VALLADOLID, 21 Oct. (EUROPA PRESS) -
En su fallo, el Alto Tribunal estima el recurso de casación interpuesto por el acusado contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Valladolid que le impuso una pena de cinco años y un día de prisión por dicho delito, según informaron a Europa Press fuentes del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León.
Los hechos ocurrieron cuando el ahora absuelto, de 29 años, comenzó una relación sentimental en 2015 con una chica de 14 años, hija de un amigo, después de contactar con ella en Facebook. Esos contactos sexuales consentidos eran legales porque en ese momento el Código Penal consideraba delictivas las relaciones mantenidas con menores de 14 años.
El 1 de julio de 2015 entró en vigor la reforma del Código Penal que elevó el consentimiento sexual a los 16 años. Tras ese cambio de la ley, el hombre y la menor mantuvieron dos encuentros con penetración los días 20 de julio y 16 de agosto de 2015.