Determinados medicamentos y productos incluidos en la prestación farmacéutica y complementaria de la Seguridad Social, con carácter previo a su dispensación a través de las oficinas de farmacia, requieren de un mecanismo en el que se verifique el cumplimiento de las condiciones de prescripción relativas a los mismos.
Teniendo en cuenta lo anterior, para su prescripción mediante receta oficial dichos medicamentos deben ajustarse a lo establecido en su autorización de comercialización, en su ficha técnica y demás requisitos.
El Decreto 244/2003 regula dentro de las instituciones sanitarias del Servicio Gallego de Salud, un procedimiento que facilita al usuario una prestación farmacéutica en aquellos casos en que la prescripción de recetas esté sometida a este visado.
El Decreto tiene por objeto regular la homologación sanitaria de recetas oficiales de prestación farmacéutica y complementaria en el ámbito del Servicio Gallego de Salud.
Asimismo, el Decreto autonómico lleva a cabo una modificación en el actual sistema de visado de recetas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia.
Esta modificación implica que el procedimiento de visado se lleve a cabo dentro de las propias estructuras asistenciales y por personal facultativo perteneciente a los centros de atención primaria y de atención especializada del Servicio Gallego de Salud.
Igualmente, el Decreto 244/2003 cambia la denominación de visado de recetas, por la de homologación sanitaria de recetas, ya que de esta manera, se contempla en toda su extensión la finalidad de la verificación previa a la dispensación de las prescripciones de medicamentos, productos sanitarios y dietoterápicos complejos.
El Decreto pretende asegurar la homogeneidad de los criterios para la práctica de la homologación sanitaria de medicamentos incluidos en la prestación farmacéutica del Sistema Nacional de Salud y mejorar la accesibilidad del usuario a la prestación farmacéutica objeto de homologación sanitaria.