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Sedes de las Consejerías

28/07/2015
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Decreto 261/2015, de 25 de julio, por el que se deroga la Disposición final primera del Decreto 44/2013, de 4 de abril, que modifica el Decreto 170/2011, de 12 de julio, por el que se determina la estructura central y periférica, así como las sedes de las Consejerías del Gobierno de Canarias, y el Decreto 2/2013, de 10 de enero, que modifica el anterior (BOC de 27 de julio de 2015). Texto completo.

DECRETO 261/2015, DE 25 DE JULIO, POR EL QUE SE DEROGA LA DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA DEL DECRETO 44/2013, DE 4 DE ABRIL, QUE MODIFICA EL DECRETO 170/2011, DE 12 DE JULIO, POR EL QUE SE DETERMINA LA ESTRUCTURA CENTRAL Y PERIFÉRICA, ASÍ COMO LAS SEDES DE LAS CONSEJERÍAS DEL GOBIERNO DE CANARIAS, Y EL DECRETO 2/2013, DE 10 DE ENERO, QUE MODIFICA EL ANTERIOR.

La Ley 4/1995, de 27 de marzo Vínculo a legislación, de creación del Instituto Canario de Investigaciones Agrarias y del Consejo Asesor de Investigaciones Agrarias, dispone que los órganos de dirección del citado Instituto son la Presidencia, la Dirección Científica y la Secretaría General. Esta Ley fue desarrollada por el Decreto 77/2002, de 17 de junio, por el que se aprueba el Reglamento del Instituto Canario de Investigaciones Agrarias (ICIA).

De conformidad con la citada Ley, la persona titular de la Presidencia es designada por el Gobierno de Canarias a propuesta del Consejero competente en materia de agricultura, con rango de Director General.

La Dirección Científica estará desempañada por el Director Científico, que deberá tener una categoría científica reconocida, será nombrado por el Consejero competente en materia de agricultura entre funcionarios del Grupo A de la carrera investigadora, a propuesta del presidente del organismo, mediante el procedimiento de libre designación, con convocatoria pública, por un periodo de cinco años renovable.

Por su parte, la Secretaría General la ostenta un Secretario general, que será nombrado por el Consejero competente en materia de agricultura entre funcionarios del Grupo A, a propuesta del presidente del Organismo, mediante el procedimiento de libre designación, con convocatoria pública.

La Disposición Adicional Trigésimo quinta de la Ley 10/2012, de 29 de diciembre Vínculo a legislación, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2013 dispuso que "si durante el ejercicio 2013 se precisara extinguir, modificar, fusionar o absorber entidades con presupuesto limitativo o estimativo integradas en el sector público autonómico, se faculta al Gobierno para disponerlo mediante decreto, debiéndose dar cuenta de estas actuaciones al Parlamento de Canarias".

Haciendo uso de esa Disposición Adicional, mediante Decreto 2/2013, de 10 de enero, que modifica el Decreto 170/2011, de 12 de julio Vínculo a legislación, por el que se determina la estructura central y periférica, así como las sedes de las Consejerías del Gobierno de Canarias se procedió a fusionar el Instituto Canario de Investigaciones Agrarias (ICIA) con el Instituto Canario de Calidad Agroalimentaria (ICCA), creando el Instituto Canario de Calidad e Investigación Agraria.

No obstante, ante la oposición que generó esta fusión, tanto por parte de las organizaciones profesionales agrarias con implantación regional como por parte de algunas Administraciones Locales, mediante Decreto 44/2013, de 4 de abril, se modificó tanto el Decreto 170/2011, de 12 de julio Vínculo a legislación, como el Decreto 2/2013, de 10 de enero, que modificaba el anterior, en el sentido de dejar sin efecto la fusión entre ambos institutos operada por este último.

Sin embargo, con la finalidad de mantener la reducción del objetivo de déficit, en la Disposición final primera del citado Decreto 44/2013, de 4 de abril, se determinó que la Presidencia del Instituto Canario de Investigaciones Agrarias correspondiera a la persona titular del Departamento de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias competente en materia de agricultura.

En la actualidad, razones organizativas, tendentes a garantizar el ejercicio competencial más eficiente posible, aconsejan derogar la Disposición final primera del Decreto 44/2013, de 4 de abril, que modifica el Decreto 170/2011, de 12 de julio Vínculo a legislación, por el que se determina la estructura central y periférica, así como las sedes de las Consejerías del Gobierno de Canarias, y el Decreto 2/2013, de 10 de enero, que modifica el anterior, permitiendo que el Gobierno de Canarias, a propuesta del Consejero competente en materia de agricultura, nombre a un Presidente o Presidenta del Instituto Canario de Investigaciones Agrarias como órgano superior de dirección del mismo.

En su virtud, a propuesta del Presidente y previa deliberación del Gobierno en su reunión del día 25 de julio de 2015,

D I S P O N G O:

Artículo único.- Derogación de la Disposición final primera del Decreto 44/2013, de 4 de abril, que modifica el Decreto 170/2011, de 12 de julio Vínculo a legislación, por el que se determina la estructura central y periférica, así como las sedes de las Consejerías del Gobierno de Canarias, y el Decreto 2/2013, de 10 de enero, que modifica el anterior.

Se deroga la Disposición final primera del Decreto 44/2013, de 4 de abril, que modifica el Decreto 170/2011, de 12 de julio Vínculo a legislación, por el que se determina la estructura central y periférica, así como las sedes de las Consejerías del Gobierno de Canarias, y el Decreto 2/2013, de 10 de enero, que modifica el anterior.

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