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SECCIONES DE ASISTENCIA JURÍDICA Y DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA Y COORDINACIÓN DE LA CALIDAD

03/03/2004
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Decreto Foral 90/2004, de 16 de febrero, por el que se crean las Secciones de Asistencia Jurídica y de Gestión Administrativa y Coordinación de la Calidad en la Secretaría Técnica del Departamento de Industria y Tecnología, Comercio y Trabajo (BON de 3 de marzo de 2004). Texto completo.

El Decreto Foral 192/2003, de 4 de julio, establece que la Secretaría Técnica se estructura en las Secciones de Gestión Económica y de Asistencia Jurídica y Gestión Administrativa.

Las necesidades derivadas de la gestión del sistema de calidad y de los proyectos de modernización del Departamento, hacen necesario desdoblar la Sección de Asistencia Jurídica y Gestión Administrativa en las Secciones de Asistencia Jurídica y de Gestión Administrativa y Coordinación de Calidad.

En base a lo anteriormente expuesto, el Decreto 90/2004 crea las Secciones de Asistencia Jurídica y de Gestión Administrativa y Coordinación de la Calidad en la Secretaría Técnica del Departamento de Industria y Tecnología, Comercio y Trabajo.

DECRETO FORAL 90/2004, DE 16 DE FEBRERO, POR EL QUE SE CREAN LAS SECCIONES DE ASISTENCIA JURÍDICA Y DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA Y COORDINACIÓN DE LA CALIDAD EN LA SECRETARÍA TÉCNICA DEL DEPARTAMENTO DE INDUSTRIA Y TECNOLOGÍA, COMERCIO Y TRABAJO

Preámbulo

Por Decreto Foral 192/2003, de 4 de julio, se estableció la estructura orgánica del Departamento de Industria y Tecnología, Comercio y Trabajo. En su artículo 33 se establece que la Secretaría Técnica se estructura en las Secciones de Gestión Económica y de Asistencia Jurídica y Gestión Administrativa.

Las necesidades derivadas de la gestión del sistema de calidad y de los proyectos de modernización del Departamento, hacen necesario desdoblar la Sección de Asistencia Jurídica y Gestión Administrativa en las Secciones de Asistencia Jurídica y de Gestión Administrativa y Coordinación de Calidad.

Esta propuesta ha sido informada favorablemente por la Dirección General de la Función Pública de acuerdo con lo previsto en el artículo 28 del Decreto Foral 266/2003, de 28 de julio.

El artículo 50 de la Ley Foral 23/1983, de 11 de abril, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, faculta al Gobierno, a propuesta del Consejero correspondiente para la creación y modificación de las unidades orgánicas superiores a negociado.

En consecuencia, a propuesta del Consejero de Industria y Tecnología, Comercio y Trabajo, y de conformidad con el Acuerdo adoptado por el Gobierno de Navarra en sesión celebrada el día dieciséis de febrero de dos mil cuatro,

DECRETO:

Artículo 1.º

Se suprime la Sección de Asistencia Jurídica y Gestión Administrativa de la Secretaría Técnica del Departamento de Industria y Tecnología, Comercio y Trabajo.

Artículo 2.º

Se crean en la Secretaría Técnica del Departamento de Industria y Tecnología, Comercio y Trabajo las Secciones de Asistencia Jurídica y de Gestión Administrativa y Coordinación de Calidad.

Artículo 3.º

La Sección de Asistencia Jurídica ejercerá las siguientes funciones:

_Prestar asistencia jurídica a los órganos del Departamento que lo precisen.

_Examinar en vía administrativa las reclamaciones y recursos interpuestos.

_Revisar y controlar, en el ámbito jurídico, las actuaciones administrativas.

_Elaborar informes jurídicos y propuestas de disposiciones.

Artículo 4.º

La Sección de Gestión Administrativa y Coordinación de Calidad ejercerá las siguientes funciones:

_Atención y coordinación del Registro General y del sistema de información y atención de los ciudadanos en sus relaciones con el Departamento.

_Control de las propuestas de Resolución a efectos de su inclusión en los correspondientes órdenes del día y elaboración de las notificaciones.

_Coordinación de los procedimientos y sistemas de gestión del Departamento y de los proyectos de mejora y modernización de los mismos.

_Coordinación del Sistema de Calidad del Departamento.

_Gestión de los asuntos referentes al personal adscrito al Departamento.

DISPOSICIÓN FINAL

El presente Decreto Foral entrará en vigor el día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL de Navarra.

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