El Anteproyecto transpone a la normativa española la Directiva europea sobre la fiscalidad del ahorro en la que se establece que las retenciones practicadas en los Estados que no se acojan transitoriamente al mecanismo de intercambio de información tendrán la consideración de pago a cuenta en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas español.
Además, el informe determina que el Anteproyecto declara exentas del Impuesto sobre las Primas de Seguros las operaciones relativas a planes de previsión asegurados.
El Anteproyecto de Ley de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social actualiza las tasas con carácter general al 2 por 100. Entre ellas, actualiza, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2002, la tasa por reserva del dominio público radioeléctrico.
Asimismo, establece la obligación para los notarios de advertir a los interesados de sus obligaciones respecto al Impuesto sobre Bienes Inmuebles y al Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana.
El Anteproyecto modifica la limitación a la posibilidad de acumular pensiones de viudedad y orfandad, y se establece un único límite (el 100 por 100 de la base reguladora) a todo el conjunto de pensiones.
Modifica también el concepto de pensión pública por lo que se excluyen del cómputo las abonadas a través de planes de pensiones de empleo o contratos de seguros colectivos promovidos por las administraciones, organismos, entidades y empresas del sector público.