De esta forma, el Tribunal Supremo desestima los recursos de casación presentados por las petroleras contra una sentencia de la Audiencia Nacional, y permite se investigue la denuncia presentada en 1995 por la Confederación Española de Empresarios de Estaciones de Servicio.
La Confederación Española de Empresarios de Estaciones de Servicio acusaba a Repsol, BP y Cepsa de dar a los distribuidores y titulares de instalaciones fijas mejores condiciones económicas que a las gasolineras con las que tenían suscritos contratos de compra exclusiva.
La decisión del Tribunal Supremo obliga al Tribunal de Defensa de la Competencia a analizar la posible existencia en los contratos de compra en exclusiva de cláusulas de mejor precio que garantizan al titular de la estación de servicio unas condiciones económicas no inferiores a la media de las que ofrecen otros suministradores.
Asimismo, el Tribunal de Defensa de la Competencia tendrá que analizar si la distribución realizada directamente por el operador, la distribución a instalaciones fijas y la venta al por menor en estaciones de servicio son canales que compiten entre sí, con situación de “clara desventaja” para el titular de cada una de éstas.