Diario del Derecho. Edición de 16/09/2025
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 17/06/2004
 
 

DENOMINACIÓN DE ORIGEN PROTEGIDA “PIMENTÓN DE LA VERA” Y CONSEJO REGULADOR

17/06/2004
Compartir: 

Decreto 86/2004, de 15 de junio, por el que se modifica el Decreto 67/2004, de 4 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de la Denominación de Origen Protegida “Pimentón de la Vera” y su Consejo Regulador (DOE de 17 de junio de 2004). Texto completo.

El Decreto 67/2004, de 4 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de la Denominación de Origen Protegida “Pimentón de la Vera” y su Consejo Regulador, no contiene la prohibición de la utilización de dicho nombre en los productos elaborados en cuya composición se utilice como ingrediente el pimentón, salvo que se cumplan determinados requisitos.

Dicha prescripción, resulta fundamental para la defensa y protección del producto amparado, por lo que, en consecuencia, el Decreto 86/2004 procede a su inclusión en el citado Decreto.

DECRETO 86/2004, DE 15 DE JUNIO, POR EL QUE SE MODIFICA EL DECRETO 67/2004, DE 4 DE MAYO, POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO DE LA DENOMINACIÓN DE ORIGEN PROTEGIDA “PIMENTÓN DE LA VERA” Y SU CONSEJO REGULADOR

El Decreto 67/2004, de 4 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de la Denominación de Origen Protegida “Pimentón de la Vera” y su Consejo Regulador, publicado en el D.O.E. núm. 53, de 11 de mayo de 2004, no contiene en el artículo 2 del mismo, destinado a la protección del nombre de la Denominación de Origen Protegida “Pimentón de la Vera”, la prohibición de la utilización de dicho nombre en los productos elaborados en cuya composición se utilice como ingrediente el pimentón, salvo que se cumplan determinados requisitos.

Dicha prescripción, que fue propuesta y aprobada por el nuevo Consejo Regulador, resulta fundamental para la defensa y protección del producto amparado, por lo que, en consecuencia, procede su inclusión en el Decreto 67/2004, de 4 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de la Denominación de Origen Protegida “Pimentón de la Vera” y su Consejo Regulador, en la forma de un nuevo apartado “cuatro” dentro del artículo 2 del Reglamento.

En virtud de lo expuesto, y de conformidad con el artículo 90.2 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, a propuesta del Consejero de Economía y Trabajo, y previa deliberación del Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en su sesión de 15 de junio de 2004.

DISPONGO

Artículo Único. Se incluye un nuevo apartado, con numeración “cuatro” en el artículo 2 del Decreto 67/2004, de 4 de mayo, con el siguiente literal:

“4. Asimismo, queda prohibida la utilización de la mención protegida “Pimentón de la Vera” en los productos elaborados en cuya composición se utilice como ingrediente el pimentón. Las expresiones del tipo “elaborado con”, “fabricado con” y otras análogas, seguidas del nombre protegido “Pimentón de la Vera” sólo podrán ser empleadas con la autorización expresa del Consejo Regulador, en la forma que se establece en el Manual de Calidad y Procedimientos.”

DISPOSICIÓN ADICIONAL Única. La presente modificación al Reglamento de la Denominación de Origen Protegida “Pimentón de la Vera” y su Consejo Regulador será comunicada al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación a los efectos de que se proceda por parte de éste a su ratificación.

DISPOSICIÓN FINAL Única. El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente a su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

  1. Estudios y Comentarios: Votos particulares; por José Luis Requero, magistrado del Tribunal Supremo
  2. Actualidad: La Comisión de Venecia visita España de cara a su dictamen sobre las dos propuestas para reformar el CGPJ
  3. Actualidad: Bolaños avisa a la Comisión de Venecia del riesgo del modelo "corporativo" de CGPJ para la independencia judicial
  4. Actualidad: Elena Mayor Rodrigo asume la Audiencia de Guadalajara preocupada por la "alarma" de casos de violencia de género y agresiones sexuales
  5. Tribunal Supremo: El TS establece que el Acuerdo Marco del ámbito de la Hostelería del País Vasco concurría de forma prohibida al encontrarse vigentes dos Acuerdos Marco de ámbito estatal con el mismo objeto
  6. Tribunal Supremo: El TS resuelve la controversia sobre el periodo de pago de las certificaciones de obra y los intereses de demora por certificaciones negativas de revisión de precios
  7. Estudios y Comentarios: El Fiscal, al banquillo: Un paso esperado, una suspensión pendiente; por Agustín Ruiz Robledo, Catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad de Granada
  8. Tribunal Supremo: Resuelve el TS que para el acceso a los Cuerpos o Escalas del Grupo A se precisa la titulación exigida legalmente para el ejercicio de la profesión regulada correspondiente
  9. Estudios y Comentarios: El asesinato de Charlie Kirk, un ataque contra todos nosotros; por Juan Luis López Aranguren, Profesor de Relaciones Internacionales y Derecho Internacional Público de la Universidad de Zaragoza
  10. Estudios y Comentarios: La democracia desde la abogacía; por Cristina Vallejo Ros, Decana del Ilustre Colegio de la Abogacía de Barcelona (ICAB)

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2025

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana