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  • EDICIÓN DE 31/12/2002
 
 

PRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADO Y MEDIDAS FISCALES, ADMINISTRATIVAS Y DEL ORDEN SOCIAL

31/12/2002
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Ley 52/2002, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2003 y Ley 53/2002, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social (BOE de 31 de diciembre de 2002). Textos completos.

La Ley de Presupuestos Generales del Estado 2003 queda limitada a aquellas materias o cuestiones que guarden directa relación con las previsiones de ingresos, las habilitaciones de gasto o los criterios de política económica general.

La Ley 52/2002 aprueba en el Título I la totalidad de los estados de ingresos y gastos del sector público estatal y consigna el importe de los beneficios fiscales que afectan a los tributos del Estado.

El Título II de la Ley de Presupuestos regula la gestión de los Presupuestos docentes, las normas de modificación de los créditos del Presupuesto del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria y otras normas de gestión presupuestaria.

La Ley 52/2002 trata en su Título III sobre el personal al servicio del sector público, las retribuciones de los altos cargos del Gobierno de la Nación, de la Administración General del Estado y de los funcionarios en activo del Estado.

Reproduciendo la estructura mantenida en ejercicios anteriores, el Título IV de la Ley 52/2002 de Presupuestos Generales del Estado, regula la determinación inicial de las pensiones del Régimen de Clases Pasivas del Estado, las limitaciones del señalamiento inicial de las pensiones públicas, y la revalorización y modificación de los valores de las pensiones públicas.

El Título V, de la nueva Ley regula la Deuda Pública, los avales públicos y otras garantías y relaciones del Estado con el Instituto de Crédito Oficial.

El Título VI está dedicado a las Normas Tributarias e incluye, únicamente, las disposiciones de vigencia anual a las que se remiten las Leyes sustantivas de los diferentes impuestos.

La Ley 52/2002 regula en su Título VII las normas relativas a la financiación de las Corporaciones Locales.

La Ley de Presupuestos Generales del Estado contiene en el Título VIII la normativa relativa a las bases y tipos de cotización de los distintos regímenes de la Seguridad Social, procediendo a la actualización de las bases de cotización.

El contenido de la Ley de Presupuestos se completa con diversas disposiciones adicionales y transitorias en las que se recogen preceptos de índole muy variada.

Para ver el texto completo de la Ley 52/2002 haga click aquí:

<a href="https://seguro.boe.es/scgi-bdatos/sacarhtml?action=view&VdkVgwKey=%2Ftextos%2Fboe%2Fseccion1%2F2002%2F25411&QueryZIP=%28+%3Cand%3E+%28fpu%3E%3D31%2F12%2F2002+%3Cand%3E+fpu%3C%3D31%2F12%2F2002%29%29&ViewTemplate=tplbdpl.hts&Collection=seccion+i&REF=2002%2F25411&QueryText=">Ley 52/2002, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2003</a>

Respecto a la Ley de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social cabe destacar que el fin perseguido es recoger las medidas referentes a aspectos tributarios, sociales, de personal al servicio de las Administraciones públicas, de gestión y organización administrativa, y de acción administrativa en diferentes ámbitos sectoriales.

En el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones se incluyen algunas modificaciones de carácter técnico y que permiten una mejor gestión del impuesto.

En el Impuesto sobre el Valor Añadido, la mayor parte de las modificaciones introducidas en la Ley del impuesto se derivan de la adaptación del derecho interno a las Directivas Comunitarias sobre comercio electrónico y servicios de radiodifusión y televisión y sobre facturación.

En el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, la Ley 53/2002 introduce algunas modificaciones también de carácter técnico.

En el ámbito de los Impuestos Especiales se especifica que no se considerará exportación la salida del ámbito territorial comunitario de los carburantes contenidos en los depósitos normales de vehículos y contenedores con ocasión de su salida del referido ámbito y se modifican los tipos impositivos de Impuesto sobre Hidrocarburos.

En cuanto al Régimen Económico y Fiscal de Canarias, las medidas introducidas en la Ley afectan, de un lado, al Arbitrio sobre Importaciones y Entregas de Mercancías en Canarias y, de otro, al Impuesto General Indirecto Canario.

Asimismo, la Ley 53/2002 incorpora una serie de medidas que afectan a varios impuestos, en relación con las Ciudades de Ceuta y Melilla.

Para ver el texto completo de la Ley haga click aquí:

<a href="">Ley 53/2002, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social</a>

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