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Les impone fianzas de 62.933 euros

El TSJ de Murcia acuerda la apertura de juicio oral contra la alcaldesa de Pliego y su antecesor por prevaricación

27/12/2013
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El magistrado instructor de la Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Murcia (TSJRM), Enrique Quiñonero Cervantes, acuerda la apertura de juicio oral contra la alcaldesa de Pliego, Isabel Toledo, y su antecesor en el cargo Juan Guillén, por la posible comisión de un delito de prevaricación al no haber perseguido la contaminación acústica procedente de un bar del municipio.

MURCIA, 26 (EUROPA PRESS)

Asimismo, el juez acuerda la misma medida contra los propietarios del bar, José Carlos Melero, Francisco Belijar Leyva por un delito contra el medio ambiente y delito de lesiones. También para el ingeniero municipal Antonio Botía, por un delito de prevaricación.

El auto del magistrado instructor, al que ha tenido acceso Europa Press, requiere, además, a los acusados que, en el plazo de un día, presten fianza "para asegurar las responsabilidades" e indica que de no prestarla, "se les embargarán bienes suficientes para asegurar la suma señalada". En concreto, Quiñonero pide tanto a la alcaldesa de Pliego como a su antecesor y al ingeniero municipal 62.933 euros y 65.333 euros para cada uno de los propietarios.

El escrito de acusación del Ministerio Fiscal señala que la clausura del bar fue acordada cuando estaba en la alcaldía Juan Guillén, aunque ya entonces su sucesora tuvo conocimiento de la misma por ser ya entonces concejal del Ayuntamiento. Para ambos el fiscal solicita la pena de 18 meses de prisión y ocho años de inhabilitación especial para empleo o cargo público.

Además, sostiene que el ingeniero municipal también es responsable de los hechos porque "tras su nombramiento como instructor del expediente sancionador, se limitó a notificarlo al infractor y ya no practicó ni una sola actuación más", por lo que solicita para él una pena de nueve meses de prisión y siete años de inhabilitación para empleo o cargo público.

El Ministerio acusa también a los dueños del local de un delito contra el medio ambiente y un delito de lesiones, y solicita para cada uno de ellos cinco años de prisión y treinta meses multa, con una cuota diaria de diez euros.

Como responsabilidad civil, el fiscal pide que los acusados indemnicen a la víctima en 15.000 euros por las lesiones y perjuicios causados, con responsabilidad civil subsidiaria a la comunidad de bienes propietaria del local, 'José Carlos Melero Ortega y Francisco Belijar Leyva C.B.', y al Ayuntamiento de Pliego.

También requiere que cada uno de los acusados preste una fianza que oscila entre los 65.333 euros para los acusados y los 62.933 euros a la alcaldesa, su antecesor y el ingeniero municipal.

INSTRUCTOR ACORDÓ CONTINUAR CON DILIGENCIAS EN OCTUBRE

En octubre el magistrado acordó continuar las diligencias contra la alcaldesa de Pliego y su antecesor en el cargo, al considerar que ambos ostentaron el cargo de alcaldes, respectivamente, desde marzo de 1999 hasta mayo de 2003, y desde mayo de 2003 a la actualidad, "eran sabedores de la contaminación acústica que se producía en el local".

Además, según reflejaba el Auto del 11 de octubre al que tuvo acceso Europa Press, "desempeñaban el cargo de Jefe de la Policía Local y tenían competencia para corregir y tomar las medidas pertinentes para sancionar las infracciones por contaminación del medio ambiente, de las que fueron informados en todo momento".

Más concretamente, indicaba que Juan Guillén conoció las obras de ampliación del local y sabía que no tenía licencia de apertura, y que a pesar de ello autorizó verbalmente a los dueños para que comenzasen la actividad. Por su parte, señalaba que Isabel Toledo no ejecutó la orden de cierre acordada por su antecesor e igual que éste, "hizo caso omiso de las continuas denuncias e informes, limitándose a incoar un expediente sancionador, que ni se tramitó ni se resolvió".

Por lo que el instructor consideraba que los dos alcaldes "fueron conocedores de la situación de auténtica tragedia por la que tuvieron que pasar el querellante, que ha sido tratado médicamente como consecuencia de los daños que el sonido, la falta de sueño, la intranquilidad y la perturbación le acarrearon, y su madre enferma".

En cuanto a Antonio Botía, que fue nombrado instructor por la alcaldesa del expediente sancionador, Quiñonero apuntaba que su inactividad "fue absoluta", pues "sólo notificó la infracción sin practicar una sola actuación más".

Por último, resaltaba que José Carlos Ortega y Francisco Belijar, codueños del pub, "hicieron caso omiso de las denuncias de los vecinos".

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