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  • EDICIÓN DE 24/07/2002
 
 

ORDENACIÓN Y FOMENTO DE LA ARTESANÍA

24/07/2002
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Ley 14/2002, de 11 de julio, de Ordenación y Fomento de la Artesanía de Castilla-La Mancha (DOCM de 24 de julio de 2002).

La Ley potencia el desarrollo de la artesanía, moderniza su actividad y contribuye a los objetivos de mejora social y aumento de empleo en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.

El Decreto 82/1986, de 29 de julio, de ordenación de la artesanía ya reguló esta actividad, ahora la Ley 14/2002 establece un nuevo marco regulador de la artesanía en dicha Comunidad Autónoma debido a las alteraciones que el sector ha tenido durante estos años.

El objeto de la Ley 14/2002 es la ordenación, regulación, protección, fomento y promoción del sector artesano en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha con el fin de conseguir su desarrollo y modernización.

Tiene como prioridad ayudar a la conservación de las actividades artesanas, promover su comercialización, propiciar la formación de artesanos, favorecer el acceso del sector a las subvenciones y garantizar la continuidad de los oficios artesanos.

La estructura de la Ley autonómica es la siguiente:

En el Capítulo I se establece el ámbito de aplicación de la ley y se definen los términos básicos de artesanía.

El Capítulo II ordena y regula las actividades artesanas a partir de la configuración de un Registro de Empresas Artesanas.

El Capítulo III de la Ley 14/2002 recoge las subvenciones para impulsar la actividad artesana en la Comunidad Autónoma.

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