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PLAN REGIONAL DE ÁMBITO SECTORIAL DE RESIDUOS URBANOS Y RESIDUOS DE ENVASES

23/02/2005
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Decreto 18/2005, de 17 de febrero, por el que se aprueba el Plan Regional de Ámbito Sectorial de Residuos Urbanos y Residuos de Envases de Castilla y León 2004-2010 (BOCYL de 23 de febrero de 2005). Texto completo.

El Decreto 18/2005 aprueba el Plan Regional de Ámbito Sectorial de Residuos Urbanos y Residuos de Envases de Castilla y León 2004-2010.

El Plan Regional de Ámbito Sectorial de Residuos Urbanos y Residuos de Envases de Castilla y León 2004-2010 tiene el carácter de Plan Regional de ámbito sectorial.

Entre los objetivos del plan se encuentran la progresiva reducción de la cantidad de residuos producida por persona y año, el establecimiento en todo el territorio de la Comunidad de sistemas de gestión de residuos urbanos y residuos de envases bajo unos criterios de calidad en el servicio, que sean ambientalmente seguros, y técnica y económicamente viables, y tendentes a la segregación y recuperación de los materiales contenidos en los residuos.

Asimismo son objetivos de este Plan la protección y minimización de los riesgos con potencial incidencia sobre el medio ambiente y el fomento de la reutilización directa de determinados productos, potenciando el reciclaje de los no reutilizables, y fomentando los posibles mercados de los recursos procedentes del reciclado.

DECRETO 18/2005, DE 17 DE FEBRERO, POR EL QUE SE APRUEBA EL PLAN REGIONAL DE ÁMBITO SECTORIAL DE RESIDUOS URBANOS Y RESIDUOS DE ENVASES DE CASTILLA Y LEÓN 2004-2010

I

El artículo 4.2 de la Ley 10/1998, de 21 de abril, de Residuos atribuye a las Comunidades Autónomas la competencia para elaborar los planes autonómicos de residuos. Por su parte, el artículo 5.4 de la citada Ley determina el contenido de los mencionados planes, indicando que fijarán los objetivos específicos de reducción, reutilización, reciclado, otras formas de valorización y eliminación; las medidas a adoptar para conseguir dichos objetivos; los medios de financiación; el procedimiento de revisión; la cantidad de residuos producidos y la estimación de los costes de las operaciones de prevención, valorización y eliminación, así como los lugares e instalaciones apropiados para la eliminación de los residuos.

Por otra parte, la Ley 10/1998, de 5 de diciembre, de Ordenación del Territorio de la Comunidad de Castilla y León, establece que la actividad de la Junta de Castilla y León en materia de ordenación del territorio, se ejercerá, entre otros, a través de los instrumentos denominados Planes Regionales de Ámbito Sectorial que, según dispone la propia Ley, tienen por objeto ordenar y regular las actividades sectoriales sobre el conjunto o partes de la Comunidad y cuyo procedimiento de elaboración y aprobación aparece diseñado en su artículo 24.

II

La Junta de Castilla y León aprobó mediante Decreto 74/2002, de 30 de mayo, la Estrategia Regional de Residuos, como Plan Regional de Ámbito Sectorial, con el fin de definir la política general en materia de residuos. Para ello, se diagnosticó la situación existente y las necesidades de gestión a escala regional de los diferentes tipos de residuos, y se concretaron los planes de acción y medidas a desarrollar en el período 2001-2010, así como el grado de participación de las diferentes Administraciones y agentes implicados en la resolución de los problemas relacionados con la gestión y tratamiento de los residuos.

La Estrategia Regional de Residuos incluye entre sus medidas, la actualización del Plan Regional de Residuos Urbanos existente en el momento de su redacción. Entre los Programas Verticales de la Estrategia, el referente a residuos urbanos y residuos de envases, contempla expresamente la “Elaboración y publicación, mediante Decreto, del nuevo Plan Regional de Residuos de Castilla y León”.

De conformidad con lo establecido en el artículo 2 del Decreto 74/2002, las determinaciones de la Estrategia se declaran de aplicación básica, por lo que con la redacción y posterior tramitación del presente Plan Regional de Ámbito Sectorial de Residuos Urbanos y Residuos de Envases de Castilla y León 2004-2010, se da cumplimiento al mandato arriba reseñado.

III

Por lo que se refiere a la tramitación administrativa del documento se ha efectuado de conformidad con lo dispuesto en el Capítulo IV del Título II de la Ley 10/1998, de 5 de diciembre, de Ordenación del Territorio de la Comunidad de Castilla y León.

A estos efectos, la tramitación del Plan Regional de Residuos Urbanos y Residuos de Envases de Castilla y León 2004-2010, como Plan Regional de Ámbito Sectorial, se inicia por Orden MAM/1313/2004, de 12 de agosto.

La citada Orden, publicada en el “Boletín Oficial de Castilla y León” de 24 de agosto de 2004, dispone la apertura de un período común de información pública y audiencia a las Administraciones Públicas, a los efectos previstos en el artículo 24 de la Ley 10/1998, de 5 de diciembre, de Ordenación del Territorio de la Comunidad de Castilla y León, y en el artículo 42 del Decreto 209/1995, de 5 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de Evaluación de Impacto Ambiental. Asimismo, se insertó el correspondiente anuncio de dicho trámite en los periódicos “El Norte de Castilla” y “El Mundo” del día 24 de agosto de 2004.

Además, el documento fue remitido a todos los Ayuntamientos de más de 2.000 habitantes, a las Mancomunidades y Consorcios constituidos para la gestión de los residuos urbanos, a las Diputaciones Provinciales, a las Consejerías y a las Delegaciones Territoriales de la Junta de Castilla y León, a los Servicios Territoriales de Medio Ambiente, al Consejo Comarcal de El Bierzo, a las organizaciones sindicales: Comisiones Obreras y Unión General de Trabajadores, a las organizaciones profesionales agrarias: Unión de Pequeños Agricultores, Asociación de Jóvenes Agricultores y Confederación de Organizaciones Agrarias, a la Unión Regional de Cooperativas Agrarias de Castilla y León, a la Confederación de Organizaciones Empresariales de Castilla y León, al Consejo Regional de Cámaras de Comercio e Industria de Castilla y León, a las Universidades públicas, a diversas empresas del sector, a los Sistemas Integrados de Gestión: ECOEMBES, ECOVIDRIO y SIGRE, a Ecologistas en Acción y a varias Asociaciones de Vecinos.

Una vez finalizado el período de información pública y audiencia se han recibido un total de 151 alegaciones. La estimación de algunas de ellas junto con la inclusión de nuevas actuaciones y subsanación de algunos errores han ocasionado cambios en el documento. Dichos cambios se reflejan en el informe del Servicio de Control de la Gestión de los Residuos de la Dirección General de Calidad Ambiental, que obra en el expediente.

Posteriormente, se solicitó informe a la Federación Regional de Municipios y Provincias; la cual, con fecha 25 de noviembre de 2004, reitera las observaciones efectuadas en el escrito remitido con ocasión del trámite de información pública y audiencia.

Con fecha 1 de diciembre de 2004, el Consejo de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Castilla y León acordó informar favorablemente el Plan con una serie de precisiones relativas a su denominación; en cuanto a los puntos limpios apunta que debería valorarse su ejecución no sólo con criterios de población sino también con criterios de servicio, en relación al resto de instalaciones (plantas de transferencia, plantas de clasificación de envases, los depósitos de rechazos y los centros de tratamiento de residuos) pone de manifiesto que se encuentran ejecutadas, en ejecución o en proyecto; a los municipios incluidos en el ámbito de las Directrices de Ordenación de Ámbito Subregional de Valladolid y su entorno, sugiriendo su inclusión en una única área de gestión; a la corrección de diversos errores detectados en la documentación y finalmente expresa el acierto del establecimiento como determinación de aplicación plena el seguimiento y control de los vertederos clausurados y sellados, haciendo igualmente referencia al programa de clausura y sellado de los vertederos existentes y la recuperación de los entornos donde se encontraban.

Mediante Resolución de 13 de diciembre de 2004 de la Consejería de Medio Ambiente, publicada en el “Boletín Oficial de Castilla y León” de 21 de diciembre de 2004, se hace público el Dictamen Medioambiental de la Evaluación Estratégica Previa sobre el Plan Regional de Ámbito Sectorial de Residuos Urbanos y Residuos de Envases de Castilla y León 2004-2010. Dicho Dictamen informa favorablemente el Plan, a los solos efectos ambientales, con una serie de consideraciones tendentes a asegurar la correcta implantación, así como los mecanismos de seguimiento y control en el desarrollo del mismo.

IV

A continuación, de conformidad con lo previsto en el apartado 6 del artículo 24 de la Ley 10/1998, de 5 de diciembre, de Ordenación del Territorio de la Comunidad de Castilla y León, la Consejería de Medio Ambiente elaboró el Proyecto de Decreto, observándose en su tramitación lo establecido en los artículos 75.4 y 76 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

A estos efectos, el Consejo Asesor de Medio Ambiente, en sesión celebrada el 16 de diciembre de 2004, informa favorablemente el Plan.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 28 de la Ley 14/2003, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León, la Consejería de Hacienda emitió el correspondiente informe.

Asimismo, el Proyecto de Decreto fue enviado al resto de Consejerías y, con fecha 29 de diciembre de 2004, fue informado favorablemente por la Asesoría Jurídica de la Consejería de Medio Ambiente.

El Consejo Económico y Social, con fecha 13 de enero de 2005, emitió su informe previo en el que formula las observaciones, conclusiones y recomendaciones que estima oportunas.

V

Las modificaciones que el documento ha experimentado a la vista de los informes, alegaciones y sugerencias presentadas durante el período de información pública y como resultado de todos los trámites aquí referidos han sido incorporados al mismo por la Consejería de Medio Ambiente a través de su Dirección General de Calidad Ambiental, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 24.4 de la Ley 10/1998, de 5 de diciembre, de Ordenación del Territorio de la Comunidad de Castilla y León, sin que tales cambios hayan supuesto una alteración sustancial del documento a los efectos de hacer necesaria una nueva información pública.

VI

El Plan Regional de Ámbito Sectorial de Residuos Urbanos y Residuos de Envases de Castilla y León 2004-2010 se estructura en once capítulos, dos anexos, en los que se recogen respectivamente, el modelo de solicitud de información y los datos y propuestas provinciales, y un glosario de términos. Los once capítulos se dedican respectivamente a:

1.– Introducción.

2.– Ámbito de aplicación.

3.– Horizonte y carácter del Plan.

4.– Marco legal.

5.– Diagnóstico situación actual.

5.1. Organización administrativa.

5.2. Generación y composición de los residuos urbanos no especiales.

5.3. Gestión actual de residuos no especiales.

5.4. Residuos especiales.

6.– Principios rectores y objetivos del Plan.

7.– Modelo de gestión de residuos urbanos y residuos de envases.

7.1. Diseño del modelo de gestión.

7.2. Planificación de sectorización infraestructuras y equipamientos.

8.– Desarrollo del modelo de gestión.

8.1. Programa de prevención.

8.2. Programa de implantación de instalaciones y equipamientos.

8.3. Programa de reutilización y reciclado.

8.4. Programa de clausura y sellado de vertederos.

8.5. Programa de participación ciudadana y divulgación.

8.6. Programa de gestión, control y evaluación del Plan.

9.– Gestión del Plan.

9.1. Organismos encargados del desarrollo y cumplimiento del Plan.

9.2. Análisis económico.

10.– Financiación del Plan.

11.– Seguimiento y actualización del Plan.

En su virtud, la Junta de Castilla y León, a propuesta del Consejero de Medio Ambiente y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión de 17 de febrero de 2005.

DISPONE:

Artículo único.– Aprobación del Plan.

Se aprueba el Plan Regional de Ámbito Sectorial de Residuos Urbanos y Residuos de Envases de Castilla y León 2004-2010, procediéndose a la publicación íntegra del mismo.

DISPOSICIONES FINALES

Primera.– Desarrollo normativo.

Se autoriza al titular de la Consejería de Medio Ambiente para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo y aplicación de este Decreto.

Segunda.– Entrada en vigor.

Este Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el “Boletín Oficial de Castilla y León”.

PLAN REGIONAL DE ÁMBITO SECTORIAL DE RESIDUOS URBANOS Y RESIDUOS DE ENVASES DE CASTILLA Y LEÓN 2004-2010

1.– INTRODUCCIÓN

La Junta de Castilla y León aprobó en 1990 el Plan Director Regional de Gestión de Residuos Urbanos de Castilla y León, que planteaba un modelo de gestión comarcal de los residuos urbanos. Este Plan fue modificado en el año 1998 en el sentido de admitir soluciones de ámbito provincial.

Este Plan del 90, que ya de partida establecía su carácter abierto y flexible, se desarrolló al ritmo que permitían las disponibilidades presupuestarias y siempre que las circunstancias de índole social lo facilitaban. Se construyeron infraestructuras, o ejecutaron obras, aproximadamente en el 50% de los puntos de vertido previstos en el Plan y abarcando a más del 70% de la población, instalaciones que fueron puestas a disposición de los Ayuntamientos y Mancomunidades gestoras, constatándose continuamente las dificultades que se le presentan a muchas de estas Entidades en la gestión diaria y correcta de los residuos generados, bien por razones técnicas o bien por razones económicas.

El tipo de instalación prevista mayoritariamente respondía a la filosofía de un vertedero controlado sin ningún aprovechamiento del residuo.

Esta razón, junto a la entrada en vigor de nuevas normativas en materia de residuos como la Ley 10/1998, de 21 de abril, de Residuos y la Ley 11/1997, de 24 de abril, de Envases y Residuos de Envases, que transponen a nuestra legislación las Directivas Comunitarias sobre la materia, y que conllevan nuevas orientaciones acerca de la gestión de los envases y sus residuos, y del Plan Nacional de Residuos Urbanos 2000-2006 (Resolución de 13 de enero de 2000, de la Secretaría General de Medio Ambiente por la que se dispone la publicación del Acuerdo del Consejo de Ministros de 7 de enero de 2000, por el que se aprueba el Plan Nacional de Residuos Urbanos), hacen que la Junta de Castilla y León considere necesaria la incorporación de estas nuevas circunstancias en la política de tratamiento de residuos urbanos, basada en:

• La aplicación del principio de prevención como primera prioridad.

• La aplicación del principio de cooperación y responsabilidad compartida.

• La implicación de la Administración Local, especialmente las Diputaciones Provinciales y los grandes Ayuntamientos.

• La aplicación de las mejores técnicas disponibles en la gestión de residuos urbanos y residuos de envases.

• El desarrollo de una política que afectará a todos los ciudadanos puesto que hará recaer los costes de la gestión sobre el productor del residuo o, en su caso, sobre los responsables de la puesta en el mercado de productos que con su uso se transforman en residuos, en aplicación del principio “quien contamina, paga”.

La Consejería de Medio Ambiente tramitó la Estrategia Regional de Residuos como Plan Regional de ámbito sectorial conforme a la Ley de Ordenación del Territorio, que fue aprobada por la Junta de Castilla y León mediante Decreto 74/2002 del día 30 de mayo de 2002, al objeto de definir la política general en materia de residuos. Para ello, se diagnosticó la situación existente y las necesidades de gestión a escala regional de los diferentes tipos de residuos, y se concretaron los planes de acción y medidas a desarrollar en el período 2001-2010, así como el grado de participación de las diferentes Administraciones y agentes implicados en la resolución de los problemas relacionados con la gestión y tratamiento de los residuos.

La Estrategia Regional de Residuos pone el acento tanto en la prevención de la generación de los residuos, como en el fomento del sector de la reutilización y el reciclado. La finalidad última sería la obtención de beneficios medioambientales por el aprovechamiento de los recursos que contienen los residuos, que de otro modo serían eliminados, y por la disminución de los efectos ambientales que producen tanto el vertido de los residuos como los derivados de su gestión, como puede ser el consumo de energía y las emisiones de CO2. Asimismo se obtendrían beneficios económicos por el ahorro de costes de producción de materias primas, sustituidas por material procedente de residuos y por la disminución en la eliminación de los residuos.

La Estrategia Regional de Residuos incluye entre sus medidas, la actualización del Plan Regional de Residuos Urbanos existente en el momento de su redacción. Entre los Programas Verticales de la Estrategia, el referente a residuos urbanos y residuos de envases, contempla expresamente la “Elaboración y publicación, mediante Decreto, del nuevo Plan Regional de Residuos de Castilla y León”.

De conformidad con lo establecido en el Art. 2 del Decreto 74/2002, las determinaciones de la Estrategia se declaran de aplicación básica, por lo que con la redacción y posterior tramitación del presente Plan Regional de Ámbito Sectorial de Residuos Urbanos y Residuos de Envases de Castilla y León 2004-2010, se da cumplimiento al mandato arriba reseñado.

El Plan Regional de Ámbito Sectorial de Residuos Urbanos y Residuos de Envases de Castilla y León 2004-2010, tal y como dispone la Orden de 12 de agosto de 2004, de la Consejería de Medio Ambiente, ha iniciado su tramitación como Plan Regional de ámbito sectorial, al amparo de lo dispuesto en el Capítulo IV del Título II de la Ley 10/1998, de 5 de diciembre, de Ordenación del Territorio de Castilla y León. Los Planes Regionales de ámbito sectorial, de conformidad con el artículo 20 de la misma tienen por objeto “ordenar y regular las actividades sectoriales sobre el conjunto o partes de la Comunidad, circunscribiéndose dichas actuaciones en el presente Plan, al ámbito sectorial de los residuos urbanos”.

El artículo 23 de la citada Ley señala que los Planes y Proyectos Regionales contendrán los documentos que reflejen adecuadamente las siguientes determinaciones:

a)Organismo, Entidad o persona promotor del Plan o Proyecto.

El organismo promotor es la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León.

b)Descripción de los objetivos y características funcionales, espaciales, temporales y económicas del Plan o Proyecto, con justificación de su utilidad pública o interés social y de su incidencia supramunicipal.

El Plan Regional de Ámbito Sectorial de Residuos Urbanos y Residuos de Envases de Castilla y León 2004-2010 tiene como objetivos los indicados en el Capítulo 6 del mismo, dedicado a los Principios rectores y objetivos del Plan.

El ámbito espacial del Plan abarcaría a toda la Comunidad de Castilla y León, teniendo, por tanto, una clara incidencia supramunicipal, limitándose su ámbito temporal al período 2004-2010.

El Plan Regional de Ámbito Sectorial de Residuos Urbanos y Residuos de Envases de Castilla y León 2004-2010 tiene el carácter de Plan Regional de ámbito sectorial, habida cuenta de la indudable utilidad pública de las actuaciones y medidas que en el mismo se contemplan, así como por la incidencia supramunicipal de las mismas, motivo por el cual mediante Orden de 12 de agosto de 2004, de la Consejería de Medio Ambiente, se ha iniciado la tramitación que, para este tipo de instrumentos, establece la Ley 10/1998. de 5 de diciembre, de Ordenación del Territorio de Castilla y León.

c)Adecuación del Plan o Proyecto a los instrumentos de ordenación del territorio vigentes, así como a otros planes, programas de actuación y proyectos que les afecten, y en su caso, determinaciones u otros aspectos de éstos últimos que se modifiquen directamente para permitir la ejecución del Plan o Proyecto.

d)El Plan Regional de Ámbito Sectorial de Residuos Urbanos y Residuos de Envases de Castilla y León 2004-2010 da cumplimiento al mandato recogido en la Estrategia Regional de Residuos, al que anteriormente se ha hecho referencia, elaborándose por tanto, en el marco de la misma.

d)Documentación necesaria para la realización del trámite ambiental aplicable en función de la naturaleza y características del Plan o Proyecto.

El Plan Regional de Ámbito Sectorial de Residuos Urbanos y Residuos de Envases de Castilla y León 2004-2010 debe de someterse al procedimiento de Evaluación Estratégica Previa, habiéndose elaborado a tal fin el correspondiente Informe Ambiental.

Por otra parte, el apartado 2 del artículo 23 señala que los Planes Regionales de ámbito sectorial contendrán, además de los anteriores, los documentos que reflejen adecuadamente las determinaciones exigibles en virtud de la legislación sectorial correspondiente o de la Orden de iniciación de su procedimiento de aprobación.

En relación con este punto debemos hacer constar que la Ley 10/1998, de 21 de abril, de Residuos, atribuye a las Comunidades Autónomas competencias para la elaboración de los planes autonómicos de residuos, en los que deberá fijarse la cantidad de residuos producidos, los objetivos específicos de reducción, reciclado y otras formas de valorización y eliminación, las medidas a adoptar para conseguir dichos objetivos, la estimación de los costes de las operaciones de prevención, valorización y eliminación, los lugares e instalaciones apropiados para la eliminación de los residuos, así como el procedimiento de revisión de dichos planes; aspectos que ya fueron contemplados expresamente en la Estrategia Regional de Residuos 2001-2010 y que encuentran un desarrollo más específico a la luz de los datos disponibles, en relación con los residuos urbanos y los residuos de envases, en el presente documento titulado Plan Regional de Ámbito Sectorial de Residuos Urbanos y Residuos de Envases de Castilla y León 2004-2010.

2.– ÁMBITO DE APLICACIÓN

El ámbito geográfico del Plan corresponde a la Comunidad Autónoma de Castilla y León, que tiene una superficie de 94.224 Km2 y una población de 2.487.646 habitantes, de acuerdo a los datos del I.N.E del 2003, distribuidos en 2.248 municipios.

En lo que se refiere a la tipología de los residuos, quedan incluidos dentro del marco de aplicación de este Plan todos los residuos generados en el ámbito urbano o municipal, de acuerdo con la definición del apartado b) del artículo 3.º de la Ley 10/1998, de 21 de abril, de Residuos, esto es “los generados en domicilios particulares, comercios, oficinas y servicios, así como aquellos que no tengan la consideración de peligrosos y que, por su naturaleza o composición, puedan asimilarse a los producidos en los anteriores lugares o actividades”, todos enumerados en el grupo 20 de la Lista Europea de Residuos: “Residuos municipales (residuos domésticos y residuos asimilables procedentes de los comercios, industrias e instituciones), incluidas las fracciones recogidas selectivamente”, de la Orden MAM/304/2002, de 8 de febrero, salvo los que se excluyen explícitamente en este epígrafe.

Se incluyen dentro del ámbito de aplicación de este Plan aquellos que, aún teniendo la consideración de peligrosos, se generen en el ámbito domiciliario y asimilable, para los que este Plan establece un sistema para su recogida selectiva y adecuada gestión.

Se incluyen igualmente dentro del marco de este Plan otros residuos, que denominaremos especiales, como los aceites y grasas vegetales generados en domicilios y actividades de servicios, residuos de medicamentos, pilas y acumuladores, residuos voluminosos (muebles, enseres, electrodomésticos, etc.), animales domésticos muertos, los procedentes de la limpieza viaria, zonas verdes, áreas recreativas y los residuos de construcción y demolición de obras menores.

Quedan expresamente excluidos del ámbito de aplicación de este Plan los residuos de origen industrial asimilables a urbanos, salvo que se generen en cantidades similares a los producidos en los domicilios, comercios, oficinas y servicios; los lodos de depuradoras urbanas o industriales; los vehículos fuera de uso; los neumáticos usados y los residuos de construcción y demolición de obras, excepto las menores, para los que se desarrollarán planes específicos de gestión.

3.– HORIZONTE Y CARÁCTER DEL PLAN

El Plan tiene carácter normativo y su vigencia es en principio indefinida. No obstante, a la vista de la realidad existente, de la aprobación de otros planes y de los cambios que, tanto en el campo organizativo como en el tecnológico es previsible que se produzcan de forma continua, se establece un modelo de gestión que contempla un período que abarca los años del 2004 al 2010.

En lo que se refiere a la aplicación de los aspectos recogidos en el presente Plan, se pueden distinguir tres tipos de vinculación:

• De “aplicación plena”, que son siempre vinculantes.

• De “aplicación básica”, que son vinculantes en cuanto a sus fines, correspondiendo a las Administraciones competentes en cada caso establecer y aplicar las medidas concretas para su consecución.

• De “aplicación orientativa”, que tienen carácter de recomendaciones dirigidas a las Administraciones Públicas, que podrán apartarse de ellas, justificando la compatibilidad de su decisión con los principios y objetivos establecidos en el Plan.

Al final de cada uno de los capítulos que integran este Plan se establece de forma expresa los aspectos que resultan vinculantes del mismo y el grado de aplicación que les corresponde.

4.– MARCO LEGAL

El Plan Regional de Ámbito Sectorial de Residuos Urbanos y Residuos de Envases de la Comunidad de Castilla y León se sustenta jurídicamente en el siguiente marco normativo:

UNIÓN EUROPEA

• Decisión de la Comisión de 26 de marzo de 2003 por la que se modifica la Decisión 1999/391/CE de la Comisión, de 31 de mayo de 1999, sobre cuestionario referente a la Directiva 96/61/CE del Consejo relativa a la prevención y al control integrados de la contaminación.

• Decisión del Consejo de 19 de diciembre de 2002 por la que se establecen los criterios y procedimientos de admisión de residuos en los vertederos con arreglo al artículo 16 y al anexo II de la Directiva 1999/31/CEE.

• Reglamento (CE) n.º 2150/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo de 25 de noviembre de 2002 relativo a las estadísticas sobre residuos.

• Reglamento (CE) n.º 1774/2002, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 3 de octubre de 2002, por el que se establecen las normas sanitarias aplicables a los subproductos animales no destinados al consumo humano.

• Decisión 1600/2002, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de julio de 2002, por la que se establece el VI Programa de Acción Comunitario.

• Directiva 2002/96/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de enero, sobre residuos de aparatos eléctricos y electrónicos, modificada en su artículo 9 por la Directiva 2003/108/CE, de 8 de diciembre.

• Reglamento (CE) n.º 761/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de marzo de 2001 por el que se permite que las organizaciones se adhieran con carácter voluntario a un sistema comunitario de gestión y auditoría medioambientales (EMAS).

• Decisión 2001/118/CE, de la Comisión, de 16 de enero de 2001, por la que se modifica la Decisión 2000/532/CE en lo que se refiere a la lista de residuos.

• Directiva 2000/76/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 4 de diciembre de 2000 relativa a la incineración de residuos.

• Directiva 1999/31/CE del Consejo, de 26 de abril de 1999, relativa al vertido de residuos.

• Reglamento (CE) n.º 120/97 del Consejo de 20 de enero de 1997 por el que se modifica el Reglamento (CEE) n.º 259/93 relativo a la vigilancia y al control de los traslados de residuos en el interior, a la entrada y a la salida de la Comunidad Europea.

• Directiva 96/61/CE del Consejo, de 24 de septiembre de 1996, relativa a la prevención y al control integrados de la contaminación.

• Directiva 94/62/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de diciembre, relativa a los envases y residuos de envases. Modificada por la Directiva 2004/12/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de febrero.

• Reglamento (CEE) n.º 259/93 del Consejo, de 1 de febrero de 1993, relativo a la vigilancia y al control de los traslados de residuos en el interior, a la entrada y a la salida de la Comunidad Europea.

• Directiva 91/156/CEE del Consejo de 18 de marzo de 1991 por la que se modifica la Directiva 75/442/CEE relativa a los residuos.

• Directiva 91/157/CEE, de 18 de marzo, relativa a las pilas y acumuladores que contengan determinadas sustancias peligrosas.

ESTADO ESPAÑOL

• Real Decreto 653/2003, de 30 de mayo, sobre incineración de residuos.

• Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación.

• Orden MAM/304/2002, de 8 de febrero, por la que se publican las operaciones de valorización y eliminación de residuos y la lista europea de residuos. Corrección de errores de la Orden MAM/304/2002 (“B.O.E.” n.º 61 de 12 marzo 2002).

• Real Decreto 1481/2001, de 27 de diciembre, por el que se regula la eliminación de residuos mediante depósito en vertedero.

• Resolución de 13 de enero de 2000 (Secretaría General de Medio Ambiente), por la que se dispone la publicación del Acuerdo de Consejo de Ministros, de 7 de enero de 2000, por el que se aprueba el Plan Nacional de Residuos Urbanos 2000-2006.

• Real Decreto 782/1998, de 30 de abril, por el que se desarrolla la Ley de Envases y Residuos de Envases.

• Ley 10/1998, de 21 de abril, de Residuos. Modificada por la Ley 24/2001 de 27 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden social, Ley 16/2002, de 1 de julio y Ley 62/2003, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y de Orden Social.

• Ley 11/1997, de 24 de abril, de Envases y Residuos de Envases. Modificada parcialmente por la Ley 50/1998, de 30 de diciembre de Medidas Fiscales, Administrativas y de Orden Social, y por la Ley 14/2000, de 29 de diciembre, de acompañamiento a los presupuestos del Estado del 2001.

• Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de Evaluación de Impacto Ambiental.

• Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local.

COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN

• Ley 11/2003, de 8 de abril, de Prevención Ambiental de Castilla y León

• Decreto 74/2002, de 30 de mayo, por el que se aprueba la Estrategia Regional de Residuos de la Comunidad de Castilla y León 2001-2010.

• Resolución de 20 de noviembre de 2001, de la Consejería de Medio Ambiente, por la que se hace público el Dictamen Medioambiental de la Evaluación Estratégica Previa sobre la Estrategia Regional de Residuos de Castilla y León 2001-2010.

• Decreto Legislativo 1/2000, de 18 de mayo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental y Auditorías Ambientales de Castilla y León. Está derogado, salvo en los apartados 3, 4 y 5 del artículo 1, el artículo 2, el apartado 2 del artículo 5, los Títulos II y III y los Anexos III y IV, que siguen vigentes. Sobre la homologación de equipos para la realización de auditorías es de aplicación el Decreto 129/1999 de 17 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Auditorías Ambientales de Castilla y León.

• Ley 1/1998, de 4 de junio, de Régimen Local de Castilla y León.

• Decreto 50/1998, de 5 de marzo, sobre modificación del Plan Director Regional de Gestión de Residuos Sólidos Urbanos.

• Decreto 90/1990, de 31 de mayo, por el que se aprueba el Plan Director Regional de Gestión de Residuos Sólidos Urbanos de la Comunidad de Castilla y León.

5.– DIAGNOSIS DE LA SITUACIÓN ACTUAL

5.1. ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVA

La Comunidad de Castilla y León está constituida por nueve provincias que integran un total de 2.248 municipios, con una población de hecho en el año 2003 de 2.487.646 habitantes. Existen un total de 9 municipios con población superior a 50.000 habitantes, 39 con población comprendida entre 50.000 y 5.000 habitantes, y del resto, 1.211 tienen una población inferior a 250 habitantes.

En lo que se refiere a la gestión de residuos urbanos y residuos de envases están constituidos ocho de los nueve Consorcios Provinciales que se han de ocupar de la gestión de los residuos a nivel provincial, estando pendiente la constitución en la provincia de Valladolid. La recogida actualmente se realiza a través de 161 mancomunidades que integran un total de 2.097 municipios (1.541.059 habitantes). Los 151 municipios restantes no se encuentran mancomunados (946.587 habitantes), y de ellos siete se corresponden con capitales de provincia (617.136 habitantes). El desarrollo de estos datos se recoge en el ANEJO DE DATOS Y PROPUESTAS PROVINCIALES.

5.2. GENERACIÓN Y COMPOSICIÓN DE RESIDUOS URBANOS NO ESPECIALES

La producción de residuos urbanos en Castilla y León en el año 1998 fue de 951.446 T. La tasa de producción media es de 1 Kg./persona/día, que oscila entre el 0,8 Kg./persona/día en poblaciones de menos de 1.000 habitantes y 1,2 Kg./persona/día en alguna capital de provincia según datos publicados dentro de la Estrategia Regional de Residuos de Castilla y León 2001-2010.

Con respecto a residuos de envases, en el marco de la cantidad total antes indicada, en Castilla y León se produjeron en 1998 la cantidad de 289.240 T, lo que supone un 30,4% del total de los residuos generados.

Según los datos recogidos y estimaciones realizadas en el año 2003 se produjeron un total de 1.033.985 T. Las tasas de producción de residuos, relacionadas con el PIB en la medida que dicho parámetro está influido por el consumo, en los últimos 5 años han aumentado a un ritmo del 1,7% anual, con lo que en el año 2007 de mantenerse dicha tendencia, la producción de residuos urbanos alcanzaría la cantidad de 1.104.296 T. y la cantidad de envases producidos llegaría a las 314.331 T./año y en el 2.010 estas cantidades serían de 1.157.029 T. y 351.734 T./año respectivamente.

En cuanto a la composición podemos estimar la que se recoge en el siguiente gráfico:

Con esta composición estimada para el año 2003 la producción de los distintos tipos de residuos será en Castilla y León:

5.3. GESTIÓN ACTUAL DE RESIDUOS NO ESPECIALES

Los residuos urbanos generados por el 75% de la población de Castilla y León, gracias al impulso del Plan Director del año 1990, se han gestionado, mayoritariamente y hasta 1998, en vertederos comarcales con diferentes niveles de protección ambiental, consecuencia de las dificultades económicas y técnicas que soportan muchas de las Mancomunidades que los operan. Se estima que como máximo un 25% de los vertidos que tienen lugar en Castilla y León están deficientemente controlados. La modificación del anterior Plan Director de 1990, realizada en 1998, que plantea sistemas provinciales, permite que a partir de ese momento, con el desarrollo de Planes Provinciales, comience la construcción de los primeros centros de tratamiento de residuos y la centralización de los vertidos en depósitos de rechazos controlados. En estas condiciones de partida se describen las instalaciones y sistemas de gestión que se encuentran en funcionamiento en la actualidad en cada una de las provincias.

La provincia de Ávila dispone de dos centros de tratamiento, el primero de ellos situado en Urraca-Miguel, con instalaciones de recuperación energética del biogás, ya en funcionamiento desde el inicio del año 2003, recoge en la actualidad la mayor parte de los residuos producidos en la provincia al norte de Gredos. Un segundo centro situado en Arenas de San Pedro que entrará en funcionamiento a comienzos del 2005, una vez ejecutado el depósito de rechazos, dará respuesta a las necesidades de la provincia al sur de Gredos (Valle del Tiétar). En lo que se refiere a plantas de transferencia funcionan en la actualidad las construidas en El Barco de Ávila, El Barraco y Villanueva del Aceral. Se encuentra construida igualmente la planta de transferencia de Piedrahíta.

La provincia de Burgos, desde mediados del año 2000, tiene en funcionamiento un centro de tratamiento ubicado en Cortes que, por el momento, da servicio únicamente a la capital de la provincia y los municipios próximos. Actualmente está siendo modificado con objeto de realizar el aprovechamiento energético del biogás, tanto del proceso de biometanización del CTR, como del producido en el vertedero anexo que se encuentra en fase de sellado. Por otra parte, se están construyendo las plantas de transferencia de Briviesca, Lerma, Medina de Pomar, Melgar de Fernamental y Salas de los Infantes. Asimismo, se encuentra pendiente la planta de transferencia que de respuesta a la concentración de residuos de las mancomunidades de Sierra de la Demanda, Comarca del Arlanzón y Oca-Tirón para su traslado al Centro de Tratamiento. El rechazo producido en el centro de tratamiento se traslada al vertedero controlado de Abajas que fue objeto de Declaración de Proyecto Regional en septiembre de 2001.

La provincia de León tiene aprobado desde febrero de 2001, como Proyecto Regional, la construcción del Centro de Tratamiento de Residuos que se ubica en San Román de la Vega en el término municipal de San Justo de la Vega y que tratará todos los residuos procedentes de las bolsas “resto” y “materia orgánica” de la provincia. Este Centro dispondrá de clasificación y selección, compostaje y la posibilidad de aprovechamiento energético a partir de la digestión anaerobia de la materia orgánica.

De forma simultánea se han construido las plantas de transferencia en Villablino, Cistierna, La Bañeza, Valencia de Don Juan, La Robla, Ponferrada, Mansilla de las Mulas y León, así como dos instalaciones para la gestión de envases en León y Ponferrada. El depósito de rechazos provincial se sitúa anexo al Centro de Tratamiento de San Román de la Vega.

En la provincia de Palencia se ha iniciado la construcción de un Centro de Tratamiento que contará con biometanización con aprovechamiento energético, estando prevista su puesta en servicio al comienzo del año 2006. Igualmente, se están redactando los proyectos de las plantas de transferencia, necesarias para el funcionamiento del sistema provincial, en las localidades de Aguilar del Campoo, Cevico de la Torre, Guardo, Osorno y Saldaña, cuyas obras darán comienzo durante este ejercicio, a fin de entrar en servicio simultáneamente con el Centro de Tratamiento Provincial.

En el año 2001 finalizó la construcción del Depósito de Rechazos de Valdeseñor, que entrará en funcionamiento simultáneamente con el Centro de Tratamiento de Residuos y ha sido proyectado con capacidad para admitir los rechazos producidos en el tratamiento de todos los residuos urbanos de la provincia de Palencia, durante un período estimado de 20 años.

La Provincia de Salamanca tiene aprobado como Proyecto Regional el Centro de Tratamiento de Residuos de Gomecello, con su correspondiente depósito de rechazos. Se ha terminado en el año 2003 una planta de gestión de envases en Villamayor y ha finalizado la construcción de las plantas de transferencia de Béjar, Guijuelo, Peñaranda de Bracamonte, Tamames y Vitigudino.

En la provincia de Segovia se ha construido un Centro de Tratamiento en “Los Huertos”, para la gestión adecuada de los residuos, que entró en funcionamiento a finales del 2002, haciendo posible el inicio del sellado de los pequeños vertederos distribuidos por esa provincia que se encontraban deficientemente controlados. El sistema provincial se completa con las plantas de transferencia de Boceguillas, Cantalejo, Cuéllar, El Espinar y Nava de la Asunción, así como con el Depósito de Rechazos de Martín Miguel, que se puso en funcionamiento en el año 2003 y que tiene una vida útil estimada de 10 años, con la correspondiente capacidad de ampliación para otros diez.

La construcción de un único Centro de Tratamiento para toda la provincia de Soria, mediante un Convenio firmado en 1995 entre la Junta de Castilla y León, la Diputación Provincial y el Ayuntamiento de Soria, en Golmayo, fue la primera experiencia de gestión centralizada en la Comunidad y en la que actualmente se han comenzado las obras de ampliación y modernización de las instalaciones, consistentes fundamentalmente en la construcción de túneles de compostaje y biofiltro, instalación de línea de envases y de afino de compost, así como la ampliación de las naves de recepción, tratamiento y almacenamiento. El sistema provincial lo completan las plantas de transferencia de El Burgo de Osma y Ágreda. Anexo al Centro de Tratamiento se localiza el depósito de rechazos, cuya ampliación está en fase de licitación y que extenderá su vida útil hasta el año 2020.

En la provincia de Valladolid se encuentra en funcionamiento desde el año 2002 el Centro de Tratamiento Provincial en la capital, gestionado por el Ayuntamiento, que tiene anexo el depósito de rechazos correspondiente. Existen plantas de transferencia en Ceinos de Campos, Íscar, Pesquera de Duero y Villaverde de Medina.

En la provincia de Zamora se construyeron en 1999 las infraestructuras para la gestión adecuada de los residuos, que están constituidas por el Centro de Tratamiento de Zamora, con el depósito de rechazos anexo, que tiene en licitación su modernización, y las plantas de transferencia de Bermillo de Sayago, Castrogonzalo, Palacios de Sanabria, San Vitero, Toro y Villafáfila.

En lo referente a la recogida selectiva, está implantada la recogida con doble bolsa (envases y resto) en las capitales de provincia de Ávila, Burgos, Palencia, Salamanca y Zamora, y en algunos núcleos de población de más de 5.000 habitantes como Toro y Benavente en Zamora, Aranda de Duero y Miranda de Ebro en Burgos y Ponferrada en León, así como tres Mancomunidades de la provincia de Burgos, Río Ausín y Zona de San Pedro Cardeña, Municipios de la Vecindad de Burgos y la de Arlanzón. En lo que se refiere a Valladolid está implantada la doble bolsa (materia orgánica y resto) en más de la mitad de la capital de provincia. Las capitales de provincia de León, Segovia y Soria han comenzando a disponer contenedores de envases con objeto de implantar el sistema de doble bolsa a lo largo del año 2004.

Desde 1998 se vienen construyendo en Castilla y León puntos limpios que podemos diferenciar en dos tipos: Los grandes que permiten el depósito y la separación de más de diez tipos de residuos y los pequeños, que admitirían como máximo diez tipos de residuos (con un mínimo de 7). De los primeros hay construidos y en funcionamiento en la actualidad 55 y de los pequeños existen 70, que han sido construidos muchos de ellos por iniciativa de entidades locales.

Por lo que respecta a los residuos de envases y embalajes, el modelo de recogida implantado en la Comunidad es el denominado “recogida selectiva en áreas de aportación”, mediante el cual el ciudadano separa los materiales en su casa y los deposita en contenedores próximos a su domicilio. Los contenedores empleados en este sistema son de gran tamaño (2,5 - 3 m3) diferenciados por colores según el tipo de material a recoger. Una vez depositados los residuos de envases en sus contenedores específicos, son recogidos y trasladados a las plantas de clasificación, donde posteriormente se adjudican a los recuperadores y recicladores.

En Castilla y León están autorizados en la actualidad tres Sistemas Integrados de Gestión (SIG): ECOEMBES, ECOVIDRIO y SIGRE, que fueron autorizados mediante las Resoluciones que se indican a continuación:

• ECOEMBES (envases ligeros de cualquier composición excepto vidrio). Resolución de 30 de abril de 1998, de la Dirección General de Urbanismo y Calidad Ambiental, por la que se autoriza a Ecoembalajes España, S.A. como Sistema Integrado de Gestión de Residuos de Envases y Envases Usados (la Resolución de renovación es del 28 de mayo de 2003, modificada a su vez por Resolución de 7 de abril del 2004).

• ECOVIDRIO (vidrio). Resolución de 29 de abril de 1998, de la Dirección General de Urbanismo y Calidad Ambiental, por la que se autoriza a Ecovidrio como Sistema Integrado de Gestión de Residuos de Envases y Envases Usados (la Resolución de renovación es del 28 de mayo de 2003, modificada a su vez por Resolución de 12 de julio de 2004).

• SIGRE (envases y residuos de medicamentos de uso humano). Resolución de 18 de abril de 2002, de la Dirección General de Calidad Ambiental, por la que se autoriza a la entidad Sistema Integrado de Gestión y Recogida de Envases, S.L., (SIGRE), como sistema integrado de gestión de residuos de medicamentos fuera de uso y sus envases procedentes del sector farmacéutico.

Estos SIG financian el sobrecoste que les supone a las Administraciones locales la recogida selectiva. Estos sistemas autorizados han convenido con diferentes municipios, de forma que más del 75% de los habitantes de Castilla y León están acogidos a los Convenios de papel y cartón y al Convenio de Vidrio.

En lo que se refiere a contenedores de vidrio, cartón y envases ligeros se refleja el equipamiento existente en la siguiente tabla.

Así mismo, en Castilla y León, de acuerdo con los estudios elaborados por la Consejería de Medio Ambiente hay vertederos inventariados, de diferente entidad, en su mayor parte inactivos, a excepción de las provincias donde no funciona todavía el Centro de Tratamiento de Residuos, que serán sellados en el marco de este Plan. Estos vertederos han sido utilizados fundamentalmente por pequeños municipios y dejarán de tener utilidad, con la entrada en funcionamiento de los sistemas provinciales de gestión, momento a partir del cual comienzan a sellarse, salvo aquellos casos en los que, por su especial incidencia ambiental, es preciso acometer el sellado con anterioridad y dar traslado de los residuos a otro vertedero próximo con mejores condiciones de vertido.

5.4. RESIDUOS ESPECIALES

Entendemos por residuos especiales aquellos que dentro del ámbito de este Plan no se incluyen dentro de la habitual bolsa de basura, y que si bien su gestión es competencia municipal, esta gestión debe de ser diferenciada del resto.

No se conoce, la producción de residuos voluminosos totales en la Comunidad, ni se dispone de ratios consistentes para su estimación a partir de la población, puesto que la recogida no se suele efectuar de forma separada y tradicionalmente estos residuos se han depositado directamente en los vertederos locales o escombreras.

Una fracción muy importante dentro de los residuos voluminosos la constituyen los residuos de aparatos electrónicos y eléctricos (en adelante REE). La producción estimada de REE en Castilla y León es de 31.593 T. para el año 2003. Esta cifra resulta de aplicar el ratio de producción de 12,7 Kg. por habitante y año. Se ha desestimado la tasa de 2,24 Kg. de REE por habitante y año establecido en la Estrategia Regional de Residuos de Castilla y León ya que este valor resulta marcadamente bajo, teniendo en cuenta que en la Directiva 2003/108/CE de 8 de diciembre, marca como objetivo de recuperación el de 4 Kg. por habitante y año. Dicha Directiva prevé la puesta en funcionamiento de sistemas de gestión en agosto de 2005.

El consumo de aceites y grasas vegetales en Castilla y León en el año 2001 fue de 20,7 Kg./persona y año, de acuerdo con los datos del Ministerio de Agricultura Pesca y Alimentación, de esta cantidad, el 24% se consume en hostelería y ámbito institucional (hospitales, prisiones, etc.) y el 76% en el ámbito doméstico. Existe una gran dificultad para determinar la cantidad de esta sustancia puesta en el mercado que termina siendo residuo, pero consultadas diversas fuentes, se puede estimar que en el ámbito de la hostelería e institucional puede llegar a ser el 50% y en el ámbito doméstico, como máximo el 10%. Ante esto, las cantidades máximas de residuo de aceites y grasas vegetales a gestionar, estimadas en la Comunidad, son de aproximadamente 11.000 T./año de los que unos 7.000 T. proceden del ámbito de la hostelería e institucional y 4.000 del ámbito doméstico. Dada la incertidumbre de estos datos, se propone, al comienzo de la aplicación de este Plan la realización de los estudios pertinentes para conocer este dato con precisión, así como establecer procedimientos de gestión adecuados (aprovechamiento para motores de biodiesel).

En la fecha de redacción de este Plan existen en Castilla y León tres gestores autorizados para la recogida y pretratamiento de este residuo antes de su tratamiento final, ubicados en Zamora, León y Valladolid, con una capacidad total de almacenamiento de unas 67 T. Ninguno de ellos es gestor final, no existiendo ninguna planta de producción de biodiésel a partir de aceites vegetales –principal actividad de reciclado de este residuo– en la Comunidad.

La producción de residuos de medicamentos y sus envases en la Comunidad no se conoce, puesto que no existen estimaciones fiables de los datos por habitante, y el consumo de estos productos no es indicativo por la diversidad de presentaciones y materiales de envase.

SIGRE se encuentra plenamente operativo en Castilla y León, con 1.535 puntos de recogida en las farmacias, donde los ciudadanos pueden depositar los residuos de medicamentos y sus envases, generados en sus hogares.

El propio sistema de distribución farmacéutica recoge y almacena estos residuos en contenedores estancos situados en sus instalaciones, desde dónde se trasladan mediante transportistas autorizados a la Planta de Selección situada en La Coruña. En dicha planta se separan las fracciones del residuo y entregan a gestores autorizados para su tratamiento. El 32% de los residuos recogidos está constituido por los materiales de envasado, los cuales son reciclados, mientras que la fracción compuesta por los restos de medicamentos (el 68%) es destinada a una valorización energética.

En el 2003 se recogieron y valorizaron 72.388 Kg. de residuos de medicamentos y sus envases en Castilla y León, lo que supone un ratio de 0,03 Kg. de residuo recogido por habitante y año.

En lo que se refiere a las pilas y acumuladores está en estudio la celebración de convenios entre la Junta de Castilla y León y las Diputaciones y Ayuntamientos para la recogida y tratamiento de las mismas, siendo estos organismos, los encargados de velar porque su gestión alcance no solamente su recogida, sino su tratamiento adecuado. Castilla y León está a la cabeza en los ratios de recogida de este residuo.

Con respecto a la gestión de los residuos de construcción y demolición procedentes de pequeñas obras, Castilla y León cuenta en la actualidad con un total de tres gestores autorizados en la Comunidad, uno ubicado en Burgos, uno en Segovia y uno en Palencia. Además se encuentran en tramitación otras dos instalaciones, una en Palencia y otra en Ávila. En cuanto al tipo de gestión o tratamiento llevado a cabo, en Segovia y Palencia incluye la clasificación y el tratamiento de residuos de construcción y demolición con reutilización de las fracciones aprovechables en obra pública y la valoración paisajística de la fracción no aprovechable(relleno de explotaciones mineras clausuradas). En Burgos se encuentra en funcionamiento una planta de selección y machaqueo. Estos centros de tratamiento no sólo tratan los residuos de construcción y demolición de pequeñas obras sino que tratan igualmente los de obras mayores, y su instalación y necesidad se integra en el desarrollo de otros planes.

6.– PRINCIPIOS RECTORES Y OBJETIVOS DEL PLAN

La Junta de Castilla y León, a través de la Consejería de Medio Ambiente, presenta este Plan Regional de Ámbito Sectorial de Residuos Urbanos y Residuos de Envases con el objetivo de avanzar hacia un enfoque integral y más sostenible de la gestión de los residuos en el ámbito autonómico, mediante la asunción de los principios de prevención, subsidiariedad, integración, cooperación, desarrollo sostenible y eficacia de mercado, que sustentaron en su momento, a la Estrategia Regional de Residuos de Castilla y León 2001-2010.

La estructura de objetivos y bases del presente Plan está constituida por:

• Los principios básicos, bajo cuya orientación se desarrolla la totalidad de los elementos del Plan.

• Un conjunto de directrices, de las que emanan los objetivos específicos del Plan, y que por tanto son superiores en jerarquía.

• Los objetivos estratégicos del Plan, desarrollados a partir de las directrices y por tanto de menor rango que aquellas. Los objetivos estratégicos conforman la estructura de aplicabilidad del Plan, y su establecimiento permite diseñar los Programas adecuados para lograr su cumplimiento.

• Los objetivos cuantitativos, que son la expresión y medición concreta de los objetivos estratégicos, y a los que se deberá llegar mediante la aplicación de los Programas que se definen en este Plan.

Por tanto, cada uno de los cuatro elementos descritos desarrolla y aplica el anterior, llevando esta herramienta de planificación de lo general a lo concreto.

A continuación se desarrolla esta estructura en detalle.

Los principios básicos en los que se ha fundamentado este Plan Regional de ámbito Sectorial de Residuos Urbanos y de Envases son los siguientes:

• Autosuficiencia.– El conjunto de instalaciones a implantar permitirá que todos los municipios de la Comunidad dispongan de una gestión adecuada de sus residuos urbanos, siendo autosuficientes para su tratamiento.

• Proximidad.– El tratamiento se realizará en las instalaciones adecuadas más próximas al lugar de producción de los residuos, evitando traslados innecesarios mediante una correcta determinación de las Áreas de Gestión.

• Responsabilidad Compartida.– La Administración Autonómica, Corporaciones Locales, Consorcio Provincial, Empresas Públicas, Empresas Privadas y Asociaciones de Ciudadanos deben trabajar de forma concertada, para poder hacer frente a los problemas planteados por la generación y gestión de los residuos urbanos.

• Subsidiariedad.– La Administración Autonómica intervendrá de forma directa en aspectos de las gestión: Financiación y control, cuando los objetivos pretendidos no puedan ser alcanzados por los agentes involucrados, haciéndose necesario la intervención en el ámbito autonómico.

• Cooperación y colaboración.– El desarrollo efectivo de los principios de subsidiariedad y responsabilidad compartida requerirá la estrecha cooperación entre Administraciones, y de éstas con otros agentes sociales y económicos, cuya participación es necesaria para el desarrollo efectivo de los objetivos estratégicos del Plan.

Las directrices del Plan marcan la línea estratégica bajo la que se desarrollarán los elementos del mismo. Incorporan, por tanto, los principios emanados de la Unión Europea y el Estado en materia de gestión de residuos, protección ambiental y, en general, desarrollo horizontal de la política ambiental:

• Prevención y minimización.– Conjunto de medidas destinadas a conseguir la reducción de la producción de residuos urbanos, así como de la cantidad de componentes peligrosos o contaminantes presentes en ellos.

• Reutilización y reciclado.– Fomento de la reutilización directa de determinados productos de los residuos urbanos, potenciando el reciclaje de los componentes que sean factibles de ello y fomentando los mercados de los productos recuperados.

• Valorización de la materia orgánica.– Aprovechamiento de la materia orgánica de los residuos urbanos, prioritariamente mediante su compostaje u otros sistemas de valorización material y energética, lo que además está en sintonía con las reducciones de vertido para esta fracción, que se indican en la Directiva relativa al vertido de residuos.

• Segregación de residuos peligrosos y otros residuos especiales.– Separación en origen de los componentes del residuo urbano que por sus características pueden interferir con el adecuado tratamiento final del residuo, la posibilidad de recuperación o reciclaje de otros materiales, o que pueda estar sometido a regulaciones complementarias de la normativa sobre residuos urbanos.

• Responsabilidad del productor y aplicación del Principio “Quien contamina paga”.– El productor de los residuos debe asumir los costes derivados de su gestión, mediante las tasas y gravámenes necesarios para cubrir los mismos. Dentro de este aspecto deben resaltarse los recursos procedentes de los sistemas integrados de gestión (S.I.G.), definidos en la Ley de Envases y Residuos de Envases.

• Participación ciudadana y acceso a la Información.– El Plan garantiza el libre acceso de los ciudadanos a la información sobre la gestión de los residuos urbanos en la Comunidad, y fomenta su participación en la definición y consecución de los objetivos del mismo. Para ello fomentará el desarrollo estadístico y el intercambio de información entre las distintas Administraciones; la aplicación, entre otros medios, de las nuevas tecnologías y los recursos de la sociedad de la información para su transmisión a los ciudadanos; y la participación de los mismos mediante los procedimientos de información pública y otros.

En consecuencia con las directrices planteadas y derivado de aquéllas, el Plan Regional de Ámbito Sectorial de Residuos Urbanos y Residuos de Envases contempla los siguientes objetivos estratégicos:

• Progresiva reducción de la cantidad de residuos producida por persona y año.

• Establecimiento en todo el territorio de la Comunidad de sistemas de gestión de residuos urbanos y residuos de envases bajo unos criterios de calidad en el servicio, que sean ambientalmente seguros, y técnica y económicamente viables, y tendentes a la segregación y recuperación de los materiales contenidos en los residuos.

• Protección y minimización de los riesgos con potencial incidencia sobre el medio ambiente.

• Fomento de la reutilización directa de determinados productos, potenciando el reciclaje de los no reutilizables, y fomentando los posibles mercados de los recursos procedentes del reciclado.

• Valorización de la fracción orgánica del residuo urbano mediante la obtención de compost (valorización material) y biogás (valorización energética).

• Reducción de aquellos residuos de envases, para los que la viabilidad técnica, económica y ambiental de tecnologías de recuperación o reciclado desaconsejen éstas.

• Eliminación del vertido incontrolado, y clausura, sellado y restauración progresiva de los vertederos de residuos urbanos en las condiciones que se determinen en el correspondiente Programa.

• Establecimiento de procedimientos de recopilación, procesado y difusión de aquella información sobre la producción y gestión de los residuos urbanos y de envases, de interés para el control de la eficacia de este Plan y sus Programas, así como el cumplimiento de los objetivos en él fijados. Asimismo, fomento de las medidas de vigilancia y control de la incidencia ambiental de la gestión de estos residuos.

Las principales ventajas socioeconómicas y ambientales que conllevará la implantación de este Plan son las siguientes:

• Tratamiento integral del 100% de los residuos urbanos y residuos de envases generados en la Comunidad de Castilla y León.

• Desaparición de los vertederos de ámbito local o para mancomunidades subprovinciales, tanto controlados como incontrolados.

• Sustitución de los vertederos de ámbito subprovincial por plantas de transferencia, que no suponen riesgos ambientales ni sanitarios.

• Mejora de la calidad paisajística, de la calidad ambiental y la calidad de vida de los ciudadanos de la Comunidad.

• Recuperación de materias primas y ahorro de energía, agua y recursos naturales al reutilizar, en la medida de lo posible, los materiales que componen los residuos urbanos.

• Impulso socioeconómico en forma de creación de puestos de trabajo y de nuevas oportunidades de negocio, a partir de una adecuada gestión y de los productos recuperados de los residuos.

Los objetivos cuantitativos del Plan sobre la referencia de los datos de producción de residuos de 1998, valorados sobre la producción persona/año y derivados de la Estrategia Regional de Residuos son los que figuran en la tabla siguiente que, en consonancia con las estimaciones de producción de residuos, se fijan con el horizonte del año 2007 salvo que se indique otra fecha.

Las metas que aquí se fijan se plantean todas en desarrollo de los objetivos estratégicos antes enumerados, adquiriendo por tanto el carácter de materialización de los mismos y dotándoles de aplicabilidad.

1 Este objetivo podrá ser final, no ampliable en futuras revisiones del Plan en función de lo estudios y experiencias que determinen el equilibrio ingreso-coste medioambiental quede el tamaño de las plantas en funcionamiento establezca.

Los objetivos cuantitativos presentados resumen las líneas de acción que deberán contemplar los Programas para su consecución. Por otro lado, el planteamiento de los mismos conlleva la adopción de medidas complementarias, que a continuación se reseñan:

La promoción del uso agroforestal y en jardinería del compost, fomentando la elaboración de un producto de calidad, de acuerdo con una norma de calidad en esta materia, resulta indispensable para alcanzar el objetivo cuantitativo de valorización de materia orgánica.

Los objetivos propuestos para el fomento de la reutilización y el reciclado, conllevan la puesta a disposición de la población de los contenedores de recogida selectiva en número y distribución suficientes. Ante esto se plantea el objetivo de disponer de un contenedor de papel-cartón y vidrio por cada 500 habitantes y en todas las poblaciones de más de 250 habitantes (en las poblaciones con un número de habitantes comprendido entre 500 y 250 se dispondrá al menos uno) de Castilla y León antes de final de 2006. Con respecto a los contenedores correspondientes a la recogida de doble bolsa (envases o materia orgánica, de acuerdo al sistema de recogida elegido) se plantea disponer de un contenedor de 800 l. por cada 200 habitantes (o equivalente) en todas las poblaciones de más de 1.000 habitantes de Castilla y León antes del final de 2007. No considerar a los pequeños núcleos de población para la dotación de contenedores de envases, responde a que el beneficio ambiental perseguido con el reciclaje es menor que el coste en emisiones y consumo de materias primas derivadas del sistema de recogida y transporte. No obstante lo anterior, núcleos de población inferiores a 250 ó 1.000 habitantes, según el caso, que estén situados en rutas de recogida podrán ser dotados de contenedores de recogida selectiva, siendo en el caso de áreas rurales de población dispersa recomendable la dotación de contenedores tipo iglú.

Bajo esta perspectiva de la relación coste-beneficio ambiental, deberán realizarse los correspondientes estudios de itinerarios de recogida para la optimización de dichas rutas.

Otro de los modos de recogida selectiva planteados en la tabla de objetivos cuantitativos corresponde al empleo de puntos limpios para residuos especiales, incluyendo los de carácter peligroso –cuya gestión corresponde a las administraciones locales cuando son generados en el ámbito domiciliario–. Se contempla específicamente la recogida de residuos voluminosos, residuos de aparatos eléctricos y electrónicos, así como los que se relacionan en el epígrafe 9 del presente Plan.

De forma complementaria se podrán promover sistemas organizados de gestión o acuerdos voluntarios de carácter sectorial para la gestión de estas sustancias al final de su vida útil.

En el marco de la necesaria cooperación con las entidades locales, se establece la necesidad del establecimiento de ordenanzas municipales para garantizar el cumplimiento de este Plan y el resto de la normativa vigente. En particular, deberán contemplar los medios para la recogida y eliminación adecuada de los animales domésticos muertos, en este sentido en los Centros de Tratamiento provinciales podrán habilitarse instalaciones específicas de eliminación para animales domésticos, y la recogida de forma separada de los residuos de la limpieza viaria, zonas recreativas y zonas verdes.

Los residuos de poda provenientes de estas zonas verdes, constituyen un elemento fundamental para mejorar las características y calidad del compost producido. La presencia de los otros residuos mencionados, puede ocasionar disfunciones en los procesos de tratamiento establecidos para los residuos urbanos.

Todos los Programas que contemplen medidas tendentes a alcanzar el objetivo estratégico de fomento de la reutilización y reciclado, deberán contemplar medidas orientadas a la efectiva aplicación de las obligaciones de la puesta en el mercado de envases y productos que con su uso se transforman en residuos.

Todos los objetivos indicados se plantean sobre la base de desarrollar un modelo de gestión de residuos urbanos de calidad en el servicio al ciudadano, es decir, los sistemas de recogida de residuos deben estar próximos a los domicilios de los ciudadanos y en condiciones adecuadas de limpieza y salubridad y desarrollados con los mejores criterios de control en la calidad ambiental y del servicio.

Para garantizar el cumplimiento de los objetivos cuantitativos propuestos, se hace necesario el desarrollo y puesta en marcha de los correspondientes Programas descritos en el epígrafe 8, en el menor plazo posible a partir de la aprobación del Plan.

En cuanto a los Principios y Objetivos del Plan se consideran las siguientes determinaciones:

• Serán de “aplicación plena”:

• Los principios básicos y directrices que se recogen en el Plan.

• Serán de “aplicación básica”:

•Los objetivos estratégicos que se recogen en el Plan.

• Serán de “aplicación orientativa”:

•Los objetivos cuantitativos que se recogen en el Plan.

7.– MODELO DE GESTIÓN DE RESIDUOS URBANOS Y RESIDUOS DE ENVASES

7.1. DISEÑO DEL MODELO DE GESTIÓN

El Modelo de Gestión que se propone en este Plan se ha diseñado sobre la base de reducir la cantidad de residuos generados por persona y año de manera progresiva, mediante programas dirigidos a los ciudadanos y a quienes ponen en el mercado sustancias que al final de su vida útil serán residuos.

Desde un punto de vista estratégico, se abandona la concepción del modelo de gestión correctivo, consistente en un conjunto de actuaciones encaminadas a minimizar los efectos sobre el medio ambiente, a favor de un modelo de gestión preventivo en el que se definen actuaciones encaminadas a la prevención de la generación de residuos, su reutilización y valorización.

Se proponen las siguientes líneas de actuación:

• Promover programas de prevención de la generación de residuos dirigidos a los ciudadanos en general y, en concreto, a las empresas que ponen en el mercado sustancias que, al final de su vida útil, pasarán a ser residuos, mediante instrumentos de gestión, económicos, de investigación y desarrollo y de comunicación, información, educación y formación.

• Potenciar y ampliar la recogida selectiva de papel-cartón y vidrio, debidamente implantada desde hace varios años, ampliando el número de contenedores específicos en caso que sea necesario hasta el cumplimiento de los objetivos previstos en este Plan de acuerdo con las iniciativas en curso, (para los grandes productores de papel - cartón y vidrio, se podrán implantar recogidas selectivas “puerta a puerta”).

• Construir nuevas instalaciones de Puntos Limpios para facilitar al ciudadano el depósito de determinados residuos de características específicas, dotando a las poblaciones de más de 5.000 habitantes de un Punto Limpio antes de 2007 y de las poblaciones de más de 1.000 habitantes antes del 2010.

• Promover en toda su amplitud la implantación de la separación domiciliaria en dos bolsas, con la separación de componentes antes mencionada, más recogida selectiva de papel-cartón y vidrio.

• Fomentar los Convenios ya existentes para la recogida de pilas y acumuladores, incidiendo en el control por parte de la Junta de Castilla y León en la adecuada gestión de los mismos y en el apoyo financiero de los gastos en que se pudiera incurrir. En este sentido se promoverá la constitución de un sistema integrado de gestión cuyas bases estarán en la Directiva que modificará la 91/157/CEE relativa a pilas y baterías, pendiente de aprobación.

• Facilitar la recuperación de subproductos mediante la recogida específica en cada uno de los puntos asignados: Contenedores específicos para papel-cartón y vidrio y Plantas de Tratamiento para el resto. En esta línea, por ejemplo, se potenciará, entre otras alternativas la instalación de contenedores soterrados, en aquellos lugares, como pueden ser determinadas áreas de las ciudades, en las que por razones estéticas o de funcionalidad no esté indicada la instalación de contenedores convencionales.

• Potenciar a nivel institucional la integración en áreas de gestión de municipios y mancomunidades de recogida de residuos.

• Implantación de instalaciones auxiliares para optimizar el transporte hacia los Centros de Tratamiento mediante Plantas de Transferencia, localizadas preferentemente en los lugares donde se habían ubicado vertederos de ámbito subprovincial.

• Las Plantas de Clasificación de Envases se ocuparán principalmente de la separación, clasificación y reciclaje de los materiales del contenedor de envases y las Centros de Tratamiento de Residuos de los de cualquier bolsa, además de la valorización de la materia orgánica, bien con la producción únicamente de compost, bien con la producción adicional de energía eléctrica, a través del proceso de biometanización.

• Los Depósitos de Eliminación de Rechazos procederán a la eliminación final de los residuos que no son susceptibles de valorización.

• Desarrollo de un programa de formación destinado, en general, a todos los ciudadanos, con programas específicos dirigidos a responsables municipales en la materia y trabajadores relacionados con la gestión de los residuos.

• Fomento de programas dirigidos al crecimiento del mercado de la gestión de residuos y, en concreto, dirigidos al aprovechamiento del compost en tierras agrícolas, trabajos de selvicultura, y en restauración de zonas degradadas, taludes de carreteras, jardinería, etc.

• Desarrollo de sistemas de control de calidad y estadísticos en el servicio de recogida de residuos urbanos.

El Plan asume el modelo de gestión provincial indicado en 1998 y será el de un sistema integral basado en la separación domiciliaria en dos bolsas, que podrán ser, una primera para materiales orgánicos y sustancias compatibles y una segunda para el resto, o bien, una primera bolsa para los residuos domésticos no peligrosos salvo los envases ligeros y una segunda para envases ligeros (envases de plástico, metálicos y tipo briks) junto con otras sustancias compatibles con estos, además de la recogida selectiva de otros componentes (papel-cartón y vidrio), que se destina a sus contenedores específicos.

Igualmente con objeto de facilitar el tratamiento posterior de los residuos como exigen las tecnologías aplicadas, lo que aumentará los rendimientos y calidades de los productos residuales, se contempla la instalación de contenedores específicos:

• de materia orgánica en el entorno de zonas de gran producción de estas sustancias como mercados, parques o zonas residenciales con jardines privados (salvo en aquellos casos en los que exista implantado un sistema de doble bolsa: materia orgánica y resto)

• de limpieza de jardines y restos de poda

• de los residuos procedentes de la limpieza viaria

La siguiente fase será el transporte de los residuos obtenidos en las dos bolsas a los puntos bases (planta de transferencia o centro de tratamiento directamente) de cada una de las zonas de lo que se definen como áreas de gestión.

A esta fase seguirá otra para el tratamiento de los residuos en instalaciones de selección, clasificación y reciclaje de residuos con valorización de la fracción orgánica mediante la producción del compost. A partir de una entrada bruta en el centro de 60.000 T./año se podrá optar por la valorización previa de la materia orgánica con producción de energía eléctrica mediante procesos de biometanización, pero el establecimiento sistemático de este tipo de instalaciones deberá ser progresivo y opcional, en función del análisis ambiental y económico calculado a partir de los resultados que se obtengan de la implantación del sistema, del volumen de residuos a tratar por el centro y de los datos aportados por la experiencia de este tipo de tecnologías, especialmente en la Comunidad.

Finalmente se incorpora una etapa imprescindible para eliminación de los materiales no valorizables obtenidos en las instalaciones, mediante la implantación de Depósitos de Eliminación de Rechazos (salvo en el caso de Ávila, uno por provincia), anejos en la medida de lo posible a los Centros de Tratamiento.

Las características geográficas de Castilla y León con una gran superficie para una población relativamente baja, no avalan desde el punto de vista económico el tratamiento de los residuos urbanos por medio de técnicas de incineración, especialmente para los residuos urbanos en bruto (lo que no respetaría las Directivas europeas que priorizan la reutilización y reciclaje a la valorización energética) e incluso para los rechazos de las instalaciones de recuperación de subproductos, ya que estas instalaciones de incineración sólo estarían justificadas para un residuo con un “poder calorífico inferior” mayor a 1.500 Kcal/Kg, asociado a una planta de cogeneración y con una capacidad elevada de tratamiento que minimice el coste de la tonelada tratada. Ello no obstante, para los rechazos, se abre la posibilidad de aprovechar las experiencias que en otras Comunidades se están realizando para que, con un mejor conocimiento de los resultados y aprovechando las mejores técnicas disponibles, se puedan incorporar en Castilla y León otro tipo de iniciativas al sistema de eliminación propuesto.

Por último, el modelo se completa con programas de fomento de mercados para los materiales reciclados orientados a la información y aceptación por el usuario de estos bienes, con especial incidencia en el compost y el plástico. El hecho de que la Comunidad de Castilla y León presente en general suelos escasamente fértiles fortalece la apuesta por la producción del compost, como producto utilizable para la mejora de las características de los terrenos de la región.

7.2. PLANIFICACIÓN DE SECTORIZACIÓN INFRAESTRUCTURAS Y EQUIPAMIENTOS

A continuación se recogen los parámetros considerados en general (desarrollados en el ANEJO DE DATOS Y PROPUESTAS PROVINCIALES) en la planificación de infraestructuras y equipamientos para Castilla y León.

El modelo de gestión desarrollado en el Plan parte de soluciones provinciales y se puede estructurar en torno a dos tipos de infraestructuras:

A.– Instalaciones básicas y necesarias para garantizar la eficiencia económica, funcional y ambiental del sistema propuesto, así como los Principios Básicos del Plan: Plantas de Transferencia, Centros de Tratamiento de Residuos y Depósitos de Rechazos.

En este sentido, la estructura básica, que a nivel provincial exige el Plan responderá al siguiente esquema:

B.– Instalaciones complementarias, que contribuyen de manera importante a la consecución de los objetivos propuestos en el Plan: Plantas de Clasificación de Envases, Puntos limpios y Dotación de Contenedores que incrementan la eficiencia de la recogida selectiva.

A fin de adecuar esta planificación a la realidad de la generación de los residuos urbanos en la Comunidad de Castilla y León se han tomado como referencia los siguientes datos y criterios:

7.2.1. ÁREAS DE GESTIÓN

Se propone el establecimiento a nivel provincial de lo que se denominarán áreas de gestión que serán zonas integradas por municipios o mancomunidades, con una situación geográfica homogénea, que permitirán dentro de cada una de ellas el establecimiento de un punto (planta de transferencia o centro de tratamiento) destino previo o final (en el caso del centro de tratamiento) de las dos bolsas.

7.2.2. CONTENEDORES

Consideraciones para los contenedores específicos para papel-cartón y vidrio:

• Utilización para la fracción de papel-cartón y vidrio de 1 contenedor de cada tipo por cada 500 habitantes en todas las poblaciones de la Comunidad de más de 250 habitantes, de 2,5 a 3 m3 de capacidad cada uno (si la población no llega a los 500 habitantes al menos se dispondrá uno).

• Estimar como válidos los contenedores existentes, los cuáles se deducirán de la cantidad total necesaria.

Consideraciones para los contenedores de envases (plástico de cuerpos huecos, envases metálicos, brik y otros materiales compatibles de acuerdo con el diseño del modelo de gestión provincial) o de materia orgánica en caso de que éste fuera el sistema por el que se opte.

• Establecer la distribución de 1 contenedor de 1.000 u 800 litros por cada 200 habitantes en todas las poblaciones de más de 1.000 habitantes de Castilla y León antes del 2007.

• Estimar como válidos los contenedores existentes, los cuales se deducirán de la cantidad total necesaria.

• La dotación de contenedores de recogida selectiva en poblaciones pequeñas debe limitarse por el tamaño de la población, debido a que en éstas, los costes ambientales derivados del transporte pueden estar por encima de los beneficios ambientales de efectuar una recogida selectiva. De cualquier manera, si una población pequeña está en la ruta de recogida, es posible dotarla con los contenedores de recogida selectiva que sean precisos.

En cuanto a la dotación de otro tipo de contenedores, que se instalarán en todos aquellos lugares que estimen oportunos los respectivos entes gestores de los residuos urbanos, será obligatoria la distribución en poblaciones de más de 5.000 habitantes:

• Se instalarán contenedores destinados a la recogida de limpieza de jardines y restos de poda en aquellas zonas y épocas cuya producción pueda representar un cambio significativo en la composición del residuo habitual.

• Se instalarán contenedores para los residuos procedentes de la limpieza viaria integrados en los circuitos realizados por los servicios de limpieza con el fin de que estos residuos de características especiales no se integren con los recogidos por el sistema de doble bolsa, ya que su no discriminación produce la disminución de los rendimientos en las tecnologías de valorización empleadas en los centros de tratamiento.

• Se estima que las existencias actuales de estos contenedores especiales son prácticamente insignificantes, lo que supone adoptar un punto de partida totalmente nuevo en este sentido.

En el caso de que el sistema de recogida sea de envases y resto:

• Se instalarán contenedores para la recogida selectiva de materia orgánica en emplazamientos próximos a zonas de gran producción de esta sustancia como mercados, jardines y zonas residenciales en las que existan jardines privados, con la finalidad de establecer circuitos de recogida diferenciados que finalmente accedan a la planta de tratamiento directamente a la línea de valorización de la materia orgánica.

7.2.3. PUNTOS LIMPIOS

Los Puntos Limpios son las infraestructuras que permiten a los ciudadanos depositar de forma selectiva residuos voluminosos, peligrosos y especiales de forma que se segreguen del flujo general de tratamiento de residuos.

Hay dos tipos de Puntos Limpios:

– Los situados en pequeñas poblaciones y que permiten recoger selectivamente hasta aproximadamente diez tipos de residuos distintos (y no menos de siete). Con carácter general, los residuos aceptados en estas instalaciones podrán ser:

1.– Aceite usado vegetal

2.– Aceite usado de automoción

3.– Filtros de aceite

4.– Baterías de automóvil

5.– Pilas

6.– Envases de pinturas y disolventes

7.– Aerosoles

8.– Radiografías

9.– Tubos fluorescentes

10.– Lámparas

Los situados en poblaciones de más de 5.000 habitantes que permiten la recogida de más de diez residuos distintos en una instalación vigilada. Con carácter general los residuos aceptados en estas instalaciones serán:

1.– Envases de vidrio, que en algún caso podría diferenciar blanco

2.– Vidrio plano

3.– Cajas - embalajes de cartón

4.– Papel/cartón

5.– Ropa usada

6.– Metales

7.– Aluminio

8.– Envases plásticos de gran capacidad

9.– Plásticos (botellas)

10.– Muebles

11.– Maderas y restos de podas

12.– Puertas/marcos

13.– Escombros, procedentes de obras menores.

14.– Electrodomésticos

15.– Colchones

16.– Somieres

17.– Aceite usado vegetal

18.– Aceite usado de automoción

19.– Pilas botón

20.– Pilas no botón

21.– Filtros de aceite

22.– Baterías de automóvil

23.– Recipientes materiales peligrosos

24.– Envases y restos de pinturas, tintas y disolventes

25.– Aerosoles

26.– Medicamentos

27.– Radiografías

28.– Tubos fluorescentes

29.– Pantallas de ordenador, ordenador y material informático (excepto consumibles)

30.– Lámparas

La mayor parte de los residuos recogidos y clasificados en el Punto Limpio serán llevados a las instalaciones de tratamiento correspondientes para su reutilización y reciclaje y el resto serán destinados al vertedero de rechazos si sus características no presentan peligrosidad, en caso contrario, deberán destinarse a un depósito de seguridad para residuos industriales.

Consideraciones para determinar el número de Puntos Limpios de más de diez contenedores necesarios en la Comunidad de Castilla y León:

–Estimar como existentes todos los que están actualmente en servicio y los que se hallen en fase de Proyecto y adjudicación.

Habilitar Puntos Limpios en todas las poblaciones mayores de 5.000 habitantes. A continuación se desarrolla la red necesaria para el cumplimiento de este objetivo y se indican los puntos limpios que bajo este marco sería preciso realizar.

PUNTOS LIMPIOS EN POBLACIONES DE MÁS

DE 5.000 HABITANTES

ProvinciaUbicación

ÁvilaArenas de San Pedro

ÁvilaArévalo

ÁvilaÁvila

ÁvilaCandeleda

ÁvilaLas Navas del Marques

BURGOSAranda de Duero (*)

BURGOSBriviesca

BURGOSBurgos (2)

BURGOSMiranda de Ebro

LEÓNAstorga

LEÓNBembibre

LEÓNCacabelos (*)

LEÓNFabero

LEÓNLa Bañeza (*)

LEÓNLeón (2)

LEÓNPonferrada (3)

LEÓNSan Andrés del Rabanedo

LEÓNVillablino

LEÓNVillaquilambre

PALENCIAAguilar de Campoo

PALENCIAGuardo (*)

PALENCIAPalencia

PALENCIAVenta de Baños

PALENCIAVillamuriel de Cerrato (*)

SALAMANCABéjar

SALAMANCACiudad Rodrigo (*)

SALAMANCAGuijuelo

SALAMANCAPeñaranda de Bracamonte

SALAMANCASalamanca (4)

SALAMANCASanta Marta de Tormes (*)

SEGOVIACuéllar

SEGOVIAEl Espinar (*)

SEGOVIAS. Ildefonso (*)

SEGOVIASegovia (1+2*)

SORIAAlmazán

SORIAEl Burgo de Osma

SORIANavaleno

SORIASoria

VALLADOLIDArroyo de la Encomienda (*)

VALLADOLIDÍscar

VALLADOLIDLaguna de Duero

VALLADOLIDMedina de Rioseco

VALLADOLIDMedina del Campo

VALLADOLIDPeñafiel

VALLADOLIDTordesillas (*)

VALLADOLIDTudela de Duero (*)

VALLADOLIDValladolid (5)

ZAMORABenavente

ZAMORAToro (2)

ZAMORAZamora

(*) Puntos limpios que es necesario construir para el cumplimiento del objetivo de más de 5.000 habitantes.

En lo que se refiere a los puntos limpios de menor tamaño se contempla dentro de este Plan la instalación de los mismos en los núcleos de más de 1.000 habitantes, si bien las características de los mismos dependerán de la proximidad a otros núcleos con punto limpio y serán objeto de desarrollo por parte de los Consorcios Provinciales, que realizarán el establecimiento y gestión definitiva, así como la extensión de la red de puntos limpios a los municipios de más de 1.000 habitantes. En la misma línea, los Consorcios podrán arbitrar medidas específicas para mancomunidades, al objeto de determinar el sistema más adecuado de puntos limpios en términos de funcionalidad y eficiencia.

7.2.4. PLANTAS DE TRANSFERENCIA

Las Plantas de Transferencia son instalaciones donde los camiones de recogida de residuos urbanos trasladan su carga a otro camión de mayor capacidad (20 T.), con el fin de optimizar los costes de desplazamiento de los residuos al centro de tratamiento provincial y mejorar las características del transporte desde un punto de vista medioambiental.

Consideraciones realizadas para estimar el número de Plantas de Transferencia, su lugar de implantación y capacidad:

• Incluir las Plantas de Transferencia que están actualmente operativas y en fase de construcción o de adjudicación.

• Con carácter general, se plantea una Planta de Transferencia para cada área de gestión establecida, exceptuando la que tenga en su territorio el Centro de Tratamiento de Residuos, puesto que en este área el transporte será por vía directa.

• A las Plantas de Transferencia llegarán los residuos, los cuales, cuando esté implantada la recogida selectiva en doble bolsa deben ser procesados y evacuados separadamente hacia sus Centros de Tratamiento respectivos (Planta de Reciclaje y Compostaje en el caso de materia orgánica y Planta de Clasificación de Envases en el caso de envases ligeros). Esta situación exige ordenar la forma de recogida y trasvase a fin de que, en ningún caso, se produzca una mezcla de los residuos. Asimismo, podrá ser necesaria la dotación de más contenedores para garantizar el correcto funcionamiento del sistema. En caso de residuos urbanos en bruto sin seleccionar su destino será siempre el Centro de Tratamiento de Residuos.

• La idoneidad de la instalación de una Planta de Transferencia en un punto concreto está determinada por su capacidad de recepción y por la distancia a la que se encuentran los puntos de producción de los residuos urbanos. Un criterio para señalar el lugar preferente de ubicación puede ser su condición de recinto o parcela aneja o próxima a los actuales vertederos de ámbito subprovincial.

Las Plantas de Transferencia, en lo que se refiere a su ubicación, deberán contar con acuerdo del Consorcio Provincial correspondiente y la licencia municipal del núcleo donde se instalen. Dentro del marco de este Plan se han previsto 50 Plantas de Transferencia que den respuesta a las necesidades de las áreas de gestión propuestas en cada sistema provincial y cuya situación actual es la siguiente:

PLANTAS DE TRANSFERENCIA

ProvinciaUbicaciónSituación actual

ÁvilaEl BarracoEjecutada y en funcionamiento

ÁvilaVillanueva del AceralEjecutada y en funcionamiento

ÁvilaPiedrahítaEjecutada y en funcionamiento

ÁvilaEl Barco de ÁvilaEjecutada y en funcionamiento

ÁvilaEn Área 5 de ÁvilaEn Proyecto

ÁvilaEn Área 6 de ÁvilaEn Proyecto

BURGOSMedina de PomarEn construcción

BURGOSBriviescaEn construcción

BURGOSSalas de los InfantesEn construcción

BURGOSMelgar de FernamentalEn construcción

BURGOSLermaEn construcción

BURGOSEn Área 6 de BurgosEn Proyecto

BURGOSMiranda de EbroEn Proyecto

LEÓNLeónEjecutada

LEÓNVillablinoEjecutada

LEÓNCistiernaEjecutada

LEÓNLa BañezaEjecutada

LEÓNValencia de don JuanEjecutada

LEÓNLa RoblaEjecutada

LEÓNPonferradaEjecutada

LEÓNMansilla de las MulasEjecutada

PALENCIAGuardoEn Contratación

PALENCIAOsornoEn Contratación

PALENCIAAguilar de CampooEn Contratación

PALENCIACevico la TorreEn Contratación

PALENCIASaldañaEn Contratación

SALAMANCABéjarEjecutada

SALAMANCAGuijueloEjecutada

SALAMANCAPeñaranda de BracamonteEjecutada

SALAMANCATamamesEjecutada

SALAMANCAVitigudinoEjecutada

SALAMANCAEn Área 6 de SalamancaEn Proyecto

SALAMANCAEn Área 7 de SalamancaEn Proyecto

SEGOVIACantalejoEjecutada y en funcionamiento

ProvinciaUbicaciónSituación actual

SEGOVIACuéllarEjecutada y en funcionamiento

SEGOVIAEl EspinarEjecutada y en funcionamiento

SEGOVIANava de la AsunciónEjecutada y en funcionamiento

SEGOVIABoceguillasEjecutada y en funcionamiento

SORIAEl Burgo de OsmaEjecutada y en funcionamiento

SORIAÁgredaEjecutada y en funcionamiento

VALLADOLIDCeinos de CamposEjecutada y en funcionamiento

VALLADOLIDVillaverde de MedinaEjecutada y en funcionamiento

VALLADOLIDPesquera de DueroEjecutada y en funcionamiento

VALLADOLIDÍscarEjecutada y en funcionamiento

ZAMORAToroEjecutada y en funcionamiento

ZAMORABermillo de SayagoEjecutada y en funcionamiento

ZAMORAVillafáfilaEjecutada y en funcionamiento

ZAMORAPalacios de SanabriaEjecutada y en funcionamiento

ZAMORASan ViteroEjecutada y en funcionamiento

ZAMORACastrogonzaloEjecutada y en funcionamiento

7.2.5. PLANTAS DE CLASIFICACIÓN DE ENVASES

Las Plantas de Clasificación de Envases tratarán únicamente la selección de materiales procedentes del contenedor amarillo (envases de plástico, metálicos y tipo brik).

En función de la cantidad de residuos a tratar, de la capacidad unitaria de tratamiento por línea y del tiempo de explotación se diseñan las líneas de tratamiento necesarias por Planta.

Con carácter general estarán integradas en el centro provincial de gestión de residuos, si bien, por disminuir costes en el transporte de materiales y por las dificultades que pueden existir derivadas de las barreras geográficas, podrán existir plantas próximas a los lugares de mayor generación de residuos en algunas provincias.

Las Plantas de Clasificación de Envases no integradas en los Centros de Tratamiento Provinciales, en lo que se refiere a su ubicación, deberán contar con acuerdo del Consorcio Provincial correspondiente y licencia del municipio donde se vayan a desarrollar. Dentro del marco de este Plan se recogen las plantas específicas de Envases que se encuentran ejecutadas:

PLANTAS DE CLASIFICACIÓN DE ENVASES

ProvinciaUbicaciónSituación actual

LEÓNLeónEjecutada

LEÓNPonferradaEjecutada

SALAMANCAVillamayorEjecutada y en

funcionamiento

La rentabilidad y optimización de este tipo de instalaciones justifica que puedan alcanzarse acuerdos de colaboración con otras provincias o núcleos, incluso de fuera de la Comunidad, para tratar sus envases recogidos de forma selectiva.

7.2.6. CENTROS DE TRATAMIENTO DE RESIDUOS

Los centros de tratamiento de residuos estarán preparados para procesar todo tipo de residuos urbanos, incluido envases, e incluso residuos urbanos no seleccionados en origen (en bruto).

Los Centros dispondrán de dos secciones de tratamiento diferenciadas, una para los residuos de envases y compatibles con éstos, de similares características que las que tienen las Plantas de Clasificación de Envases, y otra para el resto de residuos, con etapa de fermentación y afino del compost y, en ocasiones, con valorización previa a través de la digestión anaerobia de la materia orgánica. A las que no dispongan de esta tecnología de aprovechamiento energético se las denominará, de forma más específica, plantas de compostaje.

Estas instalaciones dispondrán de una zona de almacenamiento y selección de materiales voluminosos y otra para restos de poda, orientadas a la recuperación de aquellos materiales reciclables o valorizables de estas fracciones.

La ubicación de los Centros de Tratamiento Provinciales exigirá la elaboración de un Proyecto, y dicho emplazamiento deberá contar con Acuerdo del Consorcio Provincial correspondiente y las oportunas licencias municipales del municipio en el que se desarrolle, o en su defecto, ser declarado de Interés Regional. En todo caso, sin perjuicio del cumplimiento de la legislación aplicable.

El Plan determina la necesidad de 12 instalaciones de esta naturaleza, así como la exigencia de rentabilizar las inversiones efectuadas para dar respuesta al modelo de gestión provincial. La situación actual de las instalaciones sería la siguiente:

7.2.7. DEPÓSITOS DE ELIMINACIÓN DE RECHAZOS

Junto con los Centros de Tratamiento, esta instalación es una pieza básica para garantizar el correcto funcionamiento del sistema propuesto.

Los Depósitos de Eliminación de los rechazos generados en las Plantas de Clasificación de Envases y los Centros de Tratamiento de Residuos deberán estar integrados en dichos centros, o en zonas próximas a los mismos.

Estos depósitos controlados se diseñarán para una capacidad de acogida igual o superior a 15 años y se dotarán de las infraestructuras más convenientes para garantizar la protección del medio ambiente, en concreto, deberán cumplir los requisitos establecidos para la eliminación de residuos urbanos indicados en el Real Decreto 1481/2001. El vertido de residuos en estos depósitos se realizará preferiblemente en forma de balas.

Los Depósitos de Rechazos serán objeto de un Proyecto, y la ubicación concreta contará con Acuerdo del Consorcio Provincial correspondiente y autorización administrativa y licencia municipal, pudiendo en su caso ser objeto de Declaración de Proyecto Regional, sin perjuicio, en cualquier caso, del cumplimiento de la legislación aplicable.

El Plan determina que la gestión provincial exige diez instalaciones de estas características, una por cada sistema provincial, a excepción de Ávila, donde sus condiciones geográficas justifican la existencia de dos:

Al final de este epígrafe se presentan los planos de infraestructuras y áreas de gestión propuestas en el Plan.

7.2.8. INFRAESTRUCTURAS PARA OTROS RESIDUOS

Con respecto a los residuos de construcción y demolición procedentes de pequeñas obras domésticas hay que reseñar que son los Ayuntamientos, de acuerdo a la legislación vigente, los responsables de su eliminación. En cualquier caso, las instalaciones necesarias para la eliminación de los residuos de construcción y demolición para todo tipo de obras, en las que se deberá dar acogida a los correspondientes a las pequeñas, no se encuentran dentro del marco de este Plan.

En los municipios de pequeño tamaño, a través de los entes provinciales de gestión de residuos urbanos, se establecerán servicios de recogida periódica de residuos de construcción y demolición de origen domiciliario gestionados por empresas especializadas.

En poblaciones aisladas de acuerdo con la definición del Real Decreto 1481/2001, de 27 de diciembre, se podrán establecer instalaciones de vertido de residuos de construcción y demolición segregados que puedan ser considerados inertes producidos en el ámbito territorial del ente que lo establezca.

En los Centros de Tratamiento provinciales se podrán habilitar instalaciones específicas de eliminación para animales domésticos muertos cuya tipología y magnitud se adaptarán a las necesidades reales.

Para los residuos de medicamentos usados no se requieren infraestructuras nuevas en la Comunidad debido a que para el almacenamiento, se utilizarán los sistemas de los que dispone en la actualidad la distribución de medicamentos.

Para aceites vegetales usados la situación es semejante, si bien en este caso los almacenamientos temporales corresponden a los gestores del residuo y con los datos actuales se estima que la capacidad de almacenamiento y transporte es suficiente y dadas las circunstancias del mercado con respecto a este residuo, es muy probable que se autoricen nuevos gestores próximamente; estos gestores recogen tanto a grandes productores (hostelería e instituciones) como a pequeños productores (doméstico) a través de la red de puntos limpios.

En cuanto al modelo de gestión se consideran las siguientes determinaciones:

• Serán de “aplicación plena”:

•El esquema (número y tipología) de instalaciones de tratamiento que configura cada uno de los sistemas provinciales, que son piezas básicas del modelo de gestión provincial propuesto y cuya composición responde a la siguiente estructura:

Los Centros de Tratamiento de Residuos y los Depósitos de Rechazos precisarán la elaboración de un Proyecto y su emplazamiento deberá contar con el acuerdo del Consorcio Provincial y autorización o licencia municipal, o su caso, la Declaración de Proyecto Regional; circunstancia que encuentra su justificación en la utilidad pública e interés social de este tipo de instalaciones y su carácter supramunicipal.

•Establecimiento de Puntos Limpios en aquellos municipios de más de 5.000 habitantes.

• Serán de “aplicación básica”:

•Aquellas relativas al modelo de gestión, en especial, la implantación de la doble bolsa.

• Serán de “aplicación orientativa”:

•Las áreas de gestión establecidas.

•Tipología de los puntos limpios para poblaciones de menos de 5.000 habitantes.

•Dotación de contenedores.

8.– DESARROLLO DEL MODELO DE GESTIÓN

El Plan Regional de Ámbito Sectorial de Residuos Urbanos y Residuos de Envases de Castilla y León se estructura en una serie de Programas de Acción, que abarcan las distintas actuaciones a acometer en materia de prevención y adecuada gestión de los residuos objeto del Plan.

Así, se han elaborado los siguientes Programas:

PROGRAMA DE PREVENCIÓN.

PROGRAMA DE IMPLANTACIÓN DE INSTALACIONES Y EQUIPAMIENTOS.

PROGRAMA DE REUTILIZACIÓN Y RECICLADO.

PROGRAMA DE CLAUSURA Y SELLADO DE VERTEDEROS.

PROGRAMA DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA Y DIVULGACIÓN.

PROGRAMA DE GESTIÓN, CONTROL Y EVALUACIÓN.

La acción conjunta de estos Programas posibilitará el cumplimiento de los objetivos establecidos previamente para los próximos años en materia de gestión de residuos urbanos y envases.

8.1. PROGRAMA DE PREVENCIÓN

Un instrumento fundamental para afrontar el problema de la generación de residuos y el impacto de los vertidos incontrolados es la elaboración de un Programa de Prevención.

La filosofía subyacente del Programa consiste en implicar en el problema que generan los residuos urbanos a todos los agentes sociales y económicos que tienen la posibilidad, a través de cambios en sus comportamientos y actitudes habituales, así como aspectos de marketing, de reducir el problema.

El objetivo final del Programa es la minimización de la generación de residuos urbanos, invirtiendo la tendencia actual de crecimiento de generación de residuos por habitante y año, en consonancia con las líneas programáticas del VI Programa de Acción Comunitaria en materia de Medio Ambiente.

Se pretende prevenir la generación de residuos mediante, entre otras cuestiones, la búsqueda de alternativas a sustancias que se ponen en el mercado y que finalmente van a ser residuos, aumentado la relación producto/envase y eliminando elementos superfluos; haciendo especial hincapié en aquellos residuos que no tienen posibilidad de reutilización.

Respecto a las actuaciones del Programa es muy importante adecuar cada actuación al agente social-institucional correspondiente.

Así, se definen los siguientes destinatarios y actuaciones del Programa:

• Consumidores: Campañas de información y sensibilización de carácter general, en colaboración con los agentes sociales y económicos, tendentes a modificar comportamientos y actitudes que contribuyan a invertir la tendencia actual al crecimiento en la generación de residuos por habitante y año. En concreto, sobre la puesta en marcha de los programas de minimización y reciclado, así como la bondad de cada material, especialmente envases, para su reutilización y nueva incorporación al proceso productivo; desarrollo de Manuales de Buenas Prácticas y de una página web en la que se reflejen datos de gestión de los residuos urbanos en la Comunidad, ciclos de vida útil de cada producto/residuo, ventajas derivadas de la participación ciudadana,…. El consumidor debe ser consciente de los efectos de sus acciones y el valor añadido que generan sus esfuerzos en materia de separación de los residuos.

• Productores y distribuidores de bienes de consumo: Se fomentará la implantación de Planes de Prevención en la generación de envases y el desarrollo de acuerdos voluntarios en el sector para reducir en la medida de lo posible el envasado, disminuir su peligrosidad y favorecer la reutilización, con la implantación asimismo de distintivos de calidad a aquellos productores que materialicen esta reducción. En este sentido, se hará especial incidencia en la reducción de aquellos envases que no son susceptibles de reutilización y reciclaje.

• Administraciones públicas: Política de compras de materias primas y valoración en concursos públicos que fomenten el reciclado y utilización racional de suministros, ubicación estratégica de contenedores, establecimiento de sistemas económicos y tasas disuasorias que graven la generación de residuos y prácticas incorrectas de los mismos y establecimiento de precios que cubran todos los costes derivados de una correcta gestión ambiental. Se incluye en este apartado el estudio de programas para posibilitar ayudas a aquellos Ayuntamientos que colaboren en la implantación del Plan.

• Universidades y centros de investigación: Fomento del desarrollo de estudios orientados a la reducción en la generación de residuos y en general al desarrollo de líneas de investigación que tengan como ámbito de actuación la producción, gestión y tratamiento de residuos, siendo la propia Universidad la encargada de la creación de grupos de trabajo o centros de I+D+I.

8.2. PROGRAMA DE IMPLANTACIÓN DE INSTALACIONES Y EQUIPAMIENTOS

El Plan se sustenta y se articula sobre la importancia de la recogida selectiva como mecanismo de mejora. En este sentido se plantean:

a)Dotación de contenedores para la recogida específica de materiales: Azules para papel-cartón, verdes para vidrio, amarillos para envases ligeros y marrones para materia orgánica, pudiendo ser de diferentes diseños y capacidades. En función de ésto y de la situación expuesta en cuanto a la dotación de contenedores en Castilla y León se estima que las necesidades, considerando una partida complementaria para la dotación de poblaciones que por su localización o circunstancias especiales se puedan integrar en los circuitos habituales de recogida, son las siguientes:

(*) Contenedores necesarios para la recogida selectiva basada en materia orgánica y resto

(**) Este número se refiere a contenedores teóricos equivalentes de 2.500 l., por lo que el número total necesario en función del tipo de contenedor y de su posibilidad real de disposición podría ser de hasta 8.000.

b) Puntos limpios para la recogida de determinadas tipologías de residuos domésticos que tengan la consideración de residuos peligrosos o residuos calificados como voluminosos y aceites vegetales usados. El número de puntos limpios grandes precisos para el cumplimiento de los objetivos previstos sería de 50 (núcleos de población con más de 5.000 habitantes). En la actualidad existen 50 construidos o en fase de ejecución en 38 núcleos (algunos de ellos disponen de dos ó más), por lo que los municipios con población superior al objetivo que no disponen de punto limpio son 12. Incluyendo la construcción de dos nuevos puntos limpios en Segovia son necesarios un total de 14 que se relacionan en la siguiente tabla.

En lo que se refiere al objetivo de instalar puntos limpios en poblaciones de más de 1.000 habitantes en el ANEJO DE DATOS Y PROPUESTAS PROVINCIALES se detalla el estado actual del mismo, si bien las características de los puntos limpios pendientes deberá desarrollarse de acuerdo con la gestión que realicen los Consorcios Provinciales. El número total necesario de puntos limpios en poblaciones comprendidas entre 1.000 y 5.000 habitantes es de 229, de los que en la actualidad se encuentran construidos o en ejecución 21 por lo que quedan pendientes 208.

En cualquier caso, se estudiará para todos y cada uno de ellos que la accesibilidad a los mismos sea máxima, tanto espacial como temporalmente, con el fin de que la instalación tenga la mayor utilidad posible dentro del objetivo final para el que se construye.

a) Instalaciones básicas de los sistemas provinciales de gestión:

– Las Plantas de Transferencia darán cobertura a las distintas Áreas de Gestión previstas inicialmente. La propuesta realizada exige disponer en total de 50 Plantas de Transferencia, existiendo en la actualidad en funcionamiento, ejecución o contratación 44, encontrándose seis en proyecto (dos en Ávila, dos en Burgos y dos en la provincia de Salamanca).

– Centros de Tratamiento de Residuos. Una de las líneas de actuación del Plan se encuentra en promover de la manera más amplia la separación domiciliaria de residuos urbanos en dos bolsas, que podrán ser, por un lado, el sistema integrado por una bolsa para materiales orgánicos y otra para resto, y por otro lado, el sistema que propone una bolsa para los residuos domiciliarios no peligrosos, salvo envases ligeros, y otra para envases de plástico, metálicos y tipo brik.

En el entorno próximo de cada capital de provincia, como principal productor de residuos, se localiza un Centro de Tratamiento de Residuos que contará, como mínimo, con una instalación de selección y clasificación para reciclaje y compostaje de la fracción orgánica recuperada.

Asimismo, en la provincia de Ávila, se ubicarán dos, uno al norte de la Sierra de Gredos y otro al sur por razones orográficas y del importante incremento estacional y de fin de semana que se produce en cuanto a población atendida; en la provincia de Burgos, además del Centro de Tratamiento ubicado en las proximidades de la capital que atiende a Burgos y su alfoz, existirán dos plantas de compostaje, una que atenderá la zona de Aranda de Duero (Burgos), por la reducción de costes en el transporte de residuos a Burgos y por la posibilidad de aprovechamiento del compost en la agricultura del área de influencia, que se encuentra en fase de contratación, y una segunda, que se encuentra en proyecto, para las necesidades del Norte de la provincia.

– Depósitos de Rechazos para la eliminación de los residuos generados en las Plantas de Recuperación de Envases y en los Centros de Tratamiento de Residuos. Para la gestión de los residuos considerados en este Plan en Castilla y León y el horizonte temporal establecido, existirá un depósito de rechazos por provincia, excepto en Ávila que tendrá dos.

Dado el interés, reducción de coste de explotación y mejora de las condiciones ambientales, derivada de la optimización del transporte, se tratará de integrar con el C.T.R., configurando una instalación donde se efectúe el tratamiento completo de los residuos obtenidos en las distintas fases (selección, clasificación, compostaje, biometanización y eliminación del rechazo), o se ubicarán en las proximidades de dichos Centros de Tratamiento Provinciales.

b)Por otro lado se pondrán en funcionamiento, además de la ya existente en Villamayor (Salamanca), dos plantas de clasificación de envases en la provincia de León en el entorno de la capital y de la ciudad de Ponferrada.

c)Se apoyarán las iniciativas de las administraciones locales encaminadas al desarrollo de experiencias piloto en la implantación de instalaciones como pueden ser los puntos limpios móviles, tendentes a mejorar los indicadores de reutilización y reciclado, y plantas móviles de compostaje que puedan conjugar la calidad del producto obtenido y su aplicación en el mismo entorno donde se produce.

A continuación se muestra un resumen del número, la distribución provincial y el estado de desarrollo de las instalaciones necesarias de acuerdo con este Plan:

(*) Arenas de San Pedro entrará en funcionamiento una vez terminado el Depósito de Rechazos correspondiente.

(**) Se está realizando la ampliación y modernización.

Dentro de este programa se tendrán en cuenta los impactos indirectos e inducidos por las nuevas infraestructuras y su repercusión en las áreas sensibles, especialmente, los indicadores del control de la eficacia de las medidas correctoras asociadas a las instalaciones.

8.3. PROGRAMA DE REUTILIZACIÓN Y RECICLADO

El Programa de Reutilización y Reciclado hace especial hincapié en lo relativo a envases de vidrio, papel-cartón y otros y tiene por objeto completar la instalación de contenedores de vidrio y papel-cartón hasta alcanzar una densidad de contenedores de uno cada 500 habitantes en todas las poblaciones de Castilla y León de más de 250 habitantes (en caso de poblaciones con habitantes comprendidos entre 250 y 500 se dispondrá al menos de un contenedor) para cada componente y de un contenedor de envases ligeros o de materia orgánica (según el sistema elegido) de 800 l. cada 200 habitantes o uno de 2.500 cada 500 para poblaciones mayores de 1.000 habitantes. En el presente Plan se contempla la instalación de 250 contenedores de vidrio, otros 1.250 contenedores de papel-cartón y 1.500 y 6.000 (según la capacidad) de envases ligeros, en colaboración con los sistemas integrados de gestión de envases y los responsables de la puesta en el mercado de sustancias que finalmente sean residuo de estas características.

Este programa se debe desarrollar en colaboración estrecha con los sistemas integrados de gestión a los efectos de desarrollar campañas de información y sensibilización ciudadana, y establecer modelos de seguimiento de la gestión de cara a optimizar la misma.

Dentro del principio de cooperación se realizarán estudios de itinerarios de transporte de residuos, que contemplen incluso la colaboración entre áreas de gestión adyacentes para la optimización de los recorridos.

Se estudiará el establecimiento de indicadores consolidados para la realización de un análisis coste-beneficio ambiental específico para áreas periféricas o con dificultades específicas en el transporte de residuos (orográficas, climatológicas o de otro tipo).

Asimismo se establecerán mecanismos de colaboración con los Sistemas Integrados de Gestión, los gestores autorizados y las administraciones y organismos implicados, para evitar duplicidades en los desplazamientos y optimizar éstos (por ejemplo, empleando vehículos de carga mixta para la recogida simultánea de varios tipos de residuos en localidades de pequeño tamaño y alejadas de los núcleos de producción, o evitando la contratación de gestores distintos para la recogida de residuos compatibles en una misma localidad o en localidades próximas).

Con el objetivo de favorecer la reutilización de envases, se propone alcanzar acuerdos voluntarios con asociaciones de empresas de hostelería a fin de fomentar el uso en esos establecimientos de envases reutilizables, así como en aquellos centros dependientes de la administración tales como hospitales, residencias de personas mayores, comedores escolares, etc.

Asimismo se fomentará el control de grandes generadores de productos con envases que se convertirán en residuos para comprobar si gestionan directamente éstos, participan en un sistema organizado de residuos, contribuyen económicamente a los sistemas públicos de gestión de residuos o utilizan un sistema de depósito, devolución y retorno (Ley 11/1997, de 24 de abril, de Envases y Residuos de Envases).

Dentro de este programa deben abrirse las vías orientadas a la apertura de mercados para las sustancias recicladas mediante el desarrollo de normas de productos, ayudas a empresas que utilicen material reciclado, acciones demostrativas desde las administraciones y la progresiva inclusión en las empresas de Castilla y León de las Políticas Integradas de Productos.

Igualmente, la gestión de determinados tipos de residuos puede ser objeto del trabajo de colectivos desfavorecidos, que a su vez proporcionan a la sociedad una ventaja en la gestión de los residuos urbanos. En esta línea, se favorecerá la gestión de tipos concretos de residuos orientada a su reciclaje por parte de estos colectivos, siempre que estén constituidos en sociedades legalmente reconocidas.

Deberá insistirse en la implantación de Sistemas Organizados de Gestión de residuos producidos en el ámbito doméstico que generan problemas en cuanto a su gestión (voluminosos, líneas blanca y marrón de electrodomésticos) o susceptibles de contener sustancias peligrosas que puedan ser reutilizados o valorizados (pilas, baterías, pinturas, disolventes, etc).

En el ámbito de este plan, se promoverán acciones tendentes a que en obras, suministros y servicios a las diferentes administraciones públicas, se valore positivamente o se incluya como obligatorio el uso de materiales reciclados, como por ejemplo, la inclusión en los pliegos de contratación y presupuestos de las obras de elementos que primen la reutilización de materiales, y en general, cualquier iniciativa de las administraciones locales tendentes a mejorar los indicadores de reducción, reutilización o reciclado del sistema.

No obstante, la gestión de los residuos de envases tendrá en cuenta el cumplimiento de la normativa sectorial vigente y las modificaciones que dicha normativa incorpore durante la vigencia del Plan.

8.4. PROGRAMA DE CLAUSURA Y SELLADO DE VERTEDEROS

Este Programa de Clausura y Sellado de Vertederos se confirma como elemento esencial a partir de la puesta en marcha de los sistemas de gestión provinciales y persigue la desaparición de los vertederos tradicionales y la recuperación de los entornos donde se encontraban.

Se ha partido del inventario, caracterización de efectos en el medio ambiente y sellado de los vertederos de residuos, realizado durante el año 1999 en todas las provincias de Castilla y León. Con base en el mismo, se estableció un orden de prioridad del sellado y se han cuantificado los costes de estas acciones.

Ello no obstante, dada la heterogeneidad y diversidad de criterio de los equipos redactores, así como el tiempo transcurrido desde su redacción, lo que puede haber inducido la generación de nuevos vertederos incontrolados, exige que se lleve a cabo de forma inmediata, una actualización de los vertederos existentes en la Comunidad.

Se establecerán prioridades para el sellado de los vertederos, entendiéndose que se deberá tender a la desaparición progresiva de todas las instalaciones de vertido ajenas a los depósitos de rechazos previstos.

Realizado hasta la fecha el sellado de un gran número de vertederos, se indica de forma genérica la situación actual en el cuadro adjunto:

El Programa de clausura y sellado de los vertederos que van a dejar de ser operativos como consecuencia de la implantación del Plan Regional de Residuos, persigue el sellado progresivo de todos los vertederos, en especial aquellos deficientemente controlados o incontrolados.

Para el seguimiento y control de los vertederos clausurados y sellados, el Programa establece, en línea con lo indicado en el Real Decreto 1481/2001, un conjunto de procedimientos de control posteriores a la clausura y sellado de los vertederos con el fin de localizar cualquier efecto ambiental no deseable y adoptar las medidas correctoras apropiadas. Cada acción de sellado de un vertedero agotado o incontrolado conllevará la redacción de un Plan de Control que indicará los organismos responsables de su desarrollo.

Al mismo tiempo se establecerán las medidas que se estimen oportunas, de acuerdo con las circunstancias del lugar para evitar que se produzcan nuevos vertidos incontrolados, para lo cual se coordinarán los servicios implicados de la Junta de Castilla y León con el Servicio de Protección de la Naturaleza de la Dirección General de la Guardia Civil (SEPRONA), procediendo a realizar la vigilancia necesaria, así como a efectuar las denuncias oportunas.

8.5. PROGRAMA DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA Y DIVULGACIÓN

Los principios básicos del Plan: Reducción, reutilización y reciclado o valorización, pueden no llegar a alcanzarse si no se dan las necesarias condiciones de aceptación social y de vinculación de los ciudadanos con los mismos.

Estos aspectos exigen:

• Correcta difusión del Plan.

• Fomento de la participación pública para el desarrollo y revisión del mismo.

• Esfuerzo en formación e información.

El Programa de Participación Ciudadana y Divulgación que se pretende implantar tiene los siguientes objetivos:

–Informar tanto a los ciudadanos como a los municipios sobre las actuaciones derivadas del Plan.

–Motivar a la población sobre la necesidad de la separación en origen de los residuos urbanos para su posterior reutilización y reciclaje, utilizando los servicios e instituciones municipales y empresas privadas.

–Fomentar la prevención mediante prácticas de reducción de los residuos urbanos, hábitos de compra, sistemas de consumo y ahorro, etc. consecuentes con la protección del medio ambiente. En este sentido se insistirá en la necesidad de que el consumidor valore positivamente el aumento de la relación producto/envase.

–Evitar el rechazo social que en ocasiones se produce frente a la implantación de instalaciones de gestión de residuos, y que se debe fundamentalmente a un desconocimiento tanto de su funcionamiento, como de los controles a los que están sometidas y el trascendente papel que desempeñan de cara a una gestión ambientalmente adecuada de los residuos.

–Fomentar el uso de los productos reutilizados y reciclados, así como del compost obtenido en las plantas de tratamiento o en los sistemas de recogida selectiva.

Sobre la base de estos objetivos los entes administrativos encargados de su desarrollo y los sistemas integrados de gestión, bajo la supervisión de las Administraciones Públicas, realizarán campañas de información y sensibilización dirigidas al público en general y a los responsables municipales de su aplicación y, en concreto, desarrollarán, entre otras, las siguientes acciones:

• Campañas de comunicación generales dirigidas a todos los ciudadanos sobre la gestión de los residuos y su problemática, así como de la información relativa al ciclo de vida útil de cada componente de los residuos.

• Campañas de información sobre el funcionamiento de las instalaciones de gestión de residuos dirigidas, en general, a sus usuarios y, en concreto, a los de su entorno próximo.

• Creación de cauces administrativos para el asesoramiento de Mancomunidades y Municipios en el tema de los residuos.

• Jornadas y cursos de formación de carácter técnico dirigidos a los responsables de la gestión de los residuos de empresas y organismos públicos.

• Inclusión en los programas de Educación Primaria y Secundaria de temas específicos sobre generación y gestión de residuos, en los que se trate el sistema adoptado en Castilla y León, incorporando de esta forma la gestión de residuos en el sistema educativo e incidiendo en la idea de “el niño como catalizador de hábitos de comportamiento en el hogar y futuro agente de consumo”.

• Incorporación en las instalaciones de tratamiento de aulas destinadas a informar a los ciudadanos y a los niños, en particular, del funcionamiento de las mismas y del sistema en general y su contribución a los objetivos generales de respeto y salvaguarda del medio ambiente.

En el desarrollo de este programa se deberán tener en cuenta las siguientes consideraciones:

• El público implicado deberá disponer de información (incluyendo la relativa a como participar) bien por anuncio o individualmente, en fases iniciales en el proceso de desarrollo del Plan de manera adecuada, efectiva y oportuna.

• Se potenciarán los trámites de información pública mediante acciones específicas como la edición de materiales explicativos y de su distribución entre la población; aumento de la disponibilidad de los elementos sometidos a información pública, mediante su distribución a las Administraciones Locales; inclusión en la página Web institucional, etc.

• Se procederá a la integración explícita de los objetivos y métodos propuestos para las acciones de comunicación, asesoramiento e información contempladas en el Plan, con los principios desarrollados en la Estrategia de Educación Ambiental de Castilla y León 2003-2007, aprobada por Acuerdo 3/2003, de 2 de enero.

8.6. PROGRAMA DE CONTROL, GESTIÓN Y EVALUACIÓN DEL PLAN

La finalidad que se persigue con este Programa es controlar, y en la medida de lo posible minimizar, las potenciales afecciones sobre el medio ambiente a través de un seguimiento del funcionamiento de las instalaciones previstas en el Plan, así como del cumplimiento de los objetivos propuestos.

Para ello la Consejería de Medio Ambiente desarrollará un Programa de Gestión y Control del Plan, que contemplará al menos los siguientes aspectos:

• Procedimientos de recepción de información sobre las actividades de gestión de residuos.

• Metodología de vigilancia de Infraestructuras y Equipamientos.

• Planificación de Inspección de Infraestructuras y Equipamientos.

• Pautas de Control y Seguimiento interno de las inspecciones.

• Análisis estadístico de datos de producción de residuos urbanos. En este sentido, será obligatorio por parte de las mancomunidades de gestión de residuos, o de los municipios en caso de no estar mancomunados, la remisión anual al Consorcio Provincial, que a su vez lo hará a la Dirección General de Calidad Ambiental de la información relativa a la producción y gestión de los residuos solicitada según el Anexo I a este Plan.

• Establecimiento de índices de seguimiento en el tratamiento de los residuos (para las distintas instalaciones) que permitan conocer los grados de recuperación y valorización de los residuos en función de las entradas y salidas que se produzcan en los centros de tratamiento. El análisis de estos índices deberá permitir a las Administraciones primar/penalizar a los gestores por la eficiencia del tratamiento realizado en las instalaciones.

• Evaluación de los datos de producción de los residuos contemplados en el Plan.

• Efectividad de las campañas de sensibilización e información.

• Eficacia de los sistemas de recogida selectiva implantados.

• Adecuación de los objetivos del Plan a la información actualizada y a los avances tecnológicos.

• Metodología de vigilancia de infraestructuras y equipamientos.

Derivado de este programa y de acuerdo con los resultados se publicarán anualmente las estadísticas y los datos más significativos de la gestión en la memoria anual de la Consejería de Medio Ambiente.

Igualmente, en el ámbito que corresponda, deberán desarrollarse ordenanzas de gestión de residuos adaptadas a los preceptos de este Plan, que determinen las obligaciones y derechos de los ciudadanos en el marco del mismo. En concreto, deberán establecer entre otros aspectos:

• La forma de segregar los residuos.

• Los lugares donde deben depositarse por los ciudadanos.

• La forma de repercutir en los usuarios el coste de la gestión en aplicación del principio “quien contamina paga”, que necesariamente deberá desarrollarse de una forma inversamente proporcional a la segregación de los residuos efectuada, es decir, cuanto más segregados se entreguen los residuos al ente gestor, menor coste se debería repercutir al productor.

• Sistemas para tomar en consideración, a la hora de tramitar autorizaciones y licencias ambientales, la cantidad y tipología de residuos a producir, la adecuación de la gestión y la posibilidad de ser gestionado con los medios municipales.

Unidos a estas ordenanzas, se establecerán unos criterios de calidad mínimos en el servicio al ciudadano, tendentes a establecer pautas para la ubicación de los contenedores en la vía pública, limpieza de los mismos, tiempo de respuesta cuando estén a punto de llenarse, refuerzos del servicio en momentos de producción punta, etc.

A continuación se establece un ESQUEMA RESUMEN DEL MODELO DE GESTIÓN.

En cuanto al modelo de gestión se consideran las siguientes determinaciones:

• Serán de “aplicación plena”:

•El seguimiento y control de los vertederos clausurados y sellados en lo que se refiere al Real Decreto 1481/2001.

•El establecimiento del Programa de Gestión, Control y Evaluación del Plan.

•La obligación por parte de los entes gestores de residuos del suministro de información, relativa a la producción y gestión (índices de seguimiento) de los residuos, a la Junta de Castilla y León.

• Serán de “aplicación básica”:

•Las actuaciones del Programa de Prevención que tienen por destinatarios a las Administraciones Públicas.

•La inclusión de criterios de valoración positiva sobre el uso de materiales reciclados en obras, suministros y servicios contratados por las Administraciones.

•Introducción en los Programas Educativos de temas específicos sobre la generación y gestión de residuos en Castilla y León.

•El desarrollo de Ordenanzas Municipales para la gestión de residuos.

• Serán de “aplicación orientativa”:

•Las campañas de comunicación e información en materia de residuos por parte de las Administraciones Públicas.

•El establecimiento de primas/penalizaciones, por parte de las Administraciones a los gestores de residuos en función de los grados de cumplimiento de los índices de seguimiento previstos en el tratamiento de los residuos que realicen.

9.– GESTIÓN DEL PLAN

9.1. ORGANISMOS ENCARGADOS DEL DESARROLLO Y CUMPLIMIENTO DEL PLAN

La legislación determina que los municipios son las entidades administrativas encargadas de procurar el servicio de recogida y tratamiento de los residuos generados en su ámbito geográfico:

• Según el Artículo 4, punto 3 de la Ley 10/1998, de 21 de abril, de Residuos, las Entidades locales serán competentes para la gestión de los residuos urbanos, en los términos establecidos en dicha Ley y en las que, en su caso, dicten las Comunidades Autónomas. Corresponde a los municipios, como servicio obligatorio, la recogida, el transporte y, al menos, la eliminación de los residuos urbanos, en la forma en que establezcan las respectivas Ordenanzas.

• Según el Artículo 20, punto 1. m, de la Ley 1/1998, de 4 de junio, de Régimen Local de Castilla y León, los municipios de Castilla y León ejercerán competencias, en los términos de la legislación del Estado y de las Leyes de la Comunidad Autónoma en la Red de suministro y tratamiento del agua; servicios de limpieza viaria, de recogida y de tratamiento de residuos.

No obstante, la carga creciente que el servicio implica para los erarios municipales, la cuantía de las inversiones que suponen los sistemas de recogida y tratamiento, las exigencias crecientes de la población en lo que concierne a la protección del medio ambiente y, por otra parte, el propio ordenamiento legal, ha impuesto la necesidad de analizar la problemática planteada por los residuos urbanos con una perspectiva a largo plazo, mediante el estudio de diferentes alternativas, tanto técnico-económicas, que aseguren una solución adecuada al coste más bajo posible, como de gestión, mediante formas mancomunadas de prestación del servicio, que permitan beneficiarse de los efectos de las economías de escala.

Debido a este hecho es aconsejable un ámbito de prestación del servicio de recogida y tratamiento de los residuos de orden supramunicipal, ya que el diseño de la estructura básica de configuración del servicio debe de contemplar conjuntamente tanto la recogida como el tratamiento de los residuos, buscando una solución que garantice unos costes mínimos en el funcionamiento conjunto del sistema. No hay que olvidar que, en cualquier caso, serán los municipios los que en último término tienen la obligación de posibilitar esta integración en estructuras de gestión de ámbito superior al municipal como mejor forma, desde los puntos de vista técnico, económico y ambiental, de cumplir la legislación vigente.

Las características de este servicio promueven modalidades de organización que agrupen varios municipios, suministrando así una zona territorial razonable para su explotación, permitiendo instalaciones y elementos que aisladamente serían inalcanzables para los Ayuntamientos respectivos, teniendo en cuenta, por un lado, su coste o que serían técnicamente inviables por no llegar a una capacidad mínima de tratamiento.

Las alternativas que se proponen para articular el sistema son las siguientes:

• Mancomunidades, como órganos zonales de recogida de los residuos.

• Consorcio provincial, como organismo encargado del transporte desde las plantas de transferencia, del tratamiento y de la eliminación de los residuos a nivel provincial.

• Sociedades mercantiles interlocales, como entes encargados de facilitar la reutilización, reciclaje y valorización de los residuos.

Se establece la figura los Consorcios Provinciales que tendrán como objetivo realizar, bien por ellos mismos, bien a través de las correspondientes contratas, la gestión del servicio, en el que se incluye la recogida, el transporte hasta las plantas de transferencia y/o los centros de tratamiento final, así como las instalaciones de valorización y tratamiento de las diferentes fracciones. Es decir, controlar todo el ciclo de gestión de los residuos en sus distintos momentos. Así mismo deberán establecerse los convenios que estimen oportunos con los sistemas integrados de gestión autorizados, a los efectos de que recuperen en ellos el sobrecoste de la recogida selectiva de residuos de envases y otras sustancias puestas en el mercado que finalmente son residuo.

Esta gestión se ve facilitada por la formación de Mancomunidades (muchas de las cuales ya están formadas) que integren los municipios que constituyen las Áreas de Gestión que se definen en el modelo propuesto en el Plan, y cuya misión será la estructuración del sistema de recogida acorde con él y su transporte hasta los centros de transporte o tratamiento de esas Áreas de Gestión.

Las distintas sociedades mercantiles deberán dar la cobertura necesaria a los distintos organismos para el cumplimiento del Plan.

Por otra parte, y de cara a buscar la máxima coordinación administrativa, la figura de Consorcio Provincial de Residuos Urbanos tendrá esencialmente las siguientes funciones:

–Verificar que la gestión de los residuos en las distintas agrupaciones provinciales cumple con todos los parámetros medioambientales.

–Dar cobertura económica y administrativa al desarrollo del Sistema de Gestión.

–Establecer la vigilancia del cumplimiento de los objetivos del Plan Regional de Ámbito Sectorial de Residuos Urbanos de Castilla y León y, en su caso, del Plan Provincial.

–Otros objetivos globales del Consorcio comprenderían la lógica coordinación con la Junta de Castilla y León, de cara a la promoción de actividades tendentes a fomentar:

• La minimización de residuos y disminuir su peligrosidad.

• La valorización de los residuos.

• La disposición controlada de los rechazos.

• La recuperación de suelos contaminados por descargas incontroladas y el sellado de vertederos.

• La extensión progresiva de una red de puntos limpios.

–Alcanzar acuerdos con los sistemas integrados de gestión de envases y de sustancias que al final de su vida útil son residuos urbanos.

Entidades que formarían parte del Consorcio Provincial serían las mancomunidades, los ayuntamientos de los principales centros de población, municipios no agrupados y las Diputaciones Provinciales.

9.2. ANÁLISIS ECONÓMICO

9.2.1. COSTES DE GESTIÓN

Dentro de las directrices básicas que establece el presente Plan está la que determina que el productor de los residuos debe asumir los costes derivados de su gestión atendiendo al principio “quien contamina paga”. Es misión, por tanto, de este Plan, transmitir al ciudadano que el desarrollo de un modelo de gestión de residuos llevado a cabo en las mejores condiciones ambientales y de salubridad y en aras de la conservación y mejora del medio ambiente, lleva implícitos unos costes de los que en último término deberá ser destinatario.

Los citados costes asociados a la gestión de los residuos dependen de un gran número de factores, que van, entre otros, desde el total de la población atendida, pasando por la ubicación geográfica de la generación, hasta el tipo de tratamiento y el destino final de los productos ya sea valorización o eliminación controlada en depósitos de rechazos.

En estos costes deben de estar comprendidos no sólo los gastos de explotación que se producen en el tratamiento de los residuos sino los de recogida, trasporte y amortización de las infraestructuras, instalaciones y equipamientos necesarios para su desarrollo (tanto durante la fase de construcción como en la de mantenimiento y posterior clausura).

En este epígrafe se pretende indicar a modo orientativo y esquemático, teniendo en cuenta que los valores finales adoptados (que deberán se analizados por los Consorcios Provinciales) dependen de las circunstancias particulares en las que se apliquen, los costes medios asociados a la gestión de los residuos:

– Coste de recogida (incluso amortización y mantenimiento de equipamientos y transporte a planta de transferencia):

• Fracción de envases45 a 80 €/T.

• Fracción resto o residuo bruto15 a 30 €/T.

– Coste de transporte de planta de transferencia a Centro de tratamiento:

• Fracción de envases16 a 40 €/T.

• Fracción resto o residuo bruto4 a 10 €/T.

– Coste explotación y mantenimiento de instalaciones de tratamiento:

• Fracción de envases-90 a -65 €/T.

• Fracción resto o residuo bruto10 a 26 €/T.

– Coste de eliminación del rechazo4 a 6 €/T.

– Coste de amortización de infraestructuras e instalaciones de tratamiento:

• Fracción de envases6 a 20 €/T.

• Fracción resto o residuo bruto10 a 18 €/T.

– Coste de amortización de depósito de rechazos6 a 9 €/T.

–Coste de desmantelamiento y clausura de infraestructuras e instalaciones

• Fracción de envases1 a 2 €/T.

• Fracción resto o residuo bruto1 a 2 €/T.

– Coste de sellado y postclausura del depósito de rechazo4 a 6 €/T.

– Coste de control y seguimiento de la gestión1 a 2 €/T.

Estos costes, aunque meramente orientativos, establecen que el precio medio de la tonelada recogida y gestionada (hecha la parte proporcional de envases y resto) suponen una cantidad comprendida entre 45 y 98, lo que implica, teniendo en cuenta la producción media anual de un ciudadano (1,14 kg/habitante.día) un coste por habitante comprendido entre 19 y 41 /año, lo que unido al hecho de que una familia está constituida por término medio por 3,5 personas, su coste anual representa entre 65 y 143

Se diferenciarán, con carácter general, dos tipos de tarifas: transporte desde plantas de transferencia y tratamiento/eliminación en los centros previstos.

No obstante, en virtud de los principios de solidaridad y colaboración, los importes que se fijen en cada una de las provincias por los correspondientes Consorcios Provinciales deberían responder al criterio de una tasa única, que englobaría los costes del transporte desde las plantas de transferencia, tratamiento del residuo y eliminación del rechazo.

9.2.2. COSTES DE INVERSIÓN PREVISTOS EN EL PLAN

Los costes de inversión y explotación previstos para la puesta en funcionamiento del Plan Regional de Ámbito Sectorial de Residuos Urbanos y Residuos de Envases se recogen de forma resumida en la siguiente tabla. Se valoran únicamente los costes de las instalaciones previstas para el desarrollo del Plan que están en fase de proyecto o construcción. La valoración de la ejecución del Plan se realiza con dos horizontes, uno inicial para el año 2007, en el que la financiación de las infraestructuras cambiará por finalizar en esa fecha el actual marco de financiación a través de fondos europeos y un segundo horizonte para el año 2010.

A continuación se establece en las tablas siguientes las inversiones previstas en función del desarrollo previsto de los programas.

En cuanto a la gestión del Plan se consideran las siguientes determinaciones:

• Serán de “aplicación básica”:

•La constitución de los Consorcios Provinciales o un “ente” que garantice la gestión provincial de los residuos.

•Las funciones previstas para los Consorcios Provinciales

• Serán de “aplicación orientativa”:

•Los costes de gestión previstos en el Plan.

•Las inversiones previstas en el Plan.

10.– FINANCIACIÓN DEL PLAN

La financiación de las infraestructuras para la gestión de los residuos urbanos podrá ser de origen público o privado. La Unión Europea, por su parte, dispone de una serie de líneas de financiación para acciones medioambientales que se estructuran en tres grandes grupos:

• Programa Life.

• Fondos Estructurales.

• Fondos de Cohesión.

La financiación privada en el Plan procede de la aplicación del artículo 8 de la Ley de Residuos y del artículo 10.2 la Ley de Envases y Residuos de Envases, que contemplan el desarrollo de acuerdos voluntarios y la implantación de los Sistemas Integrados de Gestión (S.I.G.), a través de los cuales las Entidades Locales recuperarán el sobrecoste que les supone la recogida selectiva de los materiales de envase o productos que tras ser puestos en el mercado, finalmente se convierten en residuo, obteniéndose unos ingresos que contribuyen a la adquisición de equipos, la amortización de las inversiones, a la reducción de los costes de explotación.

La financiación privada pudiera también intervenir en el Plan, si se dan las circunstancias de inversión directa en infraestructuras, por medio de algunos de los sistemas actualmente aplicables (Project Finance, etc.).

Las Entidades Locales, independientemente de su tamaño, son competentes en la recogida, tratamiento, y eliminación de los residuos por imperativo de la Ley de Residuos.

Los gastos de estas operaciones deben ser asumidos por los Entidades Locales, que en aplicación del principio “quien contamina, paga”, deberán repercutirlos sobre los ciudadanos a través de las correspondientes tasas de recogida y eliminación de residuos. Los Sistemas Integrados de Gestión deben contribuir a reducir las tasas que se aplican a los ciudadanos mediante el abono de los costes adicionales derivados de la recogida selectiva de sus residuos.

Los Consorcios Provinciales de Gestión de Residuos establecerán la tasa a aportar por cada Entidad Local participante en el mismo, de tal forma que pueda hacerse frente a los gastos de gestión del respectivo sistema provincial.

Se establece la siguiente FINANCIACIÓN DEL PLAN:

• Financiación Privada.

Su intervención se considera indicada en los programas de prevención, implantación de instalaciones y equipos (en la contenerización) y en el de participación ciudadana y divulgación.

Se estima que esta financiación será del 8% de la inversión prevista en el Plan.

• Financiación Pública.

Dentro de este epígrafe se consideran los recursos propios que puedan aportar las distintas Administraciones Públicas (Comunidad Autónoma, Diputaciones o Consorcios y Ayuntamientos) así como los Fondos Europeos que se puedan gestionar en esta materia.

Se estima que esta financiación será del 92% de la inversión prevista en el Plan de la que un porcentaje muy significativo (“50%) serán Fondos de Cohesión destinados a las instalaciones básicas del sistema (plantas de transferencia, centros de tratamiento), así como al sellado de vertederos, en línea con el apoyo financiero que se ha disfrutado desde 1997 hasta la fecha, para ir desarrollando las infraestructuras del sistema (“140 M.). En dicha partida estaría incluida la componente de divulgación exigida por la gestión de fondos europeos.

En cuanto a la financiación del Plan se consideran las siguientes determinaciones:

• Serán de “aplicación orientativa”:

•La financiación que se recoge en el Plan.

11.– SEGUIMIENTO Y ACTUALIZACIÓN DEL PLAN

De forma general se establece la actualización del Plan si se considera preciso, en un período de tres años, contados a partir de su aprobación y entrada en vigor.

Asimismo, se proponen unos indicadores para la realización del seguimiento del Plan:

Con el fin de coordinar el cumplimiento de objetivos del Plan se constituirá un órgano o grupo de trabajo, cuya finalidad será el control, seguimiento y revisión del Plan incorporando en su análisis no sólo de la información obtenida sino los avances tecnológicos que se vayan produciendo. En el espacio de tiempo durante el cual no se encuentre en funcionamiento este grupo de trabajo el seguimiento del Plan se realizará a través del Consejo Asesor de Medio Ambiente creado mediante el Decreto 227/2001, de 27 de septiembre.

En cuanto a la gestión del Plan se consideran las siguientes determinaciones:

• Serán de “aplicación básica”:

•El período previsto para la actualización y vigencia del Plan.

• Serán de “aplicación orientativa”:

•Los indicadores y objetivos cuantitativos previstos en el Plan.

PROVINCIA DE ÁVILA

1.– SITUACIÓN ACTUAL

1.1. Organización supramunicipal.

La provincia de Ávila está constituida por 248 municipios, con una población de hecho (año 2003) de 165.480 habitantes, de los que sólo 4 municipios (Ávila, Arévalo, Arenas de San Pedro y Candeleda) superan los 5.000 habitantes y 152 tienen menos de 250. Hay que indicar que tanto en lo que se refiere a la gestión actual como propuesta, los núcleos de Santa María del Cubillo (400 habitantes) y Maello (659 habitantes) se gestionan en la provincia de Segovia. Por tanto, la provincia de Ávila gestiona un total de 246 municipios, con una población de 164.421 habitantes.

1.2. Residuos generados.

La provincia de Ávila genera 70.973 T./año de R.U. (sin contabilizar la recogida selectiva de papel-cartón y vidrio).

Se ha supuesto (de forma sensiblemente coincidente con los datos reales) una producción de residuos de 1,15 Kg./hab/día para población superior a 5.000 habitantes, 1,05 Kg./hab/día para las que se sitúan entre 1.000 y 5.000, y 0,93 Kg./hab/día, para las inferiores a 1.000 habitantes. Con objeto de incorporar la población flotante que se produce en la zona del Ti´Etar (3 mancomunidades) y hacerla coincidente con la real se ha aumentado en un porcentaje la tasa de producción por habitante de hecho.

Por tanto, la tasa media de producción en dicha provincia, sin contabilizar cartón y vidrio (recogido en áreas de aportación), se sitúa en 1,18 Kg.bolsa/hab y día.

En cuanto a la recogida selectiva de residuos, ésta se puede cifrar en:

– Papel/Cartón:1.288 T./año

– Vidrio:1.091 T./año

– Envases (sólo en Ávila “ 5.000 habitantes):342 T./año

Los contenedores de envases así como la recogida de la 2ª bolsa son de reciente implantación, por lo que los datos de recogida son muy bajos todavía.

De estos datos podemos deducir que la producción de residuos urbanos en la provincia es de 73.352 T./año, lo que supone una producción de 1,21 Kg./hab/día.

1.3. Infraestructuras de tratamiento existentes.

En la provincia de Ávila están constituidas 16 mancomunidades para la recogida de residuos urbanos, que comprenden 207, municipios con una población atendida de 97.353 habitantes. Entre los 39 municipios no mancomunados se encuentran Ávila con 52.078 habitantes y Arévalo con 7.614. Los otros 37 municipios restantes tienen 7.376 habitantes.

En la actualidad están en funcionamiento 4 plantas de transferencia, situadas en El Barraco, el Barco de Ávila, Villanueva del Aceral y Piedrahíta. En Ávila capital (Urraca-Miguel) se encuentra un C.T.R. que consta de clasificación y selección, biometanización con aprovechamiento energético, compostaje y depósito controlado de rechazos, con una capacidad de tratamiento de 80.000 T./año en una sola línea y tratamiento de 35.000 T./año de materia orgánica. Dispone igualmente de clasificación y selección de envases.

Está construido igualmente un CTR en Arenas de San Pedro con clasificación y selección, compostaje, y en construcción, el depósito de rechazos.

Los residuos generados en Ávila capital son llevados al CTR de Ávila (Urraca-Miguel), al igual que los R.U. recibidos en las tres plantas en funcionamiento mencionadas (se desarrolla en el Anexo II). El resto de la provincia vierte en distintos vertederos municipales.

1.4. Puntos limpios.

En la provincia de Ávila existen 4 puntos limpios gestionados por los ayuntamientos (Ávila, Arenas de San Pedro, Candeleda y Arévalo) en poblaciones mayores de 5.000 habitantes y otro en Navas del Marqués (con 4.649 habitantes).

Los residuos voluminosos acumulados en los puntos limpios se llevan directamente al vertedero.

1.5. Equipamiento.

El número de contenedores de vidrio en la provincia de Ávila es de 703 (Ratio = 235,39 Hab/contenedor); el número de contenedores de papel/cartón es de 332 (Ratio = 498,43 Hab/contenedor); y el número de contenedores de envases es de 301 (Ratio = 549,77).

1.6. Sistema de recogida implantado.

En Ávila capital está implantada la recogida selectiva con doble bolsa (envases y “resto”. El resto de la provincia no tiene recogida selectiva de envases.

1.7. Vertederos activos e inactivos.

En la actualidad se encuentran en explotación los vertederos de Sotillo de la Adrada, Arenas de San Pedro y Vega de Santa María, además del depósito controlado de rechazos existente en Urraca-Miguel.

En el año 2000 se inventariaron 137 vertederos de distinta importancia. Han sido sellados los siguientes:

– Ávila

– La Adrada

– Poyales del Hoyo

– Piedralaves

– Casavieja

– San Lorenzo de Tormes

2.– MODELO DE GESTIÓN PROPUESTO

2.1. DESCRIPCIÓN DEL MODELO.

Se plantea el funcionamiento del sistema provincial de gestión de residuos con 8 Áreas de Gestión, con seis plantas de transferencia y dos CTR, con sus respectivos depósitos de rechazos (uno al norte y otro al sur de la Sierra de Gredos). Las tablas que se adjuntan a continuación especifican la organización del modelo:

Seis de las Áreas de Gestión llevarán sus residuos al CTR de Urraca-Miguel, donde se procederá a su tratamiento, y las dos restantes irán al CTR de Arenas de San Pedro.

2.2. Infraestructuras de tratamiento del modelo.

El modelo propuesto constará de las siguientes infraestructuras:

– Plantas de transferencia

Las plantas de transferencia se encuentran ya ejecutadas y en óptimas condiciones, encontrándose en proyecto la construcción de las plantas de transferencia correspondiente a las áreas 5 y 6 consideradas en la provincia.

La inversión necesaria para la construcción de las plantas de transferencia pendientes de proyecto es de 1.200.000 Euros.

– Centros de Tratamiento de Residuos

El C.T.R. de la zona norte se ubica en Urraca-Miguel, estando en funcionamiento en la actualidad, con una capacidad de tratamiento de 80.000 T./año, suficiente para la zona de la provincia que tiene asignada.

El CTR de Arenas de San Pedro se encuentra terminado y listo para el comienzo de la explotación. Tiene una capacidad de tratamiento de 25.000 T./año.

En cuanto a las áreas de tratamiento, de acuerdo a las áreas de gestión establecidas serán:

– Depósito de rechazos.

El depósito de rechazos de Urraca-Miguel se encuentra ya ejecutado junto al C.T.R., restándole una vida útil de 10 años y el de Arenas de San Pedro se ha terminado recientemente de construir, y se ha proyectado con una vida útil de 20 años.

2.3. Puntos limpios.

Fijando el marco de actuación en las poblaciones mayores de 5.000 habitantes no se hace necesaria la ejecución de nuevos puntos limpios.

En cuanto a los puntos limpios en poblaciones entre 2.000 y 5.000 habitantes serán necesarios los siguientes:

– La Adrada

– El Barco de Ávila

– El Barraco

– Cebreros

– Hoyo de Pinares

– Navaluenga

– Piedrahíta

– Piedralaves

– Sotillo de la Adrada

– El Tiemblo

La inversión necesaria para su realización sería de 600.000.

En poblaciones entre 1.000 y 2.000 habitantes será necesario ejecutar los siguientes:

– Madrigal de las Altas Torres

– Casavieja

– Burgohondo

– Pedro Bernardo

– Mombeltrán

– Solosancho

– El Arenal

La inversión necesaria para su realización sería de 350.000.

2.4. Equipamiento.

Teniendo en cuenta el objetivo de equipamiento previsto en el presente plan, se hace necesaria la colocación de los siguientes contenedores:

– Contenedores de vidrio8

– Contenedores de papel/cartón126 (2,5 m3)

– Contenedores de envases129

La inversión necesaria será de 80.000 €.

2.5. Sellado de vertederos.

El número de vertederos pendiente de sellado es de 134 con una inversión estimada de 13.580.000 €.

PROVINCIA DE BURGOS

1.– SITUACIÓN ACTUAL

1.1. Organización supramunicipal.

La provincia de Burgos está constituida por 371 municipios, con una población de hecho (año 2003) de 355.205 habitantes, de los que sólo 4 municipios (Aranda de Duero, Briviesca, Burgos y Miranda de Duero) superan los 5.000 habitantes y 262 tienen menos de 250.

De los 371 municipios totales, Castrillo de Riopisuerga con 76 habitantes, Rezmondo con 26 habitantes y Zarzosa de Riopisuerga con 53 habitantes son municipios pertenecientes a la provincia de Burgos pero son gestionados en la provincia de Palencia en la mancomunidad Boedo-Ojeda.

Aldeanueva de la Serrezuela municipio con 34 habitantes, Aldehorno con 67, Honrubia de la Cuesta con 62, Montejo de la Vega de la Serrezuela con 195 y Pradales con 72 habitantes, son municipios de Segovia gestionados por la mancomunidad de Valle del Río Riaza en Burgos.

Lantadilla con 475 habitantes pertenece a la mancomunidad Odra Pisuerga, Quintana del Puente con 251, Villodrigo con 104 y Cobos de Cerrato con 228 habitantes pertenecen a la mancomunidad Bajo Arlanza y Espinosa de Cerrato con 249 habitantes pertenece a la mancomunidad Riberas del Arlanza y del Monte. Todos estos municipios pertenecen a Palencia y son gestionados por la provincia de Burgos.

Teniendo en cuenta los municipios de Burgos que son gestionados por otras provincias y los municipios de otras provincias que son gestionados en Burgos, tenemos un total de 378 municipios y 356.787 habitantes atendidos por el sistema de gestión provincial.

1.2. Residuos generados.

La provincia de Burgos genera 135.394 T./año de R.U. (sin contabilizar la recogida selectiva de papel-cartón y vidrio).

Se ha supuesto (de forma sensiblemente coincidente con los datos reales) una producción de residuos de 1,20 Kg/hab/día para población superior a 5.000 habitantes, 1,01 Kg/hab/día para los que se sitúan entre 1.000 y 5.000 y 0,83 Kg/hab/día, para las inferiores a 1.000 habitantes. Se produce la excepción en Burgos con una tasa estimada de 1,05 Kg/hab/día producto de una eficaz recogida selectiva. Asimismo con objeto de ajustarse a la realidad en la “Mancomunidad del Río Ausín” se estima una tasa de 1,3 Kg/h/día, debido a que se trata de una zona cercana a la ciudad de Burgos con proliferación de urbanizaciones y segundas residencias para fin de semana.

Por tanto, la tasa media de producción dicha provincia, sin contabilizar cartón y vidrio (recogidos en áreas de aportación), se sitúa en 1,04 Kg.bolsa/hab y día.

En cuanto a la recogida selectiva de residuos, ésta se puede cifrar en:

– Papel/Cartón:8.657 t/año

– Vidrio:7.335 t/año

– Envases 3.800 t/año

De estos datos podemos deducir que la producción de residuos urbanos en la provincia es de 151.386 t/año, lo que supone una producción de 1,17 kg./hab/día.

1.3. Infraestructuras de tratamiento existentes.

En la provincia de Burgos están constituidas 24 mancomunidades para la recogida de residuos urbanos, que comprenden 185 municipios con una población atendida de 109.635 habitantes. Entre los 3 municipios no mancomunados se encuentran Burgos con 169.317 habitantes, Aranda de Duero con 30.706 habitantes y Miranda de Ebro con 36.907 habitantes.

En la actualidad se están construyendo 5 plantas de transferencia, situadas en Medina de Pomar, Briviesca, Salas de los Infantes, Melgar de Fernamental y Lerma, quedando pendiente de ejecución una planta de transferencia que de respuesta a las Mancomunidades de Sierra de la Demanda, Comarca del Arlanzón y Mancomunidad Oca-Tirón y otra planta para el área de Miranda de Ebro. En Burgos capital se encuentra un C.T.R. que consta de clasificación, selección y compostaje estando en la actualidad a punto de terminar las obras de aprovechamiento energético mediante biometanización y vertedero controlado de rechazos, con una capacidad de tratamiento de 70.000 t/año en una sola línea. Dispone igualmente clasificación y selección de envases. La biometanización que se está instalando tendrá capacidad para 40.000 t/año.

Los residuos generados en la capital y su entorno se tratan en el C.T.R. de Burgos y el rechazo es depositado en el vertedero de Abajas.

Los residuos generados en el resto de la provincia se llevan a diferentes vertederos.

1.4. Puntos limpios.

En la provincia de Burgos existen 5 puntos limpios gestionados por los Ayuntamientos correspondientes (2 en Burgos, 1 en Miranda de Ebro, 1 en Medina de Pomar y 1 en Villarcayo). Asimismo las plantas de transferencia de Briviesca, Salas de los Infantes, Melgar de Fernamental y Lerma actualmente en construcción así como la que se prevé en la zona de Belorado, dispondrán también de punto limpio.

1.5. Equipamiento.

El número de contenedores en la provincia de Burgos de vidrio es de 1.848 (Ratio = 191,21 hab/contenedor); el número de contenedores de papel/cartón es de 1.097 (Ratio = 323,80 hab/contenedor) y el número de contenedores de envases es de 976 (Ratio = 363,94 hab/contenedor).

1.6. Sistema de recogida implantado.

El sistema implantado en los municipios de Miranda de Ebro, Aranda de Duero y Burgos es el de envases y resto (2 bolsas). En el resto de la provincia no existe recogida selectiva de envases ligeros. Los envases recogidos son tratados en el C.T.R. de Burgos.

1.7. Vertederos activos e inactivos.

En la actualidad, se encuentran activos los vertederos de Villarcayo, Miranda de Ebro, Melgar de Fernamental, Mecerreyes, Lerma y Aranda de Duero. De los vertederos inventariados en el año 2000, quedan 49 por sellar y se ha realizado de los siguientes:

– Medina de Pomar.

– Hontangas de Villalba de Duero.

– Roa.

– Torresandino.

– Gumiel de Izán.

– Merindad de Montija.

– Meridad de Valdeporres.

– Oña.

– Soncillo.

– Espinosa de los Monteros

2.– MODELO DE GESTIÓN PROPUESTO

2.1. Descripción del modelo.

Se plantea el funcionamiento del sistema provincial de gestión de residuos con 10 Áreas de Gestión, siete plantas de transferencia, tres CTR, el existente en Burgos y los propuestos (plantas de compostaje) al norte y sur de la provincia. Las tablas que se adjuntan a continuación especifican la organización del modelo:

Todas las Áreas de Gestión repartirán sus residuos entre los C.T.R. de Aranda de Duero, el correspondiente al Norte de Burgos y el de Burgos (Cortes). El depósito de rechazos será uniprovincial ubicado en Abajas.

2.2. Infraestructuras de tratamiento del modelo.

El modelo propuesto constará de las siguientes infraestructuras:

– Plantas de transferencia

La inversión prevista es de 5.000.000 €.

– Centros de Tratamiento de Residuos

El C.T.R. se ubica en Burgos, estando en funcionamiento en la actualidad, con una capacidad de tratamiento de 70.000 T./año.

Las mejoras necesarias a realizar en el mismo, con objeto de optimizar y ampliar el tratamiento de R.U., son:

– Ampliación de zonas de recepción.

– Nueva línea de clasificación de envases y adaptación de la existente.

– Actuación en planta de compostaje con ampliación y mejora en los túneles, biofiltro y nave de maduración.

– Mejora en la maquinaria de afino de compost.

– Climatización de las zonas de triaje.

En el esquema de gestión propuesto es necesaria la construcción de dos nuevas instalaciones:

– Planta de compostaje en Aranda de Duero con capacidad de tratamiento de 30.000 t./año. En contratación.

– Planta de compostaje al norte de la provincia de Burgos de 45.000 t./año.

En cuanto a las áreas de tratamiento serán:

La inversión prevista es de 27.000.000 €.

– Depósito de rechazos.

El depósito de rechazos se encuentra ya ejecutado en Abajas y recibirá los rechazos de los tres C.T.R. planteados.

2.3. Puntos limpios.

Fijando el objetivo en la ejecución de puntos limpios en poblaciones mayores de 5.000 habitantes se hace necesaria la ejecución de 1 punto limpio en Aranda de Duero.

La inversión prevista es de 300.000 €.

En cuanto a los puntos limpios en poblaciones entre 2.000 y 5.000 habitantes serán necesarios los siguientes:

– Belorado.

– Espinosa de los Monteros

– Roa

– Valle de Mena

La inversión necesaria para su realización sería de 240.000 €.

En poblaciones entre 1.000 y 2.000 habitantes será necesario ejecutar los siguientes:

– Quintanar de la Sierra

– Villadiego

– Pradoluengo

– Oña

– Sasamón

– Merindad de Río Ubierna

– Alfoz de Quintanadueñas

– Huerta de Rey

– Condado de Treviño

– Ibeas de Juarros

– Valle de Tobalina

– Trespaderne

La inversión necesaria para su realización sería de 600.000 €.

2.4. Equipamiento.

Teniendo en cuenta el objetivo de equipamiento previsto en el presente plan, se hace necesaria la colocación de los siguientes contenedores:

– Contenedores de vidrio34

– Contenedores de papel/cartón154

– Contenedores de envases98 (2,5 m3).

La inversión necesaria será de 90.000 €.

2.5. Sellado de vertederos.

El número de vertederos pendiente de sellado es de 49, con una inversión estimada de 7.595.000 €.

PROVINCIA DE LEÓN

1.– SITUACIÓN ACTUAL

1.1. Organización supramunicipal.

La provincia de León está constituida por 211 municipios, con una población de hecho (año 2003) de 495.998 habitantes, de los que 10 municipios (Astorga, La Bañeza, Bembibre, Cacabelos, Fabero, León, Ponferrada, San Andrés del Rabanedo, Villablino y Villaquilambre) superan los 5.000 habitantes y 24 tienen menos de 250.

Villada, municipio de la provincia de Palencia con 1.244 habitantes, es gestionado por la mancomunidad de Sahagún en León.

Teniendo en cuenta el municipio de Palencia gestionado en la provincia de León, hace un total de 212 municipios y 497.242 habitantes atendidos.

1.2. Residuos generados.

La provincia de León genera 199.349,62 T./año de R.U. (sin contabilizar la recogida selectiva de papel-cartón y vidrio).

Se ha supuesto (de forma sensiblemente coincidente con los datos reales) una producción de residuos de 1,20 kg/hab/día para población superior a 5.000 habitantes, 1,01 kg/hab/día para los que se sitúan entre 1.000 y 5.000, y 0,83 kg/hab/día., para las inferiores a 1.000 habitantes.

La tasa media de producción se sitúa en 1,10 kg.bolsa/hab y día en la provincia de León.

En cuanto a la recogida selectiva de residuos, ésta se puede cifrar en:

– Papel/Cartón:4.523 t/.año

– Vidrio:3.832 t./año

Los contenedores de envases así como la recogida de la 2.ª bolsa son de reciente implantación (durante este año), por lo que los datos de recogida son muy bajos todavía.

De estos datos podemos deducir que la producción de residuos urbanos en la provincia es de 207.704 t./año, lo que supone una producción de 1,15 kg./hab/día.

1.3. Infraestructuras de tratamiento existentes.

En la provincia de León están constituidas 34 mancomunidades para la recogida de residuos urbanos, que comprenden 212 municipios, con una población atendida de 497.242 habitantes. Entre los 10 municipios no mancomunados se encuentran Ponferrada con 64.990 habitantes y Astorga con 12.289 habitantes.

En la actualidad se encuentran finalizadas las plantas de transferencia de Villablino, Ponferrada, Mansilla de las Mulas, León, La Bañeza, Valencia de Don Juan y La Robla, estando en ejecución la de Cistierna.

Además, se encuentran ejecutadas las plantas de clasificación de envases de León, con capacidad de 16.290 t./año y de Ponferrada, con una capacidad de tratamiento de 8.770 t./año.

En San Román de la Vega se ha finalizado la ejecución del C.T.R. provincial, que tendrá una capacidad anual de tratamiento de 200.000 t/año y consta de selección y clasificación, biometanización y compostaje. Dispone igualmente de una línea para el tratamiento de envases.

1.4. Puntos limpios.

En la provincia de León existen 17 puntos limpios (3 en Ponferrada, 2 en León capital, 1 en Villaquilambre, San Andrés del Rabanedo, Valencia de Don Juan, Astorga, Fabero, La Pola de Gordón, Palanquinos, Bembibre, La Robla, Villablino, Mansilla de las Mulas y Cistierna).

1.5. Equipamiento.

El número de contenedores de vidrio en la provincia de León es de 1.689 (Ratio = 293,66 hab/contenedor); el número de contenedores de papel-cartón es de 816 (Ratio = 607,84 hab/contenedor) y el número de contenedores de envases es de 48 (Ratio = 10.333,29 hab/contenedor).

1.6. Sistema de recogida implantado.

El sistema implantado en Ponferrada es el de envases y resto (2 bolsas). En el resto de la provincia no existe recogida selectiva de envases, estando en proceso su instalación en León capital, si bien, el sistema propuesto por el Consorcio Gersul es el de doble bolsa con materia orgánica y resto.

1.7. Vertederos activos e inactivos.

En la actualidad la mayoría de los vertederos en la provincia de León se encuentran inactivos, si bien aun existen más de diez con actividad (hasta que se ponga en marcha el sistema de gestión provincial).

De los 68 vertederos inventariados en el año 2000 se encuentran sellados: Mansilla de las Mulas, Castrillo de la Valduerna, Calzada del Coto y Santovenia de la Valdoncina.

El sellado de los vertederos de Zotes del Páramo, La Bañeza, Cistierna, San Esteban de Nogales, Palanquinos y Villamanín se encuentran en fase de proyecto, mientras que el sellado del vertedero de Valderas está en ejecución.

2.– MODELO DE GESTIÓN PROPUESTO

2.1. Descripción del modelo.

Se plantea el funcionamiento del sistema provincial de gestión de residuos con 9 Áreas de Gestión, coincidentes con las plantas de transferencia y CTR en ejecución:

Todas las Áreas de Gestión llevarán sus residuos al CTR (Complejo Ambiental de San Román de la Vega).

2.2. Infraestructuras de tratamiento del modelo.

El modelo propuesto constará de las siguientes infraestructuras:

– Plantas de Clasificación de Envases

Se han instalado tres Centros de Tratamiento: dos Plantas de Clasificación (PC), ubicadas en León y Ponferrada, y un tercero constituido por el Complejo Ambiental de San Román de la Vega.

– Plantas de transferencia

El esquema establecido es el siguiente, estando todas ellas en fase de finalización de las obras:

– Centro de Tratamiento de Residuos

El C.T.R. se ubicará en el Complejo Ambiental de San Román de la Vega, con una capacidad de tratamiento de 200.000 t/año, siendo suficiente para la provincia.

– Depósito de rechazos.

El depósito de rechazos se encuentra ya ejecutado junto al C.T.R., no siendo necesarias nuevas actuaciones.

2.3. Puntos limpios.

Fijando el objetivo en la ejecución de puntos limpios en poblaciones mayores de 5.000 habitantes se hace necesaria la ejecución de los siguientes puntos limpios:

– La Bañeza

– Cacabelos

– La inversión necesaria será de 600.000 €.

En cuanto a los puntos limpios en poblaciones entre 2.000 y 5.000 habitantes serán necesarios los siguientes:

– Benavides

– Boñar

– Camponaraya

– Carracedelo

– Carrizo

– Chozas de Abajo

– Sahún

– San Justo de la Vega

– Santa María del Páramo

– Santa Marina del Rey

– Sariegos

– Toreno

– Torre del Bierzo

– Valderas

– Valverde de la Virgen

– Vega de Espinareda

– Villadecanes

– Villafranca del Bierzo

– Villarejo de Órbigo

La inversión necesaria será de 1.200.000 €.

En poblaciones entre 1.000 y 2.000 habitantes será necesario ejecutar los siguientes:

– Soto de la Vega

– Castropodame

– Puente de Domingo Flórez

– Valdefresno

– Villaturiel

– Igüeña

– Santovenia de la Valdoncina

– Mansilla de las Mulas

– Cuadros

– Congosto

– Bustillo del Páramo

– Sabero

– Páramo del Sil

– Matallana de Torío

– Onzonilla

– Valdepolo

– Cubillos del Sil

– Laguna de Negrillos

– Palacios del Sil

– Vegas del Condado

– Santa Elena de Jamuz

– Villamañán

– Castrocalbón

– Folgoso de la Ribera

– Cabañas Raras

– Gradefes

– Turcia

– Villasabariego

– Garrafe de Torío

– Villamanín

– Valderrueda

– Corullón

– Llamas de la Ribera

– Valdevimbre

– Hospital de Órbigo

– Castrocontrigo

– Quintana del Castillo

– Villaquejida

– Villamontán de la Valduerna

– Soto y Amío

– Cabrillanes

– Riego de la Vega

– Villazala

– San Cristóbal de la Polantera

La inversión necesaria para su realización sería de 2.200.000 €.

2.4. Equipamiento.

Teniendo en cuenta el objetivo de equipamiento previsto en el presente plan, se hace necesaria la colocación de los siguientes contenedores:

– Contenedores de vidrio150

– Contenedores de papel/cartón454

– Contenedores de envases853 (2,5 m3)

La inversión necesaria será de 440.000 €.

2.5. Sellado de vertederos.

El número de vertederos pendiente de sellado es de 63, con una inversión estimada de 29.735.000d€.

PROVINCIA DE PALENCIA

1.– SITUACIÓN ACTUAL

1.1. Organización supramunicipal.

La provincia de Palencia está constituida por 191 municipios, con una población de hecho (año 2003) de 175.047 habitantes, de los que sólo 5 municipios (Guardo, Aguilar de Campoo, Venta de Baños, Villamuriel de Cerrato y Palencia) superan los 5.000 habitantes y 122 tienen menos de 250.

De los 191 municipios totales, Villada municipio con 1.244 habitantes pertenece a la mancomunidad Sahagún-Villada, la cual es gestionada en la provincia de León. Lantadilla con 475 habitantes pertenece a la mancomunidad Odra Pisuerga, Quintana del Puente con 251, Villodrigo con 104 y Cobos de Cerrato con 228 habitantes pertenecen a la mancomunidad Bajo Arlanza y Espinosa de Cerrato con 249 habitantes pertenece a la mancomunidad Riberas del Arlanza y del Monte, todas estas mancomunidades son gestionadas por la provincia de Burgos.

Castrillo de Riopisuerga con 76, Rezmondo con 26 y Zarzosa de Riopisuerga con 53 habitantes son municipios pertenecientes a la provincia de Burgos pero son gestionados en la provincia de Palencia en la mancomunidad Boedo-Ojeda.

Teniendo en cuenta los municipios de Palencia que son gestionados por otras provincias y los municipios de la provincia de Burgos que gestiona la provincia de Palencia, hace un total de 188 municipios y 172.651 habitantes atendidos.

1.2. Residuos generados.

La provincia de Palencia genera 68.841 t/año de R.U. (sin contabilizar la recogida selectiva de papel-cartón y vidrio).

Se ha supuesto (de forma sensiblemente coincidente con los datos reales) una producción de residuos de 1,20 kg/hab/día para población superior a 5.000 habitantes, 1,01 kg/hab/día para los que se sitúan entre 1.000 y 5.000, y 0,83 kg/hab/día, para las inferiores a 1.000 habitantes.

La tasa media de producción se sitúa en 1,08 kg/hab y día en la provincia de Palencia.

En cuanto a la recogida selectiva de residuos, ésta se puede cifrar en:

– Papel/Cartón: 2.368 t./año

– Vidrio:2.795 t./año

De estos datos podemos deducir que la producción de residuos urbanos en la provincia es de 74.004 t./año, lo que supone una producción de 1,16 kg./hab. y día.

1.3. Infraestructuras de tratamiento existentes.

En la provincia de Palencia están constituidas 15 mancomunidades para la recogida de residuos urbanos, que comprenden 185 municipios con una población atendida de 90.826 habitantes. Entre los 3 municipios no mancomunados se encuentran Palencia con 81.378 habitantes, La Vid de Ojeda con 136 habitantes y Castrillo de Don Juan con 311 habitantes.

En la actualidad no hay en funcionamiento plantas de transferencia, ya que se encuentran en fase de contratación. En Palencia capital (Valdeseñor) se encuentra un C.T.R. en construcción que consta de clasificación y selección, biometanización con aprovechamiento energético y compostaje, con una capacidad de tratamiento de 75.000 t/año en una sola línea. Dispone igualmente clasificación y selección de envases. En el mismo emplazamiento está ejecutado un depósito controlado de rechazos.

Los residuos que se generan en cada área de gestión actual se llevan a un vertedero de la zona, menos los municipios que no pertenecen a ninguna mancomunidad ya que poseen su propio vertedero.

1.4. Puntos limpios.

En la provincia de Palencia existen 3 puntos limpios gestionados por los Ayuntamientos correspondientes (1 en Palencia, 1 en Venta de Baños y 1 en Aguilar de Campoo).

Los residuos voluminosos acumulados en los puntos limpios se llevan al vertedero.

1.5. Equipamiento.

El número de contenedores de vidrio en la provincia de Palencia es de 650 (Ratio = 269,30 hab/contenedor); el número de contenedores de papel/cartón es de 410 (Ratio = 426,94 hab/contenedor) y el número de contenedores de envases es de 205 (Ratio = 853,89 hab/contenedor).

1.6. Sistema de recogida implantado.

El sistema implantado en Palencia capital es el de envases y resto (2 bolsas), el resto de municipios no poseen sistema de recogida selectiva. En la actualidad el tratamiento de la fracción de “envases” se está realizando en el C.T.R. de Burgos (Cortes).

1.7. Vertederos activos e inactivos.

En la actualidad, casi todos los vertederos de la provincia de Palencia se encuentran fuera de uso.

De los 120 vertederos inventariados en el año 2000, 5 vertederos se encuentran sellados y 8 se encuentran activos. Además se localizan otros vertederos que no están inventariados, de los cuales se encuentran sellados 4 y 2 activos.

2.– MODELO DE GESTIÓN PROPUESTO

2.1. Descripción del modelo.

Se plantea el funcionamiento del sistema provincial de gestión de residuos con 6 Áreas de Gestión, coincidentes con las plantas de transferencia y C.T.R. Las tablas que se adjuntan a continuación especifican la organización del modelo.

Todas las Áreas de Gestión llevarán sus residuos al C.T.R. de Palencia:

2.2. Infraestructuras de tratamiento del modelo.

El modelo propuesto constará de las siguientes infraestructuras:

– Plantas de transferencia

Las plantas de transferencia se encuentran en fase de contratación.

La inversión prevista es de 3.000.000 €.

– Centro de Tratamiento de Residuos

El C.T.R. se ubica en Palencia (Valdeseñor), estando en la fase inicial de construcción en la actualidad, con una capacidad de tratamiento de 75.000 t/año, suficiente para la provincia.

La inversión prevista es de 17.500.000 €.

– Depósito de rechazos.

El depósito de rechazos se encuentra ejecutado desde el año 2001 junto al C.T.R.

2.3. Puntos limpios.

Fijando el objetivo en la ejecución de puntos limpios en poblaciones mayores de 5.000 habitantes se hace necesaria la ejecución de los siguientes puntos limpios:

– Guardo

– Villamuriel de Cerrato

La inversión necesaria será de 600.000 €.

En cuanto a los puntos limpios en poblaciones entre 2.000 y 5.000 habitantes serán necesarios los siguientes:

– Carrión de los Condes

– Cervera de Pisuerga

– Dueñas

– Herrera de Pisuerga

– Paredes de Nava

– Saldaña

La inversión necesaria será de 360.000 €.

En poblaciones entre 1.000 y 2.000 habitantes será necesario ejecutar los siguientes:

– Velilla del Río Carrión

– Barruelo de Santullán

– Osorno la Mayor

– Baltanás

– Santibáñez de la Peña

– Villada

– Astudillo

– Alar del Rey

– Torquemada

– Villarramiel

– Becerril de Campos

La inversión necesaria para su realización sería de 550.000 €.

2.4. Equipamiento.

Teniendo en cuenta el objetivo de equipamiento previsto en el presente plan, se hace necesaria la colocación de los siguientes contenedores:

– Contenedores de vidrio1

– Contenedores de papel/cartón72

– Contenedores de envases126 (2,5 m3)

La inversión necesaria será de 60.000 €.

2.5. Sellado de vertederos.

El número de vertederos pendiente de sellado es de 105, con una inversión estimada de 11.990.000,00 €.

PROVINCIA DE SALAMANCA

1.– SITUACIÓN ACTUAL

1.1. Organización supramunicipal.

La provincia de Salamanca está constituida por 362 municipios, con una población de hecho de 348.271 habitantes, de los que sólo 6 municipios (Salamanca, Béjar, Ciudad Rodrigo, Guijuelo, Sta. Marta de Tormes y Peñaranda de Bracamonte) superan los 5.000 habitantes y 173 tienen menos de 250.

1.2. Residuos generados.

La provincia de Salamanca genera 137.131 t/año de R.U. (sin contabilizar la recogida selectiva de papel-cartón y vidrio).

Se ha supuesto (de forma sensiblemente coincidente con los datos reales) una producción de residuos de 1,20 kg./hab/día y día para poblaciones superiores a 5.000 habitantes, 1,01 kg./hab/día para los municipios entre 1.000 y 5.000 habitantes, y 0,83 kg./hab/día para los inferiores a 1.000 habitantes.

La tasa media de producción se sitúa en 1,08 kg./hab. y día en la provincia.

En cuanto a la recogida selectiva de residuos, esta se puede cifrar en:

– Papel/Cartón:3.100 t./año

– Vidrio:2.400 t./año

– Envases (Salamanca capital)499,61 t./año

De estos datos podemos deducir que la producción de residuos urbanos en la provincia es de 142.470 t/año, lo que supone una producción de 1,12 kg./hab. y día.

1.3. Infraestructura de tratamiento existentes.

En la provincia de Salamanca están constituidas 21 mancomunidades para la recogida de residuos urbanos, que comprenden 341 municipios con una población atendida de 135.307 habitantes. Entre los 21 municipios no mancomunados se encuentran Salamanca con 157.906 habitantes, Béjar con 15.228 habitantes, Santa Marta de Tormes con 12.496 habitantes, Guijuelo con 5.189 habitantes y Alba de Tormes con 4.785 habitantes. Los otros 16 municipios restantes tienen 17.360 habitantes.

En la actualidad los R.U. están siendo llevados a distintos vertederos de residuos, algunos de ellos incontrolados.

Se están construyendo las plantas de transferencia correspondientes a las futuras Áreas de Gestión. Las plantas de transferencia en ejecución o ya construidas se sitúan en Tamames, Vitigudino, Peñaranda de Bracamonte, Guijuelo y Béjar. Además, ha sido declarado de Interés Regional el Proyecto de construcción de un C.T.R en Gomecello, con una capacidad de tratamiento de 170.000 T/año. El C.T.R contará con 2 líneas de tratamiento con una capacidad por línea de 20 t/hora, incluyendo de zona de clasificación, biometanización de la fracción orgánica por vía húmeda (capacidad de 35.000 t/año), compostaje y depósito de rechazos asociado al C.T.R.

Se encuentra en funcionamiento una planta de clasificación de envases en Villamayor, con una capacidad de tratamiento de 6.000 t/año.

1.4. Puntos limpios.

En la provincia de Salamanca existen 7 puntos limpios los cuales se sitúan en: Salamanca capital (4), Béjar, Guijuelo y Peñaranda de Bracamonte. Todos estos son gestionados por los respectivos ayuntamientos.

1.5. Equipamiento.

El número de contenedores de vidrio es de 1.188 (Ratio = 293,16 hab/contenedor); el número de contenedores de papel-cartón es de 1.081 (Ratio = 322,17 hab/contenedor) y el número de contenedores de envases es de 430 (Ratio = 809,93 hab/contenedor).

1.6. Sistema de recogida implantado.

En Salamanca capital está implantada la recogida selectiva con doble bolsa (envases y resto). En el resto de la provincia no está instalado el sistema de doble bolsa.

1.7. Vertederos activos e inactivos.

En la actualidad, se encuentran activos los siguientes vertederos de residuos, los cuales reciben el 98% de los R.U. de la provincia.

– Ciudad Rodrigo, Ledesma, Tamames, Vitigudino, Peñaranda de Bracamonte, Aldeanueva de Figueroa, Linares de Riofrío, Béjar, Alba de Tormes, Villamayor y Mancomunidad Campo de Argañán (6 vertederos, uno por municipio).

Cada uno de ellos se corresponde con un área de gestión.

2.– MODELO DE GESTIÓN PROPUESTO

2.1. Descripción del modelo.

Se plantea el funcionamiento del sistema provincial de gestión de residuos con 8 Áreas de Gestión, siete plantas de transferencia y un C.T.R. Las tablas que se adjuntan a continuación especifican la organización del modelo.

Todas las Áreas de Gestión transportarán sus R.U. hasta el C.T.R., donde se procederá a su tratamiento.

2.2. Infraestructuras de tratamiento del modelo.

El modelo propuesto constará de las siguientes infraestructuras:

– Plantas de transferencia

De todas estas plantas, se encuentran en ejecución o construidas las de Tamames, Vitigudino, Peñaranda de Bracamonte, Guijuelo y Béjar.

La inversión necesaria para la ejecución de las infraestructuras previstas es de 4.000.000 €.

– Centro de Tratamiento de Residuos

El C.T.R. previsto se encuentra en ejecución en Gomecello, con una capacidad de tratamiento máxima de 170.000 t/año de R.U. en masa. Contará con 2 líneas de clasificación y triaje de 20 t/hora por línea, con biometanización de la fracción orgánica por vía húmeda (35.000 t/año), túneles de fermentación, compostaje y depósito de rechazos en la misma parcela.

La inversión prevista en el CTR es de 27.100.000 €.

– Planta de clasificación de envases.

Se ubica una planta de clasificación de envases en Villamayor, junto al actual vertedero, la cual se encuentra en funcionamiento, recogiendo los envases procedentes de Salamanca capital.

Su capacidad de tratamiento es de 6.000 t/año.

2.3. Puntos limpios.

Fijando el objetivo en la ejecución de puntos limpios en poblaciones mayores de 5.000 habitantes se hace necesaria la ejecución de los siguientes puntos limpios:

– Ciudad Rodrigo

– Santa Marta de Tormes

La inversión necesaria será de 600.000 €.

En cuanto a los puntos limpios en poblaciones entre 2.000 y 5.000 habitantes serán necesarios los siguientes:

– Alba de Tormes

– Cabrerizos

– Carbajosa de la Sagrada

– Lumbrales

– Terradillos

– Villamayor

– Villares de la Reina

– Vitigudino

La inversión necesaria será de 480.000 €.

En poblaciones entre 1.000 y 2.000 habitantes será necesario ejecutar los siguientes:

– Ledesma

– Macotera

– Aldeadávila de la Ribera

– Fuente de San Esteban (La)

– Fuentes de Oñoro

– Villoria

– Cantalapiedra

– Villarino de los Aires

– Cantalpino

– Alberca (La)

– Sancti-Spíritus

– Villavieja de Yeltes

– Linares de Riofrío

– Calvarrasa de Abajo

– Candelario

– Babilafuente

– Tamames

La inversión necesaria para su realización sería de 850.000 €.

2.4. Equipamiento.

Teniendo en cuenta el objetivo de equipamiento previsto en el presente plan, se hace necesaria la colocación de los siguientes contenedores:

– Contenedores de vidrio25

– Contenedores de papel/cartón104

– Contenedores de envases245 (2,5 m3)

La inversión necesaria será de 120.000 €.

2.5. Sellado de vertederos.

El número de vertederos pendiente de sellado es de 57, con una inversión estimada de 8.525.000.

PROVINCIA DE SEGOVIA

1.– SITUACIÓN ACTUAL

1.1. Organización supramunicipal.

La provincia de Segovia está constituida por 209 municipios, con una población de hecho (año 2003) de 150.701 habitantes.

Solamente 4 municipios (Segovia, San Ildefonso, Cuéllar y El Espinar) superan los 5.000 habitantes y 129 tienen menos de 250.

En este estudio sobre el Plan Regional de Ámbito Sectorial de Residuos Urbanos y Residuos de Envases de Castilla y León, se han considerado todos los municipios, exceptuando los indicados a continuación, cuyo vertido se realiza a otras provincias:

– Villaverde de Íscar gestionado por la Mancomunidad Alvisan (Valladolid) con una población total de 706 habitantes.

– Montejo de la Vega de la Serrezuela, Honrubia de la Cuesta, Pradales, Aldehorno y Aldeanuela de la Serrezuela gestionado por la Mancomunidad Valle del Río Riaza (Burgos), con una población total de 430 habitantes.

Asimismo, Segovia gestiona dentro de la mancomunidad Castellana los pueblos de Muello y Santa María del Cubillo, pertenecientes a la provincia de Ávila, con una población total de 1.059 habitantes.

La población considerada en la gestión provincial es de 150.624 habitantes, pertenecientes a 205 municipios.

1.2. Residuos generados.

La provincia de Segovia genera 68.266,28 t/año de R.U. (sin contabilizar la recogida selectiva de papel-cartón y vidrio).

Se ha supuesto (de forma sensiblemente coincidente con los datos reales) una producción de residuos de 1,30 kg/hab/día para población superior a 5.000 habitantes, 1,10 kg/hab/día para los que se sitúan entre 1.000 y 5.000, y 0,90 kg/hab/día para las inferiores a 1.000 habitantes. Para adaptar esta hipótesis a la realidad se ha aumentado a 1´40 Kg/hab/día la producción de Segovia capital, si bien este ratio tan elevado se debe a la enorme población flotante que se produce como consecuencia del turismo, especialmente en los periodos vacacionales. Igualmente se han aumentado los ratios de producción de El Espinar y Sepúlveda (2 kg/hab/día)

La tasa media de producción se sitúa en 1,24 Kg/hab y día en la provincia de Segovia.

En cuanto a la recogida selectiva de residuos, ésta se puede cifrar en:

– Papel - Cartón: 1.705 t/año

– Vidrio:1.893,23 t/año

De estos datos podemos deducir que la producción de residuos urbanos en la provincia es de 71.865 t/año, lo que supone una producción de 1,31 kg/hab/día.

1.3. Infraestructuras de tratamiento existentes.

En la provincia de Segovia están constituidas 18 mancomunidades para la recogida de residuos urbanos, que comprenden 205 municipios con una población atendida de 150.624 habitantes. Entre los 20 municipios no mancomunados se encuentra Segovia, con 55.640 habitantes, Cuéllar con 9.386, El Espinar con 6.887 habitantes y San Ildefonso con 5.180 habitantes. Los otros 16 municipios no mancomunados restantes tienen 22.495 habitantes.

En la actualidad están en funcionamiento 5 plantas de transferencia, situadas en Boceguillas, Cantalejo, Cuéllar, Nava de la Asunción y El Espinar. En el Término Municipal de “Los Huertos” se encuentra un C.T.R. que consta de clasificación y selección, compostaje y vertedero controlado de rechazos ubicado en “Martín Miguel”, con una capacidad de tratamiento de 60.000 t/año en una sola línea. Dispone igualmente de clasificación y selección de envases.

Todos los residuos generados en la provincia se llevan al C.T.R. de Los Huertos, bien a través de las plantas de transferencia o bien directamente.

1.4. Puntos limpios.

En la provincia de Segovia existen 6 puntos limpios gestionados por los ayuntamientos (en Segovia, Coca, Cuéllar, Boceguillas, Sepúlveda y Cantalejo).

1.5. Equipamiento.

El número de contenedores de vidrio es de 731 (Ratio = 206,16 hab/contenedor); el número de contenedores de papel/cartón es de 406 (Ratio = 371,18 hab/contenedor) y el número de contenedores de envases es de 3 (Ratio = 50.233,67 hab/contenedor).

1.6. Sistema de recogida implantado.

En la provincia de Segovia existe recogida de:

– Residuos sin seleccionar

– Selectiva de Papel y Cartón en toda la Provincia

– Selectiva de Vidrio en toda la Provincia

No existe Recogida Selectiva de Envases.

1.7. Vertederos activos e inactivos.

En la actualidad, todos los vertederos de la provincia de Segovia se encuentran inactivos. De los 33 vertederos inventariados en el año 2000, se han ejecutado los siguientes sellados:

– Aragoneses y 11 más (situados en la zona de influencia)

– Martín Muñoz de las Posadas

– Santa M.ª de Nieva

– El Espinar

– Coca

– Sepúlveda

– Lastras de Cuéllar, Zarzuela del Pinar, Fuentepelayo, Escalona del

Prado y Pinamegrillo

– Muñopedro y Otero de Herreros

– Aguilafuente, Mudrián y Pinarejos

– Cantalejo

– Fuentesoto

– Navas de Oro

– Nava de la Asunción

– Boceguillas, Ayllón, Riaza, Sta. María del Cerro, Sebúlcor y Urueñas.

– Villacastín

2.– MODELO DE GESTIÓN PROPUESTO

2.1. Descripción del modelo.

Se plantea el funcionamiento del sistema provincial de gestión de residuos con 6 Áreas de Gestión, coincidentes con las plantas de transferencia y CTR existentes. Las tablas que se adjuntan a continuación especifican la organización del modelo.

Todas las Áreas de Gestión llevarán sus residuos al CTR Los Huertos (Segovia), donde se procederá a su tratamiento.

2.2. Infraestructuras de tratamiento del modelo.

El modelo propuesto constará de las siguientes infraestructuras:

– Plantas de transferencia

Las plantas de transferencia se encuentran ya ejecutadas y en funcionamiento.

– Centro de Tratamiento de Residuos

El C.T.R. se ubica en “Los Huertos” (Segovia), estando en funcionamiento en la actualidad, diseñado con una capacidad de tratamiento de 60.000 t/año con un horizonte de 80.000 t/año. El crecimiento en los residuos ha desbordado la previsión más desfavorable, por lo que su capacidad está comprometida, por efecto de la población flotante y del carácter turístico de Segovia durante la época estival. Para paliar dichas limitaciones, tanto de capacidad de tratamiento, como de calidad del mismo, se redactará en el año 2005 un proyecto de ampliación y mejora de las instalaciones del CTR.

Un problema adicional es la producción de otros residuos que no pueden ser tratados en la actualidad en la instalación, tales como podas y residuos de jardinería.

Las mejoras necesarias a realizar en el mismo, con objeto de optimizar el tratamiento de R.U., sería:

– La ampliación de las instalaciones, para absorber la producción prevista en dos años así como la actual en periodos punta, que debería incluir:

I) Una adaptación de la actual línea de tratamiento para incrementar el rendimiento de las mismas desde las actuales 23 t/hora hasta las 35 t/hora.

II)Un incremento en el módulo de compostaje que debería incluir al menos tres nuevos túneles de compostaje o instalación de un digestor anaerobio, incremento de la nave de maduración y dotación de nuevos medios móviles.

– Revisión del sistema de saneamiento y nuevas instalaciones para el tratamiento de lixiviados (separación de red de pluviales y lixiviados, nueva canalización y planta de tratamiento de lixiviados).

– Ampliación de la nave de recepción de residuos de envases, ya que en la actualidad su recepción se realiza en la nave de recepción de residuos sin diferenciar, por lo que además de ocupar espacio por el rompebolsas que es necesario posicionar, no se garantiza que los residuos de envases no se mezclen con el resto de los residuos.

La inversión necesaria será de 4.000.000 €.

– Depósito de rechazos.

El depósito de rechazos, de reciente inauguración, se encuentra en la localidad de Marín Miguel. En él los rechazos son dispuestos, extendidos y cubiertos convenientemente.

2.3. Puntos limpios.

Fijando el objetivo en la ejecución de puntos limpios en poblaciones mayores de 5.000 habitantes se hace necesaria la ejecución de los siguientes puntos limpios:

– Segovia (2)

– San Ildefonso

– El Espinar

La inversión necesaria será de 1.200.000 €.

En cuanto a los puntos limpios en poblaciones entre 2.000 y 5.000 habitantes serán necesarios los siguientes:

– Nava de la Asunción

– Carbonero el Mayor

– La Lastrilla

– Palazuelo de Eresma

– San Cristóbal de Segovia.

La inversión necesaria será de 300.000 €.

En poblaciones entre 1.000 y 2.000 habitantes será necesario ejecutar los siguientes:

– Riaza

– Villacastín

– Navas de Oro

– Santa María la Real de Nieva

– Cantimpalos

– Ayllón

– Navalmanzano

– Turégano

– Mozoncillo

La inversión necesaria para su realización sería de 450.000 €.

2.4. Equipamiento.

Teniendo en cuenta el objetivo de equipamiento previsto en el presente plan, se hace necesaria la colocación de los siguientes contenedores:

– Contenedores de vidrio6

– Contenedores de papel/cartón72

– Contenedores de envases223 (2,5 m3)

La inversión necesaria será de 100.000 €.

2.5. Sellado de vertederos.

El número de vertederos pendientes de sellado es de 9 (incluidos los que están en fase de licitación y/o ejecución), con una inversión estimada para la realización de los mismos de 6.925.000 €.

PROVINCIA DE SORIA

1.– SITUACIÓN ACTUAL

1.1. Organización supramunicipal.

La provincia de Soria está constituida por 183 municipios, con una población de hecho (año 2003) de 90.954 habitantes, de los que sólo 3 municipios (Soria, Almazán y El Burgo de Osma) superan los 5.000 habitantes y 144 tienen menos de 250.

1.2. Residuos generados.

La provincia de Soria genera 33.282 t/año de R.U. (sin contabilizar la recogida selectiva de papel-cartón y vidrio).

Se ha supuesto (de forma sensiblemente coincidente con los datos reales) una producción de residuos de 1,20 kg/hab/día para población superior a 5.000 habitantes, 1,01 kg/hab/día para los que se sitúan entre 1.000 y 5.000, y 0,83 kg/hab/día, para las inferiores a 1.000 habitantes.

La tasa media de producción se sitúa en 1,00 kg/hab y día en la provincia de Soria.

En cuanto a la recogida selectiva de residuos, esta se puede cifrar en:

– Papel-Cartón: 1.177 t/año

– Vidrio:1.172 t/año

De estos datos podemos deducir que la producción de residuos urbanos en la provincia es de 35.631 t/año, lo que supone una producción de 1,07 kg/hab/día.

1.3. Infraestructuras de tratamiento existentes.

En la provincia de Soria la Diputación Provincial, con sus propios medios, efectúa la recogida del 70% del total provincial. Además existen 3 mancomunidades constituidas para la recogida de R.U. (Mancomunidad del río Izana, Mancomunidad del Campo de Gómara, Mancomunidad del Mío Cid) que comprenden 20 municipios con una población atendida de 7.385 Habitantes. Los municipios no mancomunados con gestión propia de los R.U. son Soria, con 35.178 habitantes, Almazán con 5.751 habitantes y Olvega con 3.259 habitantes.

En la actualidad están en funcionamiento 2 plantas de transferencia, situadas en Ágreda y Burgo de Osma. En Golmayo se encuentra un C.T.R. que consta de clasificación y selección, compostaje y vertedero controlado de rechazos, con una capacidad de tratamiento de 35.000 t/año en una sola línea. (Línea de 15 t/h)

Todos los residuos generados en la provincia se llevan al C.T.R. de Soria, bien a través de las plantas de transferencia o bien directamente, a través del Consorcio Provincial.

Las plantas de transferencia existentes son de gravedad (semirremolque de piso móvil sin compactación). En cuanto a la gestión, la recogida de R.U. por parte de la Diputación Provincial se realiza en 7 sectores o rutas según las carreteras y recorridos importantes, con salida y llegada de camiones a Golmayo, de forma que las plantas de transferencia sirven de apoyo a los camiones en ruta como punto de descarga una vez estén llenos previamente el retorno a Golmayo. Los camiones de recogida de R.U. de la Mancomunidad Rio Izana, Mancomunidad Campos de Gómara, Almazán y Soria vierten directamente en Golmayo.

1.4. Puntos limpios.

En la provincia de Soria existen 9 puntos limpios gestionados por la Diputación Provincial (Ágreda, Almazán, Arcos de Jalón, Tardelcuende, Gomara, Navaleno, Vinuesa, San Esteban de Gormaz, y El Burgo de Osma) estando actualmente en construcción 6 puntos limpios más (San Pedro Manrique, Serón de Nájima, Covaleda, Medinaceli, Berlanga y Langa) y en fase de licitación otros 4 (Almarza, Duruelo de la Sierra, Santa María de Huerta y San Leonardo de Yagüe). Con estos puntos limpios se cubren todos los municipios de más de 1.000 habitantes. Además existe un punto limpio en Soria, gestionado por el propio Ayuntamiento.

1.5. Equipamiento.

El número de contenedores de vidrio en la provincia es de 442 (Ratio = 205,78 hab/contenedor); el número de contenedores de papel/cartón es de 346 (Ratio = 262,87 hab/contenedor) y el número de contenedores de envases es de 20-25 (instalados todos en El Burgo de Osma), no habiendo puesto en marcha la recogida selectiva de envases ligeros.

1.6. Sistema de recogida implantado.

El sistema implantado de recogida domiciliaria es el de bolsa única en toda la provincia.

1.7. Vertederos activos e inactivos.

En la actualidad, todos los vertederos de la provincia de Soria se encuentran inactivos (salvo el depósito de rechazos de Golmayo). De los 27 vertederos inventariados en el año 2000, se encuentran sellados todos salvo el de Maltoso (Soria capital) que se encuentra en fase de ejecución, dos en Medinaceli, el del Vellosillo y el de Avellano.

2.– MODELO DE GESTIÓN PROPUESTO

2.1. Descripción del modelo.

Se plantea el funcionamiento del sistema provincial de gestión de residuos con tres Áreas de Gestión, dos plantas de transferencia y un C.T.R. Las tablas que se adjuntan a continuación especifican la organización del modelo.

Todas las Áreas de Gestión llevarán sus residuos al C.T.R. de Golmayo, donde se procederá a su tratamiento.

2.2. Infraestructuras de tratamiento del modelo.

El modelo propuesto constará de las siguientes infraestructuras:

– Plantas de transferencia

Las plantas de transferencia de Ágreda y Burgo de Osma se encuentran ya ejecutadas y en funcionamiento.

– Centro de Tratamiento de Residuos

El C.T.R. se ubica en Golmayo, cerca de Soria, estando en funcionamiento en la actualidad, con una capacidad de tratamiento de 35.000 t/año. En la actualidad se encuentra en fase de ejecución la modernización del CTR, con objeto de adaptarlo a las necesidades y legislación actual.

Las actuaciones a realizar incorporadas en el proyecto de referencia son:

–Ampliación de la zona de recepción, con construcción de una nave para voluminosos y de un nuevo foso de almacenamiento.

–Construcción y acondicionamiento de la nave de tratamiento de la línea de envases, con la ejecución de una segunda línea de envases independiente de la de todo-uno existente, para 1,5 t/h.

–Construcción de la nave de almacenamiento de materiales reciclables.

–Acondicionamiento de la zona de almacenaje de restos de poda.

–Construcción de 4 túneles de fermentación y maduración en nave cubierta, con su correspondiente nave de ventilación e instalación de biofiltros.

–Instalación de la nave de maduración y afino del compost y nave de almacenamiento del compost.

–Instalación de nuevos equipos.

–Construcción de depósitos para agua contraincendios, agua potable y agua de servicios.

–Planta de tratamiento de lixiviados.

La inversión necesaria será de 5.000.000 €.

– Depósito de rechazos.

El depósito de rechazos se encuentra ya ejecutado junto al C.T.R., siendo necesaria la ampliación del mismo con nueva fases de ejecución. (En la actualidad se está explotando la fase 2 del vertedero, habiéndose finalizado la fase 1, en proceso de sellado).

La inversión necesaria será de 3.000.000 €.

2.3. Puntos limpios.

Fijando el marco de actuación en las poblaciones mayores de 5.000 habitantes no se hace necesaria la ejecución de nuevos puntos limpios.

En cuanto a los puntos limpios en poblaciones entre 2.000 y 5.000 habitantes será necesaria la ejecución de 1 punto limpio en Ólvega.

La inversión necesaria será de 60.000 €.

En poblaciones entre 1.000 y 2.000 habitantes será necesario ejecutar 1 punto limpio en Golmayo.

La inversión necesaria para su realización sería de 50.000 €.

2.4. Equipamiento.

Teniendo en cuenta el objetivo de equipamiento previsto en el presente plan, se hace necesaria la colocación de los siguientes contenedores:

– Contenedores de vidrioNo necesarios

– Contenedores de papel/cartónNo necesarios

– Contenedores de envases141 (2,5 m3)

La inversión necesaria será de 50.000 €.

2.5. Sellado de vertederos.

Se encuentran sin sellar los vertederos de Medinaceli, Avellano, Vellosillo y Maltoso, este último en ejecución. Se considera una inversión necesaria de 2.500.000,00 €.

PROVINCIA DE VALLADOLID

1.– SITUACIÓN ACTUAL

1.1. Organización supramunicipal.

La provincia de Valladolid está constituida por 225 municipios, con una población de hecho (año 2003) de 506.302 habitantes, de los que 9 municipios (Valladolid, Íscar, Tordesillas, Peñafiel, Medina de RIoseco, Tudela de Duero, Laguna de Duero, Medina del Campo y Arroyo de la Encomienda) superan los 5.000 habitantes y 119 tienen menos de 250 habitantes. En el sistema de gestión actual y propuesto para la provincia de Valladolid, el municipio segoviano de Villaverde de Íscar (706 habitantes) se incluye por lo que la población atendida será de 507.008 habitantes.

1.2. Residuos generados.

La provincia de Valladolid genera 186.366,09 t/año de R.U. (sin contabilizar la recogida selectiva de papel-cartón y vidrio).

Se han supuesto (de forma sensiblemente coincidente con los datos reales) una producción de residuos de 1,20 kg/hab/día para población superior a 5.000 habitantes, 1,01 kg/hab/día para los que se sitúan entre 1.000 y 5.000, y 0,83 kg/hab/día., para las inferiores a 1.000 habitantes. Se ha supuesto una producción de 1 kg/hab/día para Valladolid capital con objeto de ajustar los datos reales a los estimados.

La tasa media de producción se sitúa en 1,01 Kg/hab y día en la provincia de Valladolid.

En cuanto a la recogida selectiva de residuos, ésta se puede cifrar en:

– Papel-Cartón: 8.622 t/año

– Vidrio: 5.525 t/año

– Orgánica (sólo en Valladolid capital 50%):15.736,85 t/año

Los contenedores de materia orgánica así como la recogida de la bolsa “resto” está implantado en el 50% de la ciudad de Valladolid.

De estos datos podemos deducir que la producción de residuos urbanos en la provincia es de 200.514 t/año, lo que supone una producción de 1,09 kg/hab/día.

1.3. Infraestructuras de tratamiento existentes.

En la provincia de Valladolid están constituidas 15 mancomunidades para la recogida de residuos urbanos, que comprenden 224 municipios (uno de la provincia de Segovia) con una población atendida de 506.511 habitantes. En la provincia de Valladolid sólo existen dos municipios no mancomunadas, con población de 497 habitantes.

En la actualidad están en funcionamiento 4 plantas de transferencia, situadas en Ceinos de Campos, Íscar, Pesquera de Duero y Villaverde de Medina. En Valladolid capital se encuentra un C.T.R. que consta de clasificación y selección, compostaje y vertedero controlado de rechazos, con una capacidad de tratamiento de 210.000 t/año en cuatro líneas diferenciadas que permiten tratar, residuos todo uno, recogida selectiva de materia orgánica, recogida selectiva de bolsa resto y los residuos de podas y jardines. Dispone de biometanización para 15.000 t/año de materia orgánica.

En la actualidad se llevan al CTR de Valladolid, bien a través de las plantas de transferencia o bien directamente siete mancomunidades. El resto se reparte en los vertederos de Medina del Campo, Medina de Ríoseco y Portillo; los cuáles quedarán fuera de servicio en un breve plazo.

1.4. Puntos limpios.

En la provincia de Valladolid existen 7 puntos limpios gestionados por los ayuntamientos (5 en Valladolid, 1 en Medina del Campo y 1 en Medina de Ríoseco) en las poblaciones mayores de 5.000 habitantes.

1.5. Equipamiento.

El número de contenedores de vidrio es de 1.572 (Ratio = 322,08 hab/contenedor); el número de contenedores de papel/cartón es de 1.447 (Ratio = 349,90 hab/contenedor); el número de contenedores de envases ligeros es de 6 y el número de contenedores de orgánico es de 78, al estar implantándose el sistema.

1.6. Sistema de recogida implantado.

El sistema implantado en el 50% de la ciudad de Valladolid es de “materia orgánica” y resto (2 bolsas). En el resto de la provincia el sistema actual de recogida es de bolsa “única”.

1.7. Vertederos activos e inactivos.

En la actualidad se encuentran activos los vertederos de Valladolid, Medina del Campo, Medina de Ríoseco.

De los 23 vertederos inventariados en el año 2000 se encuentran sellados en la actualidad los de Tordesillas, Villalón de Camos, Olmedo, Villanueva de Duero, Íscar, Pedrajas de San Esteban y Peñafiel.

2.– MODELO DE GESTIÓN PROPUESTO

2.1. Descripción del modelo.

Se plantea el funcionamiento provincial de gestión de residuos con 5 Áreas de Gestión, coincidentes con las plantas de transferencia y CTR existentes. Las tablas que se adjuntan a continuación especifican la organización del modelo.

Todas las Áreas de Gestión llevarán sus residuos al CTR de Valladolid, donde se procederá a su tratamiento.

2.2. Infraestructuras de tratamiento del modelo.

El modelo propuesto constará de las siguientes infraestructuras:

– Plantas de transferencia

Las plantas de transferencia se encuentran ya ejecutadas y en funcionamiento, siendo necesarias la realización de las siguientes mejoras:

– Adecuación de todas las plantas para convertirlas en centros de descarga selectiva (voluminosos, etc.).

La inversión necesaria para la mejora de las infraestructuras mencionadas es de 500.000 €.

– Centro de Tratamiento de Residuos

El C.T.R. se ubica en Valladolid, estando en funcionamiento en la actualidad, con una capacidad de tratamiento de 210.000 t/año, suficiente para la provincia.

– Depósito de rechazos.

El depósito de rechazos se encuentra ya ejecutado junto al C.T.R., siendo su vida útil estimada de 15 años.

2.3. Puntos limpios.

Fijando el objetivo en la ejecución de puntos limpios en poblaciones mayores de 5.000 habitantes se hace necesaria la ejecución de los siguientes puntos limpios:

– Íscar

– Tordesillas

– Peñafiel

– Tudela de Duero

– Laguna de Duero

– Arroyo de la Encomienda

La inversión necesaria será de 1.800.000 €.

En cuanto a los puntos limpios en poblaciones entre 2.000 y 5.000 habitantes serán necesarios los siguientes:

– Cistérniga

– Simancas

– Olmedo

– Pedradas de San Esteban

– Cigales

– Mojados

– Santovenia de Pisuerga

– Portillo

– Nava del Rey

– Cabezón de Pisuerga

– Boecillo

– Villalón de Campos

La inversión necesaria será de 720.000 €.

En poblaciones entre 1.000 y 2.000 habitantes será necesario ejecutar los siguientes:

– Mayorga

– Zaratán

– Aldeamayor de San Martín

– Viana de Cega

– Valdestillas

– Alaejos

– Rueda

– Campaspero

– Villanubla

– Renedo de Esgueva

– Fresno el Viejo

– Villabrágima

– Quintanilla de Onésimo

– Fuensaldaña

– Carpio

– Pedraja de Portillo (La)

– Serrada

– Seca (La)

– Castronuño

– Montemayor de Pililla

– Villanueva de Duero

– Matapozuelos

La inversión necesaria para su realización sería de 1.100.000 €.

2.4. Equipamiento.

Teniendo en cuenta el objetivo de equipamiento previsto en el presente plan, se hace necesaria la colocación de los siguientes contenedores:

– Contenedores de vidrio7

– Contenedores de papel/cartón189

– Contenedores de materia orgánica946 (2,5 m3)

La inversión necesaria será de 350.000 €.

2.5. Sellado de vertederos.

El número de vertederos pendiente de sellado es de 18, con una inversión estimada de 3.810.000 €.

PROVINCIA DE ZAMORA

1.– SITUACIÓN ACTUAL

1.1. Organización supramunicipal.

La provincia de Zamora está constituida por 248 municipios, con una población de hecho (año 2003) de 199.688 habitantes, de los que sólo 3 municipios (Zamora, Benavente y Toro) superan los 5.000 habitantes y 86 tienen menos de 250 habitantes.

1.2. Residuos generados.

La provincia de Zamora genera 74.719,30 t/año de R.U. (sin contabilizar la recogida selectiva de papel-cartón y vidrio).

Se ha supuesto (de forma sensiblemente coincidente con los datos reales) una producción de residuos de 1,20 kg/hab/día para población superior a 5.000 habitantes, 1,01 kg/hab/día para los que se sitúan entre 1.000 y 5.000, y 0,83 kg/hab/día, para las inferiores a 1.000 habitantes.

La tasa media de producción se sitúa en 1,025 Kg/hab y día en la provincia de Zamora.

En cuanto a la recogida selectiva de residuos, ésta se puede cifrar en:

– Papel/Cartón:1.200 t/año

– Vidrio: 1.140 t/año

– Envases (sólo en los municipios “ 5000 habitantes):138 t/año

Los contenedores de envases así como la recogida de la bolsa “resto” es de reciente implantación, por lo que los datos de recogida son muy bajos todavía.

De estos datos podemos deducir que la producción de residuos urbanos en la provincia es de 77.059 t/año, lo que supone una producción de 1,06 kg/hab/día.

1.3. Infraestructuras de tratamiento existentes.

En la provincia de Zamora están constituidas 15 mancomunidades para la recogida de residuos urbanos, que comprenden 231 municipios con una población atendida de 101.079 habitantes. Entre los 17 municipios no mancomunados se encuentran Zamora con 65.639 habitantes, Benavente con 17.483 habitantes y Toro con 9.166 habitantes. Los otros 14 municipios restantes no mancomunados tienen 6.321 habitantes.

En la actualidad están en funcionamiento 6 plantas de transferencia, situadas en Palacios de Sanabria, Castrogonzalo, Villafáfila, San Vitero, Toro y Bermillo de Sayago. En Zamora capital se encuentra un C.T.R. que consta de clasificación y selección, compostaje y vertedero controlado de rechazos, con una capacidad de tratamiento de 100.000 t/año en una sola línea. Dispone igualmente de clasificación y selección de envases.

Todos los residuos generados en la provincia se llevan al C.T.R. de Zamora, bien a través de las plantas de transferencia o bien directamente.

1.4. Puntos limpios.

En la provincia de Zamora existen 4 puntos limpios gestionados por los ayuntamientos (1 en Zamora, 1 en Toro y 2 en Benavente) en las poblaciones mayores de 5.000 habitantes, existiendo 68 puntos limpios de pequeño tamaño en la zona de A.D.R.I. “Palomares”, los cuales se encuentran fuera de servicio debido a que no se explotan.

Los residuos voluminosos acumulados en los puntos limpios se llevan al C.T.R.

1.5. Equipamiento.

El número total de contenedores de residuos urbanos en la provincia es de 1.404 (Ratio = 142,22 habitante/contenedor); el número de contenedores de vidrio es de 791 (Ratio = 252,45 hab/contenedor); el número de contenedores de papel/cartón es de 567 (Ratio = 352,18 hab/contenedor) y el número de contenedores de envases es de 124 (Ratio = 1.610,39 hab/contenedor).

1.6. Sistema de recogida implantado.

El sistema implantado en los municipios de más de 5.000 habitantes (Zamora, Benavente y Toro) es el de envases y resto (2 bolsas).

1.7. Vertederos activos e inactivos.

En la actualidad, todos los vertederos de la provincia de Zamora salvo el que existe en el C.T.R. de Zamora se encuentran inactivos. De los 128 vertederos inventariados en el año 2000, se encuentran sellados en la actualidad los siguientes:

– Zamora

– Benavente

– Mancomunidad Orbigo-Eria (Pobladura del Valle)

– Mancomunidad Campo-Pan-Lampreana (Villafáfila)

– Puebla de Sanabria y otros

2.– MODELO DE GESTIÓN PROPUESTO

2.1. Descripción del modelo.

Se plantea el funcionamiento del sistema provincial de gestión de residuos con 7 Áreas de Gestión, coincidentes con las plantas de transferencia y C.T.R. existentes. Las tablas que se adjuntan a continuación especifican la organización del modelo.

Todas las Áreas de Gestión llevarán sus residuos al C.T.R. de Zamora, donde se procederá a su tratamiento.

2.2. Infraestructuras de tratamiento del modelo.

El modelo propuesto constará de las siguientes infraestructuras:

– Plantas de transferencia

Las plantas de transferencia se encuentran ya ejecutadas y en funcionamiento, siendo necesarias la realización de las siguientes mejoras:

– Ampliación de las playas de descarga y carga en todas las plantas.

– Implantación de un sistema de control de acceso en todas las plantas.

– Dotación a la P.T. de Palacios de Sanabria de una nueva tolva y semirremolque.

La inversión necesaria para la mejora de las infraestructuras mencionadas es de 500.000 €.

– Centro de Tratamiento de Residuos

El C.T.R. se ubica en Zamora, estando en funcionamiento en la actualidad, con una capacidad de tratamiento de 100.000 t/año, suficiente para la provincia.

Las mejoras necesarias a realizar en el mismo, con objeto de optimizar el tratamiento de R.U., son:

– Nueva línea de reciclaje y adaptación de la existente.

– Actuación en la planta de compostaje con la implantación de 6 nuevos túneles de fermentación (existen 4 en la actualidad), biofiltro y nueva nave de maduración.

–Mejora en la maquinaria de afino de compost.

–Climatización de las zonas de triaje.

–Dotación de maquinaria móvil.

– Protección balsa de lixiviados de compostaje mediante cubierta ligera y sistema de renovación del aire.

–Nuevo edificio de vestuarios, comedor y aula medioambiental.

– Planta de tratamiento de lixiviados por ósmosis inversa.

La inversión necesaria será de 4.500.000 €.

– Depósito de rechazos.

El depósito de rechazos se encuentra ya ejecutado junto al C.T.R., siendo necesarias las siguientes actuaciones:

– Recrecido del dique de cierre en 2,50 m.

– Balsa de lixiviados de 10.000 m3.

– Cerramientos, barrera telemandada y nuevo acceso a vertedero.

La inversión necesaria será de 2.000.000 €.

2.3. Puntos limpios.

Fijando el marco de actuación en las poblaciones mayores de 5.000 habitantes no se hace necesaria la ejecución de nuevos puntos limpios. Así como tampoco son necesarios en la franja de 2.000 a 5.000, dado que en Zamora no existen municipios pertenecientes a dicha franja.

En poblaciones entre 1.000 y 2.000 habitantes será necesario ejecutar los siguientes:

– Morales del Vino

– Fuentesaúco

– Villaralbo

– San Cristóbal de Entreviñas

– Villalpando

– Puebla de Sanabria

– Fermoselle

– Galende

– Bermillo de Sayago

– Santibáñez de Vidriales

– Moraleja del Vino

– Santa Cristina de la Polvorosa

– Coreses

– Alcañices

– Fonfría

– Corrales

– Villanueva del Campo

– Morales de Toro

– Riofrío de Aliste

– Camarzana de Tera

La inversión necesaria para su realización sería de 1.000.000 €.

2.4. Equipamiento.

Teniendo en cuenta el objetivo de equipamiento previsto en el presente plan, se hace necesaria la colocación de los siguientes contenedores:

– Contenedores de vidrio13

– Contenedores de papel/cartón67

– Contenedores de envases172 (2,5 m3)

La inversión necesaria será de 80.000 €

2.5. Sellado de vertederos.

El número de vertederos pendiente de sellado es de 127, con una inversión estimada de 12.060.000,00 €.

GLOSARIO DE TÉRMINOS UTILIZADOS EN EL PLAN

ACTIVIDAD: La construcción y la explotación de una industria o un establecimiento de carácter permanente susceptible de afectar a la seguridad, a la salud de las personas o al medio ambiente.

AFINO DE COMPOST: Este proceso consiste en la purificación del producto obtenido en la sección de compostaje, con objeto de obtener un compost exento de impurezas y de la mejor calidad.

AGENTES ECONÓMICOS: Los fabricantes e importadores, o adquirentes en otros Estados miembros de la Unión Europea, de materias primas para la fabricación de envases, así como los valorizadores y recicladores.

Los fabricantes de envases, los envasadores, y los comerciantes o distribuidores.

Los recuperadores de residuos de envases y envases usados.

Los consumidores y usuarios.

Las Administraciones públicas señaladas en el artículo 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

ÁMBITO GEOGRÁFICO: Zona dentro de la cual se aplica cualquier actuación englobada dentro de las actividades de recogida y gestión de residuos urbanos, por ejemplo, áreas de influencia de un CTR, planta de transferencia, vertedero, etc.

ÁREAS DE GESTIÓN: El conjunto de términos municipales organizados en mancomunidades o a título individual coordinados para la recogida de los residuos urbanos, con el fin de darle un tratamiento común.

ALMACENAMIENTO: El depósito temporal de residuos, con carácter previo a su valorización o eliminación, por tiempo inferior a dos años o a seis meses si se trata de residuos peligrosos, a menos que reglamentariamente se establezcan plazos inferiores.

BIOFILTRO: Filtro biológico encargado de depurar el aire de una nave de tratamiento de residuos eliminando los malos olores que pudieran producirse y así asegurar la calidad exigida del aire enviado a la atmósfera.

BOLSAS “RESTO”: Bolsas donde se depositan los residuos sobrantes una vez clasificados selectivamente parte de ellos que se destinan a otra bolsa.

BOLSAS “TODO UNO”: Bolsas donde se depositan los residuos sin una clasificación/separación previa.

BIOMETANIZACIÓN (DIGESTIÓN ANAEROBIA) : Proceso controlado de transformación microbiológica anaerobia de los residuos orgánicos biodegradables que da lugar a la materia orgánica digerida y a un biogás de elevado contenido en metano con posibilidades de aprovechamiento energético.

CENTRO DE TRATAMIENTO DE RESIDUOS (CTR): Instalación industrial de gestión de residuos, en las que se separan y clasifican los componentes de los mismos, para su posterior uso por otras industrias. En ellos, se realiza el compostaje y, en algunas ocasiones, biometanización de los residuos orgánicos. Tras la separación, clasificación, recuperación y tratamiento, los residuos no aprovechables (rechazos) son trasladados al Depósito de Rechazos, anejo al CTR.

COMPOSTAJE O FORMACIÓN DE ABONO: Proceso controlado de transformación microbiológica aerobia y termófila de los residuos orgánicos biodegradables que dan lugar al compost.

CONTENEDOR: Recipiente de plástico, fibra de vidrio y metal, destinado al depósito de residuos urbanos en espera de su recogida y traslado a una Planta de Transferencia, un Centro de Tratamiento de residuos o un Gestor Autorizado. Tienen una capacidad aproximada de 0,8 a 3 m3. Se sitúa en la vía pública, en superficie o soterrado, o en un punto limpio.

DEPÓSITO DE RECHAZOS: Los rechazos generados en las operaciones de tratamiento son trasladados, generalmente, en forma de balas a un depósito. Las balas se colocan horizontalmente, con sellado de tierra entre recubrimiento y recubrimiento. Sobre la superficie del vaso se dispondrá un drenaje formado por una serie de colectores con una doble función, la captación y conducción de los lixiviados hasta las balsas, así como independizar zonas del depósito para separar aguas pluviales de los lixiviados generados. La gestión de los lixiviados se realizará en la planta de tratamiento, generalmente de ósmosis inversa, que forma parte de la instalación.

Para aumentar la impermeabilidad y garantizar la recogida completa de los efluentes se procede al aislamiento de su superficie con una lámina de polietileno.

DIAGNÓSTICO: Calificación que se da a la situación actual de una gestión de residuos por parte de la administración en cuanto a eficiencia de las instalaciones, necesidades, medidas a desarrollar y grado de participación de los agentes implicados.

ELIMINACIÓN: Todo procedimiento dirigido, bien al vertido de los residuos o bien a su destrucción, total o parcial, realizado sin poner en peligro la salud humana y sin utilizar métodos que puedan causar perjuicios al medio ambiente.

ENVASE: Todo producto fabricado con materiales de cualquier naturaleza y que se utilice para contener, proteger, manipular, distribuir y presentar mercancías, desde materias primas hasta artículos acabados, en cualquier fase de la cadena de fabricación, distribución y consumo.

Se considerarán también envases todos los artículos desechables utilizados con este mismo fin. Dentro de este concepto se incluyen únicamente los envases de venta o primarios, los envases colectivos o secundarios y los envases de transporte o terciarios. Se consideran envases industriales o comerciales aquellos que sean de uso y consumo exclusivo en las industrias, comercios, servicios o explotaciones agrícolas y ganaderas y que, por tanto, no sean susceptibles de uso y consumo ordinario en los domicilios particulares.

GASES DE VERTEDERO: Todos los gases que se generen a partir de los residuos vertidos.

GESTIÓN DE RESIDUOS: La recogida, el almacenamiento, el transporte, la valorización y la eliminación de los residuos, incluida la vigilancia de estas actividades, así como la vigilancia de los emplazamientos de depósito o vertido después de su cierre.

GESTIÓN DE RESIDUOS DE ENVASES: La recogida, la clasificación, el transporte, el almacenamiento, la valorización y la eliminación de los residuos de envases, incluida la vigilancia de estas operaciones y de los lugares de descarga después de su cierre.

GESTOR DE RESIDUOS: La persona o entidad, pública o privada, que realice cualquiera de las operaciones que componen la gestión de los residuos, sea o no el productor de los mismos.

INSTALACIÓN: Cualquier unidad técnica donde se desarrolle una o más de las actividades industriales, así como cualesquiera otras actividades directamente relacionadas con aquellas que guarden relación de índole técnica con las actividades llevadas a cabo en dicho lugar y puedan tener repercusiones sobre las emisiones y la contaminación.

INSTALACIÓN DE INCINERACIÓN: Cualquier unidad técnica o equipo, fijo o móvil, dedicado al tratamiento térmico de residuos mediante las operaciones de valorización energética o eliminación, tal como se definen en los apartados R1 y D10 del anexo 1 de la Orden MAM/304/2002, de 8 de febrero, con o sin recuperación del calor. A estos efectos, en el concepto de tratamiento térmico se incluye la incineración por oxidación de residuos, así como la pirólisis, la gasificación u otros procesos de tratamiento térmico, como el proceso de plasma, en la medida en que todas o parte de las sustancias resultantes del tratamiento se destinen a la combustión posterior en las mismas instalaciones.

INSTALACIÓN DE RECUPERACIÓN ENERGÉTICA DE BIOGÁS: Instalaciones destinadas a la captación y aprovechamiento del biogás o gas de vertedero que se genera de forma natural durante la descomposición de los residuos orgánicos contenidos en las basuras. Este biogás obtenido de los sistemas de desgasificación de estos vertederos controlados es conducido mediante una serie de tubos ranurados a estas instalaciones donde es sometido a una serie de procesos y tratamientos para su posterior uso como combustible de grupos de motores alternadores que lo transformaran en energía eléctrica. El excedente de biogás es conducido a la antorcha para su quemado.

LÍNEA DE TRATAMIENTO: Toda la serie de procesos relacionados entre sí a los que son sometidos cada uno de los residuos con objeto de sintetizarlos en un material aprovechable desde el punto de vista industrial.

LÍNEAS BLANCAS, GRISES Y MARRONES: Líneas de tratamiento destinadas al proceso de gestión y reciclado de residuos voluminosos, tales como electrodomésticos, equipos informáticos y muebles respectivamente.

LIXIVIADO: Cualquier líquido obtenido por percolación o contacto con los residuos depositados y que rezume desde o esté contenido en el vertedero.

MANCOMUNIDADES GESTORAS: Entidad legalmente constituida por agrupación de municipios para la mejor gestión de la recogida selectiva de residuos urbanos y su posterior tratamiento.

MODELO DE GESTIÓN: Actuaciones orientadas a coordinar y maximizar la eficiencia de todas aquellas actividades que permitan la recogida selectiva y el posterior tratamiento de los residuos, estableciendo a su vez, las políticas de prevención, información y gestión que vertebran estos servicios.

PLANTA DE CLASIFICACIÓN DE ENVASES: Instalación destinada a la clasificación de los envases, procedentes de la recogida selectiva, según los materiales de los que están fabricados para optimizar su proceso de reciclaje.

PLANTA DE TRANSFERENCIA: Instalación preparada para la recepción de todos los residuos urbanos del área de gestión a la que atiende. Desde aquí los residuos son transferidos, en un trailer, hasta el Centro de Tratamiento de residuos provincial.

PRETRATAMIENTO: Procesos previos a cualquier tratamiento de residuos con objeto de clasificarlos y seleccionarlos para una mejor gestión que facilite su transformación.

PREVENCIÓN: El conjunto de medidas destinadas a evitar la generación de residuos o a conseguir su reducción, o la de la cantidad de sustancias peligrosas o contaminantes presentes en ellos.

PRODUCTOR: Cualquier persona física o jurídica cuya actividad, excluida la derivada del consumo doméstico, produzca residuos o que efectúe operaciones de tratamiento previo, de mezcla, o de otro tipo que ocasionen un cambio de naturaleza o de composición de esos residuos. Tendrá también carácter de productor el importador de residuos o adquirente en cualquier Estado miembro de la Unión Europea.

PROYECTO: Todo documento técnico que define o desarrolla de modo necesario, particularmente en lo que se refiere a la localización, la realización de planes y programas, la realización de construcciones o de otras instalaciones y obras.

PUNTO LIMPIO: Recinto cerrado y vigilado que permite a los ciudadanos, depositar aquellos desperdicios domésticos, que por su naturaleza deterioran el Medio Ambiente y no permite una recuperación diferenciada cuando son eliminados con los residuos orgánicos que se generan en las casas.

También se pueden depositar residuos que por su tamaño, o por cantidad no son recogidos por los servicios de recogida de basura. Están en el entorno de las ciudades, y han sido creados con el objetivo de servir a los ciudadanos como centros de aportación voluntaria para la recogida selectiva de residuos.

Aunque puede existir alguna variación en los residuos aceptados, con carácter general, el tipo de residuo que se puede llevar a un punto limpio se enumera a continuación:

1. Envases de vidrio

2. Vidrio plano

3. Cajas - embalajes de cartón

4. Papel/cartón

5. Ropa usada

6. Metales

7. Aluminio

8. Acero inoxidable

9. Envases plásticos de gran capacidad

10. Plásticos (botellas)

11. Muebles

12. Maderas y restos de podas

13. Puertas/marcos

14. Escombros

15. Lavadoras

16. Frigoríficos

17. Electrodomésticos

18. Colchones

19. Somieres

20. Aceite usado vegetal

21. Aceite usado de automoción

22. Pilas botón

23. Pilas no botón

24. Filtros de aceite

25. Baterías de automóvil

26. Recipientes mat. tóxicas/peligrosas

27. Envases de pinturas y disolventes

28. Aerosoles

29. Medicamentos

30. Radiografías

31. Tubos fluorescentes

32. Pantallas de ordenador y televisores

33. Lámparas

Este tipo de instalaciones están destinadas a particulares, oficinas y pequeños comerciantes, y no para el depósito de residuos industriales.

RECICLADO: La transformación de los residuos, dentro de un proceso de producción, con el objeto de disponer de un producto susceptible de utilizarse con la finalidad inicial o para otros fines; dentro de esta actividad se incluye el compostaje, pero no la incineración con recuperación de energía.

RECOGIDA: Toda operación consistente en recoger, clasificar, agrupar o preparar residuos para su transporte.

RECOGIDA SELECTIVA: El sistema de recogida diferenciada de materiales orgánicos fermentables y de materiales reciclables, así como cualquier otro sistema de recogida diferenciada que permita la separación de los materiales valorizables contenidos en los residuos.

RECUPERACIÓN DE ENERGÍA: El uso de residuos de envases combustibles para generar energía mediante incineración directa con o sin otros residuos, pero con recuperación de calor.

RECUPERADORES DE RESIDUOS DE ENVASES Y ENVASES USADOS: Los agentes económicos dedicados a la recogida, clasificación, almacenamiento, acondicionamiento y comercialización de residuos de envases para su reutilización, reciclado y otras formas de valorización.

RESIDUO: Cualquier sustancia u objeto, en estado sólido o líquido, de los definidos en el artículo 3.a) de la Ley 10/1998, de 21 de abril, de Residuos.

RESIDUOS DE CONSTRUCCIÓN: Todos aquellos materiales procedentes de los diferentes procesos constructivos, escombros de demoliciones, material sobrante de excavaciones y excedentes en general.

RESIDUO DE ENVASE: Todo envase o material de envase del cual se desprenda su poseedor o tenga la obligación de desprenderse en virtud de las disposiciones en vigor.

RESIDUOS ESPECIALES: Son aquellos residuos urbanos (lubricantes, electrodomésticos, muebles, etc..) que no tienen un proceso de recogida estandarizado como el resto de los residuos debido a su capacidad contaminante o a sus dimensiones.

RESIDUOS URBANOS O MUNICIPALES: Los generados en los domicilios particulares, comercios, oficinas y servicios, así como todos aquellos que no tengan la calificación de peligrosos y que por su naturaleza o composición puedan asimilarse a los producidos en los anteriores lugares o actividades.

Tendrán también la consideración de residuos urbanos los siguientes:

– Residuos procedentes de la limpieza de vías públicas, zonas verdes, áreas recreativas y playas.

– Animales domésticos muertos, así como muebles y enseres.

– Residuos y escombros procedentes de obras menores de construcción y reparación domiciliaria.

RESIDUOS URBANOS O MUNICIPALES TRATADOS: Aquellos que hayan sido objeto de un tratamiento previo, de conformidad con lo establecido en el artículo 2.e) del Real Decreto 1481/2001, de 27 de diciembre, por el que se regula la eliminación de residuos mediante depósito en vertedero.

REUTILIZACIÓN: El empleo de un producto usado para el mismo fin para el que fue diseñado originariamente.

SELLADO: Barrera física entre el seno de un vertedero, constituido por los residuos urbanos allí acumulados, y los agentes externos medioambientales. Su finalidad es evitar la infiltración de aguas de lluvia a través de los residuos y la emisión de gases a la atmósfera.

Esta barrera está constituida por una capa de sellado que impermeabiliza los residuos de los agentes atmosféricos, compuesta normalmente por varias subcapas de áridos: Gravas y arcillas, y una lámina de polietileno de alta densidad. Encima de esta se instala una cubierta de drenaje compuesta por una lámina de material geotextil para drenar los líquidos filtrados desde capas superiores.

Posteriormente, y a modo de acabado final, queda la cubierta de protección, cuya finalidad es actuar como soporte de la cubierta vegetal superior, constituida por una capa de suelo no clasificado, normalmente gravas, extendido y no compactado. Por último, la cubierta vegetal recibe la siembra y aporte de especies vegetales que actúen como soporte del suelo, minimizando la erosión superficial, y recuperando el paisaje de la zona degradada.

SISTEMA DE DOBLE BOLSA: Sistema de recogida que incluye dos bolsas más de recogida, a parte de las de cartón y vidrio, correspondientes a materia orgánica y resto o envases y resto.

SUELO CONTAMINADO: Todo aqu´El cuyas características físicas, químicas o biológicas han sido alteradas negativamente por la presencia de componentes de carácter peligroso de origen humano, en concentración tal que comporte un riesgo para la salud humana o el medio ambiente, de acuerdo con los criterios y estándares que se determinen por el Gobierno.

SUSTANCIA: Los elementos químicos y sus compuestos con la excepción de las sustancias radioactivas reguladas en la Ley 25/1964, de 29 de abril, sobre Energía Nuclear, y de los organismos modificados genéticamente regulados en la Ley 9/2003, de 25 de abril, por el que se establece el régimen jurídico de la utilización confinada, liberación voluntaria y comercialización de organismos modificados genéticamente, a fin de prevenir los riesgos para la salud humana y el medio ambiente, y en sus correspondientes normas de desarrollo o normativa que las sustituya.

SUSTANCIAS PELIGROSAS: Aquellas sustancias consideradas como tales según el Real Decreto 363/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento sobre notificación de sustancias nuevas y clasificación, envasado y etiquetado de sustancias peligrosas.

TÉCNICAS: La tecnología utilizada junto a la forma en que la instalación esté diseñada, construida, mantenida, explotada o paralizada.

TIPOLOGÍA DE LOS RESIDUOS: Clasificación de los residuos urbanos atendiendo a su naturaleza o método de gestión.

TÚNEL DE COMPOSTAJE: Recinto paralelepípedo construido de hormigón, hecho en obra o bien de piezas prefabricadas, con una entrada provista de una puerta aislante y cierre estanco, a través de la que se carga y descarga el material. Es en este recinto donde tiene lugar prácticamente todo el proceso biológico mediante el cual la materia orgánica es transformada en compost.

VALORIZACIÓN: Todo procedimiento que permita el aprovechamiento de los recursos contenidos en los residuos sin poner en peligro la salud humana y sin utilizar métodos que puedan causar perjuicios al medio ambiente.

VALORIZACIÓN ENERGÉTICA: Todo procedimiento que permita la transformación en energía de los recursos contenidos en los residuos sin poner en peligro la salud humana y sin utilizar métodos que puedan causar perjuicios al medio ambiente.

VERTEDERO: Instalación de eliminación de residuos mediante su depósito subterráneo o en la superficie, por períodos de tiempo superiores a los de almacenamiento de residuos. Se incluyen en este concepto las instalaciones internas de eliminación de residuos, es decir, los vertederos en que un productor elimina sus residuos en el lugar donde se producen. No se incluyen las instalaciones en las cuales se descargan los residuos para su preparación con vistas a su transporte posterior a otro lugar para su valorización, tratamiento o eliminación.

VERTIDO INCONTROLADO: Depósito de cualquier clase de residuos que no cumple con la reglamentación medio ambiental que rige y controla estas instalaciones.

VIDA ÚTIL: Estimación sobre el período de explotación de un vertedero dependiendo de la capacidad de este para admitir un determinado volumen de residuos.

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