Diario del Derecho. Edición de 12/09/2025
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 08/09/2004
 
 

MEDALLA AL MÉRITO DE LA POLICÍA LOCAL

08/09/2004
Compartir: 

Decreto 97/2004, de 2 de septiembre, por el que se crea la medalla al mérito de la Policía Local de Castilla y León (BOCYL de 8 de septiembre de 2004). Texto completo.

DECRETO 97/2004, DE 2 DE SEPTIEMBRE, POR EL QUE SE CREA LA MEDALLA AL MÉRITO DE LA POLICÍA LOCAL DE CASTILLA Y LEÓN

Entre las competencias que en materia de coordinación de las Policías Locales tiene atribuidas la Junta de Castilla y León, se encuentra en el Art. 39 de la Ley 9/2003, de 8 de abril, de Coordinación de Policías Locales de la Comunidad de Castilla y León, la de poder establecer y conceder los premios, distinciones y condecoraciones a los miembros de los Cuerpos de Policía Local que se distingan en el desempeño de sus funciones.

Con este reconocimiento público se quiere contribuir a dignificar a las policías locales, cuya proyección pública resulta indiscutible en la misión que tienen encomendada de garantizar el respeto de los derechos y libertades de todos los ciudadanos.

En su virtud, la Junta de Castilla y León, a propuesta del Consejero de Presidencia y Administración Territorial, visto el informe de la Comisión Regional de Coordinación de Policías Locales, de acuerdo con el dictamen del Consejo Consultivo de Castilla y León y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión de 2 de septiembre de 2004.

DISPONE:

Artículo 1.– Medalla al mérito de la Policía Local de Castilla y León.

Se crea la medalla al mérito de la Policía Local de Castilla y León, con el fin de reconocer tanto las acciones y trayectorias profesionales de carácter excepcional, como la labor de dignificación de los Cuerpos de Policía Local.

Artículo 2.– Concesión.

Las medallas al mérito de la Policía Local de Castilla y León serán concedidas por Orden del Consejero de Presidencia y Administración Territorial, previa tramitación del oportuno expediente, del que tendrá conocimiento la Comisión Regional de Coordinación de Policías Locales, correspondiendo su imposición al Presidente de la Junta de Castilla y León.

Disposiciones finales

Primera.– Se faculta al Consejero de Presidencia y Administración Territorial, para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo y aplicación del presente Decreto.

Segunda.– El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el “Boletín Oficial de Castilla y León”.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

  1. Tribunal Supremo: Se reconoce a una trabajadora que presta servicios exclusivamente en sábados, domingos y festivos, el derecho a percibir el plus festivo establecido en el Convenio Colectivo del Sector de Limpieza de Edificios y Locales de la Comunidad de Madrid
  2. Tribunal Supremo: Examina el TS cuándo la prueba de detectives es lícita para basar el despido disciplinario de un delegado de persona por uso indebido de horas para actividades sindicales
  3. Legislación: Sistema de selección, nombramiento y cese del personal funcionario interino al servicio de la Administración de Justicia
  4. Legislación: Plan Estratégico de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social 2025-2027
  5. Tribunal Supremo: Declara el TS que para el acceso al Cuerpo de Maestros y Profesores se valora como mérito el haber superado las enseñanzas correspondientes al primer ciclo de una Licenciatura ya valorada en cuanto a su segundo ciclo
  6. Actualidad: El Congreso informa al Supremo de los pagos a Cerdán: más de 40.000 euros en kilometraje
  7. Revistas: Iustel presenta el número 4 de su Revista General de Derecho, Literatura y Cinematografía / Journal of Law, Literature and Film (RGDLC)
  8. Estudios y Comentarios: Palabras de la presidenta Perelló; por Ramón Trillo, ex presidente de Sala del Tribunal Supremo
  9. Actualidad: El TEDH dice que las restricciones Covid en hostelería no pueden considerarse "una expropiación 'de facto"
  10. Actualidad: La Fiscalía cree que la Audiencia Nacional no tiene competencia para investigar el boicot a Israel en La Vuelta

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2025

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana