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PROTECCIÓN DE DATOS

04/03/2003
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Decreto 48/2003, de 20 de febrero, por el que se aprueba el Estatuto de la Agencia Catalana de Protección de Datos (DOGC de 4 de marzo de 2003).

La Ley 5/2002, de 19 de abril, creó la Agencia Catalana de Protección de Datos con el objeto de velar por el respeto de los derechos fundamentales y las libertades públicas de la ciudadanía en todo lo que concierne a las operaciones realizadas mediante procesos automatizados o manuales de datos personales.

La Agencia Catalana de Protección de Datos es una institución de derecho público con personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar que ejerce su autoridad de control sobre los tratamientos de datos personales llevados a cabo por la Generalidad de Cataluña.

Ahora, el Decreto 48/2003 aprueba el Estatuto de la Agencia Catalana de Protección de Datos en virtud de la habilitación contenida en la disposición final primera de la mencionada Ley 5/2002, de 19 de abril.

El Estatuto consta de cinco capítulos: el capítulo I contiene las disposiciones generales, el capítulo II establece las competencias y funciones de la Agencia, el capítulo III regula las relaciones con las personas afectadas y la colaboración con otras entidades y los capítulos IV y V contienen el régimen económico y patrimonial, el de personal y la determinación de los órganos de la Agencia y sus funciones.

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