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  • EDICIÓN DE 03/01/2019
 
 

Ampliación de la dotación presupuestaria para la contratación del personal técnico de inserción

03/01/2019
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Resolución de 20 de diciembre de 2018, de la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Empleo, por la que se amplía la dotación presupuestaria de la Resolución de 3 de septiembre de 2018 para la contratación del personal técnico de inserción previsto en el apartado 2.a).2 del cuadro resumen de la Orden de 20 de julio de 2018, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, de las Iniciativas de Cooperación Local en el marco del Programa de Fomento del Empleo Industrial y Medidas de Inserción Laboral en Andalucía (BOJA de 2 de enero de 2019). Texto completo.

RESOLUCIÓN DE 20 DE DICIEMBRE DE 2018, DE LA DIRECCIÓN GERENCIA DEL SERVICIO ANDALUZ DE EMPLEO, POR LA QUE SE AMPLÍA LA DOTACIÓN PRESUPUESTARIA DE LA RESOLUCIÓN DE 3 DE SEPTIEMBRE DE 2018 PARA LA CONTRATACIÓN DEL PERSONAL TÉCNICO DE INSERCIÓN PREVISTO EN EL APARTADO 2.A).2 DEL CUADRO RESUMEN DE LA ORDEN DE 20 DE JULIO DE 2018, POR LA QUE SE APRUEBAN LAS BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES, EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA NO COMPETITIVA, DE LAS INICIATIVAS DE COOPERACIÓN LOCAL EN EL MARCO DEL PROGRAMA DE FOMENTO DEL EMPLEO INDUSTRIAL Y MEDIDAS DE INSERCIÓN LABORAL EN ANDALUCÍA

La Orden de 20 de julio de 2018 aprueba las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, de las Iniciativas de Cooperación Local, en el marco del Programa de Fomento del Empleo Industrial y Medidas de Inserción Laboral en Andalucía.

Por Resolución de 3 de septiembre de 2018, de la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Empleo, se convocan las subvenciones públicas, reguladas en la Orden de 20 de julio de 2018, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, de las Iniciativas de cooperación local, en el marco del Programa de Fomento del Empleo Industrial y Medidas de Inserción Laboral en Andalucía, con un presupuesto total de 220.131.099,71 euros, financiado con fondos europeos con cargo a las siguientes partidas presupuestarias:

TABLA OMITIDA

Por otra parte, por Resolución de 9 de octubre de 2018, de la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Empleo, se convocan con carácter complementario subvenciones para el colectivo de personas de 45 o más años de edad desempleadas de larga duración, con especial cobertura para personas mayores de 55, reguladas en la citada Orden de 20 de julio de 2018. Esta convocatoria cuenta con un presupuesto de 58.000.000 de euros correspondientes a servicios 01 y 18 con cargo a las siguientes partidas presupuestarias:

TABLA OMITIDA

Según dispone esta segunda convocatoria de 9 de octubre, las contrataciones efectuadas podrán integrarse en alguno de los proyectos ya presentados por los ayuntamientos (beneficiarios de estas iniciativas) al amparo de la convocatoria de 3 de septiembre. Además, se recoge que todas las personas contratadas en el marco de la convocatoria de 9 de octubre, deberán recibir los servicios de uno de los técnicos de inserción contratados por el ayuntamiento correspondiente, a través de las ayudas previstas en la convocatoria de 3 de septiembre.

Como consecuencia de lo anterior, ambas convocatorias se están tramitando de manera conjunta, habiéndose acordado la acumulación de los expedientes, tal y como dispone el Resuelvo Noveno de la convocatoria de 9 de octubre de 2018. El incremento de contrataciones previstas para el colectivo de personas de 45 o más años de edad, ha provocado el agotamiento de la partida presupuestaria prevista para el técnico de inserción (9.454.667,52 euros), antes de poder resolver la totalidad de las solicitudes presentadas, que reúnen todos los requisitos para ser beneficiarios de las ayudas.

La Orden de 20 de julio de 2018 mencionada, en su disposición adicional primera, establece que la persona titular de la Dirección Gerencia de la Agencia Servicio Andaluz de Empleo podrá efectuar la convocatoria de las subvenciones reguladas en la orden, en función de las disponibilidades presupuestarias, mediante Resolución que será publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, previo informe de la Dirección General de Presupuestos, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 162/2006, de 12 de septiembre Vínculo a legislación, por el que se regulan la memoria económica y el informe en las actuaciones con incidencia económico-financiera, entendiendo que, en el ejercicio de esa facultad, se podrán ampliar las partidas presupuestarias existentes, al objeto de cumplir de la mejor forma posible con la finalidad de la ayuda, atendiendo a la empleabilidad del colectivo destinatario, o cuando las circunstancias o las necesidades de las mismas así lo requieran, todo ello en relación con las competencias conferidas en el artículo 15.2.c) de los Estatutos del Servicio Andaluz de Empleo, aprobados por el Decreto 96/2011, de 19 de abril Vínculo a legislación, así como con el artículo 13.1.c) Vínculo a legislación Decreto 210/2015, de 14 de julio, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Empleo, Empresa y Comercio.

Por otro lado, y según dispone el artículo 9.3 Vínculo a legislación de la Orden de 6 de abril de 2018, por la que se regula el procedimiento de gestión presupuestaria del gasto público derivado de las subvenciones otorgadas por la Administración de la Junta de Andalucía y sus agencias administrativas y de régimen especial, toda modificación de las cuantías totales máximas del crédito afectado a una convocatoria, así como la que se produzca en la distribución de aquéllas entre los distintos ámbitos territoriales o funcionales de concurrencia, entre los distintos ejercicios presupuestarios, y la que derive de la utilización de la dotación adicional prevista en el apartado 2, requerirá la correspondiente modificación de la autorización inicial del gasto.

En virtud de lo anterior, y en uso de las competencias atribuidas en la disposición adicional primera de la Orden de 20 de julio de 2018, RESUELVO:

Primero. Ampliación de la dotación presupuestaria. Financiación y cuantía.

1. Ampliar la dotación presupuestaria de la partida prevista en el Apartado Primero del Resuelvo Segundo de la Resolución de 3 de septiembre de 2018, para el personal técnico de inserción con un incremento total de 4.750.000,00 € que aumentará la cantidad inicial presupuestada de 9.454.667,52 € en la Resolución de 3 de septiembre de 2018.

Con este incremento, la cantidad total prevista en la Iniciativa de Cooperación Local para la contratación del personal técnico de inserción, convocada mediante Resolución del 3 de septiembre de 2018, queda establecida en 14.204.667,52 euros de conformidad con las siguientes partidas presupuestarias:

TABLA OMITIDA

2. En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 9.1 Vínculo a legislación de la Orden de 6 de abril de 2018, por la que se regula el procedimiento de gestión presupuestaria del gasto público derivado de las subvenciones otorgadas por la Administración de la Junta de Andalucía y sus agencias administrativas y de régimen especial, la cuantía incrementada se distribuye, en función en los ámbitos provinciales que a continuación se detallan:

TABLA OMITIDA

Las cuantías establecidas en los cuadros anteriores podrán verse ampliadas en función de las disponibilidades presupuestarias existentes.

Segundo. Subsistencia de condiciones.

Dejar subsistente el resto de las condiciones establecidas en la Convocatoria de las Iniciativas de Cooperación Local, efectuada mediante Resolución de 3 de septiembre de 2018.

Tercero. Entrada en vigor.

La resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

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