Diario del Derecho. Edición de 26/04/2024
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 10/04/2017
 
 

Estructura Básica de la Consejería de Medio Rural, Pesca y Alimentación

10/04/2017
Compartir: 

Decreto 17/2017, de 30 de marzo, por el que se modifica parcialmente la Estructura Básica de la Consejería de Medio Rural, Pesca y Alimentación (BOCA de 10 de abril de 2017). Texto completo.

DECRETO 17/2017, DE 30 DE MARZO, POR EL QUE SE MODIFICA PARCIALMENTE LA ESTRUCTURA BÁSICA DE LA CONSEJERÍA DE MEDIO RURAL, PESCA Y ALIMENTACIÓN.

El artículo 61 Vínculo a legislación de la Ley 6/2002, de 10 de diciembre de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria dispone que los órganos de la Administración de la Comunidad Autónoma se crean, modifican y suprimen por Decreto del Gobierno, con sujeción a criterios de racionalidad, austeridad y eficacia. Asimismo establece que la creación de órganos directivos nuevos exigirá la comunicación inmediata al Parlamento.

La dimensión cualitativa y cuantitativa de las tareas que lleva a cabo la Dirección General de Desarrollo Rural no sólo a través de los distintos servicios adscritos a la misma, sino también en la dirección del Organismo Pagador, hace necesario modificar la estructura básica de la misma reforzando administrativamente el área de la gestión de ayudas y su coordinación interna, mediante la creación de una Subdirección General que sirva de apoyo a la Dirección de los servicios y ejerza las competencias genéricas expresadas en la Ley 6/2002, de 10 de diciembre Vínculo a legislación, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

La dificultad y responsabilidad que supone el manejo de los fondos gestionados en esta Dirección hace que, la propia Intervención General de la Comunidad Autónoma de Cantabria, haya recomendado, en los últimos ejercicios auditados, el refuerzo administrativo de la misma.

En su virtud, a propuesta del consejero de Medio Rural, Pesca y Alimentación y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su sesión de 30 de marzo de 2017, DISPONGO

Artículo único. Modificación parcial de la estructura de la Consejería de Medio Rural, Pesca y Alimentación.

Se crea, dependiente de la Dirección General de Desarrollo Rural la Subdirección General de Ayudas Comunitarias, a la que corresponden las siguientes competencias específicas:

- Coordinación y apoyo en la dirección y gestión de los servicios en la gestión de las ayudas de la Dirección General de Desarrollo Rural.

- Supervisión y desarrollo de los medios y actividades precisos para satisfacer las necesidades del Organismo Pagador en relación con la gestión de las ayudas PAC de la Consejería de Medio Rural, Pesca y Alimentación - Planificación y supervisión de la gestión de ayudas FEAGA y FEADER de la Dirección General de Desarrollo Rural - Planificación, coordinación, supervisión e implantación de la normativa comunitaria, aplicaciones informáticas y relaciones con otros Organismos Pagadores y Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA) - Coordinación, planificación y supervisión del gasto presupuestario y de las necesidades de personal de los servicios gestores de ayudas adscritos a la Dirección General de Desarrollo Rural.

- Todas aquellas funciones que le atribuya específicamente la normativa vigente.

Disposición Adicional Única

Por la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo se procederá a realizar cuantas actuaciones presupuestarias sean necesarias para la ejecución y desarrollo del presente Decreto.

Disposición Derogatoria

Quedan derogadas cuantas normas de igual o inferior rango se opongan al presente Decreto.

Disposición Final

El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOC.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2024

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana