texto completo.

RESOLUCIÓN GAP/2800/2004, DE 9 DE SEPTIEMBRE, POR LA QUE SE AMPLÍA EL IMPORTE MÁXIMO DE LAS AYUDAS A LAS COMUNIDADES CATALANAS DEL EXTERIOR PARA ATENDER FINALIDADES DE CARÁCTER ASISTENCIAL DE SUS MIEMBROS

De acuerdo con el Decreto 168/2004, de 10 de febrero, corresponde al Departamento de Gobernación y Administraciones Públicas dar apoyo a las entidades catalanas con presencia en el exterior.

Con esta finalidad fue aprobada la Orden GAP/150/2004, de 10 de mayo, de convocatoria de ayudas a las comunidades catalanas del exterior para atender finalidades de carácter asistencial y de aprobación de las bases reguladoras.

El artículo 2.3 de la Orden GAP/150/2004 establece que el importe máximo de las subvenciones es de 50.000 euros, y que podrá ampliarse mediante resolución del consejero de Gobernación y Administraciones Públicas a partir de la entrada en vigor de la Ley de presupuestos de la Generalidad de Cataluña para el año 2004.

El día 22 de julio de 2004 entró en vigor la Ley 6/2004, de 16 de julio, de presupuestos de la Generalidad de Cataluña para el año 2004.

Considerando que desde la Secretaría de Cooperación Exterior se propone otorgar un total de 52.461 euros en concepto de ayudas para atender necesidades de carácter asistencial de los miembros de las comunidades catalanas del exterior;

De acuerdo con la propuesta del secretario de Cooperación Exterior,

Resuelvo:

.1 Ampliar el importe máximo de las subvenciones establecidas en la Orden GAP/150/2004, de convocatoria de ayudas a las comunidades catalanas del exterior para atender finalidades de carácter asistencial de sus miembros, en la cantidad de 2.461 euros, a cargo de la partida presupuestaria GO05D/480110300/4553 del presupuesto del Departamento de Gobernación y Administraciones Públicas para el año 2004.

.2 Que es publique esta Resolución en el DOGC.

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer, potestativamente, recurso de reposición ante el consejero de Gobernación y Administraciones Públicas en el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación en el DOGC, o bien recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña en el plazo de dos meses a contar desde la fecha de publicación.

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